Proyecto de Ordenanza
Modificando Ordenanza 16873 “Programa de Movilidad Sostenible” y Ordenanza 19444 Sistema de parada de abastecimiento
Expediente: HCD-936/2023
Autor: Martín Barrionuevo
Bloque: Avanza Libertad
Palabra(s) clave(s): parquimetro
TEMA: Modificando Ordenanza 16873 “Programa de Movilidad Sostenible” y Ordenanza 19444 Sistema de parada de abastecimiento.
EXPTE: 936-HCD/2023
AUTOR: Juan Martín BARRIONUEVO IRIBARNE
Bahía Blanca, 12 de Julio de 2023.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Las dificultades Tránsito Vehicular Particular y estacionamiento que lleva a la necesidad de adecuarse a la coyuntura actual de desfasaje de utilización de las paradas de abastecimiento.
Y CONSIDERANDO:
Que la situación del Parque automotor ha cambiado sustancialmente en los últimos años.
Que el Plan de Movilidad Sostenible y sus modificatorias hoy se hace necesario adecuarlas en parte a la realidad imperante.
Que estos cambios ayudarían a los comerciantes, quiénes han expresado su preocupación, reiteradamente.
Que se pretende en esta modificación, reformar las Ordenanzas N°16.873 y subsiguientes, en los artículos que hacen mención del área de Estacionamiento Medido y Pago.
Que la situación económica también influye en los comportamientos de movilidad y de consumo, y que eso se debe ver reflejado en el Plan de Movilidad Sostenible.
Que en reuniones mantenidas con comerciantes, surge la solicitud de mayor espacio para estacionamiento de particulares.
Que el proceso de abastecimiento en el micro y macrocentro se concentra en el horario de la mañana, y lo que se hace de tarde es marginal y que a su vez los particulares concurren mayoritariamente de tarde en autos particulares a realizar compras en el área comercial de esta zona.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Modifíquese el Artículo 2° de la Ordenanza 19.444 quedando redactado como sigue:
“Los horarios de permiso para realizar carga y descarga en las Paradas de Abastecimiento demarcadas para tal fin dentro del radio de la zona de Estacionamiento Medido y Pago determinado por Ordenanza 16.873 y sus modificatorias serán de lunes a sábados desde las 7:00 hasta las 14:00 horas.
En aquellas Paradas de Abastecimiento ubicadas en el resto de la ciudad, que no forma parte de la zona de Estacionamiento Medido y Pago, el horario de uso exclusivo para carga y descarga será de lunes a sábado de 7:00 a 20:00 horas.
A excepción de los vehículos que superen los 3500 kg de porte, los cuales tendrán prohibido realizar carga y descarga entre las 11 horas y las 13 horas y entre las 16:30 horas y las 18:00 horas.”
ARTÍCULO 2°: Modifíquese el Artículo 4° de la Ordenanza 19.444 quedando redactado como sigue:
“Queda limitado el uso de las paradas de abastecimiento para uso exclusivo para proveedores en los horarios establecidos en el artículo 2º de la presente, pudiendo ser usado para estacionamiento para vehículos particulares el resto del horario. En aquellas paradas de abastecimiento que estén dentro de la zona de estacionamiento medido y pago, los vehículos deberán realizar el respectivo pago del parquímetro, según lo establecido en la Ordenanza 16.873 y sus modificatorias.”
ARTÍCULO 3°: Modifíquese el Inciso 4) del Artículo 4° de la Ordenanza N°16873 y sus modificatorias, quedando redactado como sigue:
“Inciso 4): El horario de vigencia de la Prohibición de Estacionamiento y/o Estacionamiento Medido y Pago, será de Lunes a Viernes hábiles desde las 8:00 y hasta las 18:00 Hs.”
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.