Proyecto de Ordenanza
Creando el Marco Normativo en materia de Género, Promoción y defensa de los derechos de las Mujeres y Diversidades (Indentitarias y Sexuales)
Expediente: HCD-668/2022
Autor: Paola Ariente
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Romina Pires Lucía Verónica Martínez Zara
Palabra(s) clave(s): marco normativo -género
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTA
La necesidad de sistematizar y/ o compilar de manera accesible la normativa en materia de género, promoción y defensa de los derechos de las mujeres y diversidades (identitarias y sexuales) actualmente vigente, entendiendo que la misma se constituye en distintas instancias nacionales, provinciales y municipales.
CONSIDERANDO
Que en los últimos años la lucha de las mujeres y diversidades impulsaron grandes transformaciones culturales que instalaron en el centro de escena las problemáticas de género y el reconocimiento de las diversas identidades de género, logrando que los diferentes estamentos estatales hayan avanzado en abundante legislación referida a la materia.
Que de esta manera en las instituciones legislativas se promovieron iniciativas que abordan las múltiples aristas que se desprenden de la garantía de los derechos de las mujeres y de la igualdad de género, como los derechos sexuales y reproductivos, políticas en contra de la violencia de género, matrimonio igualitario, regulación del trabajo doméstico, etc.
Que una de las normativas más significativas y estructurales en la República Argentina es la Ley 26.485, Violencia contra la Mujer -Prevención, sanción y erradicación. Asimismo, en el ámbito local y provincial existen múltiples iniciativas que contribuyen a abordar la violencia contra las mujeres desde diferentes dimensiones, como aquellas vinculadas a programas de inserción laboral, servicios de asistencia a víctimas, etc..
Que en el año 2019 fue sancionada la Ley N° 27.499 conocida como Ley Micaela que establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos los niveles y jerarquías en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
Que a partir del impulso de iniciativas promovidas por las diversas organizaciones civiles vinculada con esta problemática, se comenzó a sensibilizar y visibilizar más claramente esta cuestión y consecuentemente se empezaron a diseñar acciones, medidas y estrategias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Que a su vez, en las instancias provinciales y locales se produjeron legislaciones que es necesario difundir. En ese sentido, es de vital importancia que la ciudadanía pueda acceder fácilmente a las normativas que existen en la Municipalidad de Bahía Blanca, entendiendo que es el ámbito estatal más cercano a las mujeres y diversidades bahienses para canalizar sus reclamos y ejercer sus derechos.
Que un compendio normativo de lo legislado en la materia constituiría una gran herramienta para que la ciudadanía en general, y los colectivos de mujeres y diversidades organizadas en particular, puedan conocer, ejercer y exigir el cumplimiento de los derechos, mecanismos y dispositivos que se establecen en estas normas.
Que este compendio tiene por objeto constituirse como un punto de referencia jurídico para el futuro diseño de políticas públicas favoreciendo iniciativas innovadoras que legislen en ámbitos donde exista un vacío legal.
Que, en nuestra ciudad, existe como antecedente el Compendio Normativo en materia de Discapacidad y Accesibilidad aprobado en el 2021 en el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad bajo el número de Ordenanza N° 20508.
Que en virtud de la profusa legislación existente, surge la necesidad de compilarla a los efectos de facilitar a las mujeres y diversidades en particular, a los vecinos, partidos políticos y autoridades en general el acceso a toda la normativa vigente en nación, provincia y la ciudad para promover y proteger sus derechos.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º): Créase el “Marco Normativo en materia de Género, Promoción y Defensa de los Derechos de las Mujeres y Diversidades (Identitarias y Sexuales) del Municipio de Bahía Blanca”, el cual estará conformado por las normas de carácter nacional, provincial y municipal más relevantes en materia de género y derechos de las mujeres y diversidades, con el objetivo de sistematizar el andamiaje jurídico actualmente existente para que resulte de fácil acceso al conjunto de la ciudadanía.-
ARTÍCULO 2º): Se incorpora como Anexo I y que forma parte de la presente, un compendio de las normas más relevantes que obran en la materia, a las cuales el Departamento Ejecutivo podrá complementar con las que considere convenientes al momento de reglamentar la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 3º): El Departamento Ejecutivo establecerá la Autoridad de Aplicación para cada una de sus secciones y las partidas presupuestarias necesarias para su aplicación.-
ARTÍCULO 4º): El Departamento Ejecutivo remitirá al Concejo Deliberante el 08 de Marzo de cada año, un informe de los resultados de la aplicación de las políticas públicas establecidas en el presente Marco Normativo, correspondiente al período anual calendario inmediato anterior.-
ARTÍCULO 5º): Serán incorporadas al Marco Normativo, las futuras Ordenanzas, Decretos, Leyes y Resoluciones Nacionales, Provinciales y Municipales que se sancionen con posterioridad a la presente y que se refieran a Género, Promoción y Defensa de los Derechos de las Mujeres y Diversidades.-
ARTÍCULO 6º): Dispóngase la publicación del Marco Normativo de Género, Promoción y Defensa de los Derechos de las Mujeres y Diversidades (Identitarias y Sexuales), en un formato dinámico y accesible, en la página web del Municipio en la sección correspondiente al Digesto Municipal, así como del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca , que será actualizado anualmente para su divulgación y para su disponibilidad en todas las dependencias gubernamentales municipales.-
ARTÍCULO 7º): Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal que, previa actualización dela normativa, remita a la Comisión Especial de Género, Equidad y Diversidad del Honorable Concejo Deliberante el compendio normativo para su aprobación.-
ARTÍCULO 8º): De forma .-