El concejal Fernando Matías Compagnoni presentó un proyecto de ordenanza en el que se modifica la Ordenanza referida a la “Presentación del Certificado Fiscal para Contratar”.
Se considera la vigencia de la mencionada norma (Ordenanza Nº 18.145), en la que se estableció la incorporación como requisito indispensable en toda adquisición de bienes o servicios, mediante los procedimientos de contratación directa, concursos de precios, licitaciones privadas y públicas que realice el Municipio, sus áreas descentralizadas y empresas con participación mayoritaria municipal, la obligación por parte del proveedor, de presentar el “Certificado Fiscal para Contratar”, que se encuentra regulado por la Resolución General 1814/05 de la AFIP.
A través de la iniciativa presentada por Compagnoni, se modificarán los artículos 3 y 4, quedando redactados de la siguiente manera:
Artículo 3°: “De no contar el proveedor con un certificado vigente, según lo indicado en el artículo anterior, se le otorgará un plazo “de treinta días hábiles para su tramitación. Cumplido ese plazo, de no obtener el Certificado, no procederá la Contratación”.
Artículo 4º – “Durante el ejercicio 2017, este requisito se aplicará solo en las contrataciones superiores a PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000,-)”.