Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Incorporando un artículo al Código de Edificación
Expediente: HCD-08/2023
Autor: Paola Ariente
Bloque: Frente de Todos
PROYECTO DE ORDENANZA: Incorporando un artículo al Código de Edificación
Autora: Paola Ariente
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La reciente sanción de la Ley Provincial N°15325 de adhesión a la Ley Nacional N° 27424 de Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica.
Y CONSIDERANDO
Que a partir de la sanción de la Ley N.º 15325 de la Provincia de Buenos Aires de adhesión a la Ley Nacional N° 27424, se autoriza a los usuarios del servicio público de distribución de energía eléctrica de la Provincia de Buenos Aires a generar energía renovable, autoconsumirla e inyectar excedentes a la red pública de distribución, en tanto se verifique el cumplimiento de la normativa vigente.
Que el Régimen de Generación Distribuida prevé la reglamentación de mecanismos y condiciones para la cesión o transferencia de los créditos provenientes de la inyección de energía de una misma distribuidora.
Que en ese marco y ante la decisión del Gobierno Provincial de promover la generación de energía renovable, se advierte la conveniencia de regular las condiciones técnicas para el procedimiento de conexión de equipos para la generación de energía renovable integrada a la red pública.
Que la reglamentación de las condiciones técnicas para la generación distribuida de energía renovable, busca promover la eficiencia en las redes de distribución, descomprimir redes de transporte, fomentar el desarrollo territorial, la independencia energética utilizando los recursos renovables disponibles, aumentando el empleo local, agregado de valor en origen y disminuyendo la emisión de gases de efecto invernadero.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1º:- Incorpórese al Código de la Edificación el artículo 5.1.1.2., con el siguiente texto:
“Artículo 5.1.1.2.: Adóptese para el Partido de Bahía Blanca la Reglamentación Técnica para el procedimiento de conexión de Equipos de Energías Renovables a la Red de Distribución Eléctrica de las Empresas Distribuidoras en el Partido de Bahía Blanca, conforme el Anexo I que pasa a formar parte de la presente.”
Artículo 2º:- Todo proyecto de construcción de edificios públicos municipales deberá contemplar la utilización de algún sistema de generación distribuida, conforme el aprovechamiento que pueda realizarse en la zona donde se ubique, previo estudio de su impacto ambiental en caso de corresponder, conforme la normativa aplicable. Para el caso de los edificios públicos municipales existentes, el Departamento Ejecutivo realizará de manera gradual un estudio con el fin de proponer medidas tendientes a mejorar la eficiencia energética, así como también la eventual incorporación de equipos de generación distribuida.
Artículo 3º:– De forma.
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