Proyecto de Ordenanza
IMPONGASE EL NOMBRE MARTA CHIARADIA AL LADO IZQUIERDO DEL ESPACIO VERDE UBICADO EN EL ACCESO A LA LOCALIDAD DE GENERAL DANIEL CERRI
Expediente: HCD-1128/2023
Autor: Gisela Ghigliani
Bloque: Union por la Patria
TEMA: IMPONGASE EL NOMBRE MARTA CHIARADIA AL LADO IZQUIERDO DEL ESPACIO VERDE UBICADO EN EL ACCESO A LA LOCALIDAD DE GENERAL DANIEL CERRI
AUTORA: Gisela Ghigliani
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La propuesta de un gran grupo de vecinos y vecinas de la localidad de General Daniel Cerri que, en memoria de Marta Chiaradia, desean que una parte de su parque de ingreso lleve su nombre y;
CONSIDERANDO
Que Marta Chiaradia, oriunda de la localidad de General Daniel Cerri fue una militante política desde muy pequeña edad, comprometida con los vecinos y vecinas de su localidad.
Que Marta Chiaradia ha tejido redes solidarias en la localidad, a través de campañas de donación de ropa y mercadería para los vecinos y vecinas que así lo necesitaron durante toda su vida.
Que trabajó en el ex Frigorífico Corporación Argentina de Productores de Carnes (CAP) Cuatreros, siendo este uno de los emblemas de la localidad.
Que ha tenido también una fuerte trayectoria fomentista junto a Hugo Fabiani, quien continúa desarrollando la actividad de la Sociedad de Fomento de dicha localidad.
Que ha sido un emblema del Club Sansinena, que la recuerda en cada partido que ella asistía a alentar.
Que actualmente existe una Unidad Básica con su nombre y una estatua del “curita brochero” que rinde homenaje al compromiso social de parte de Marta Chiaradia.
Que se han juntado más de 200 firmas de vecinos y vecinas de la localidad en favor de imponer el nombre de Marta Chiaradia a este espacio público.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Impongase el nombre “Marta Chiaradia” al espacio verde ubicado en el acceso a la localidad de General Daniel Cerri, del lado izquierdo.
ARTICULO 2°: Requierase al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, lleve a cabo la señalización del espacio público.
ARTICULO 3°: Remitase copia a la Sociedad de Fomento de General Daniel Cerri, al Club Sansinena y a la familia de la homenajeada.