Proyecto de Ordenanza
Modificando Ordenanza 16873 “Programa de Movilidad Sostenible” EXPTE: 388-HCD/2024
Expediente: HCD-388/2024
Autor: Martín Barrionuevo
Bloque: Avanza Libertad
Palabra(s) clave(s): movilidad
TEMA: Modificando Ordenanza 16873 “Programa de Movilidad Sostenible”
EXPTE: 388-HCD/2024
AUTOR: Juan Martín BARRIONUEVO IRIBARNE
Bahía Blanca, 15 de Mayo de 2024.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Las dificultades Tránsito Vehicular y estacionamiento que lleva a la necesidad de adecuarse a la coyuntura actual.
Y CONSIDERANDO:
Que la situación del Parque automotor ha cambiado sustancialmente en los últimos años.
Que el Plan de Movilidad Sostenible y sus modificatorias hoy se hace necesario adecuarlas en parte a la realidad imperante.
Que esta renovación y adecuación a una parte del Plan de Movilidad Sostenible es necesaria para ordenar las diferentes modificaciones suscitadas en los últimos años.
Que estos cambios en el Plan Vigente deberán ser dinámicos, visto las transformaciones que va teniendo el área y desarrollo en infraestructura de la ciudad.
Que estos cambios ayudarían a los comerciantes, quiénes han expresado su preocupación, reiteradamente.
Que se pretende en esta modificación, reformar las Ordenanzas N°16.873 y subsiguientes, en los artículos que hacen mención del área de Estacionamiento Medido y Pago.
Que el área actual ha demostrado ser excesiva y no cumplir con la premisa de necesidad de recambio del parque automotor ya que en muchas de las zonas la actividad comercial es muy poca o nula.
Que el estacionamiento medido y pago en zonas alejadas solo implica un costo extra para el poseedor del vehículo que ya estaría pagando Patente y Bienes Personales además de todos los impuestos incluidos en el combustible, repuestos, etcétera; incluido el seguro obligatorio.
Que el uso de las zonas mas alejadas es muy poco y que genera pocos recursos.
Que realizar el correspondiente control del buen uso y el pago correspondiente implica la necesidad de sumar agentes de control lo que implica un gasto mayor en lo respectivo a salarios, vestimenta y movilidad que vuelven contraproducente la extensión mencionada.
Que el establecer el Estacionamiento Medido y Pago en zonas puramente residenciales y alejadas de la zona comercial se contrapone con el derecho de los frentistas del libre uso para estacionar sus propios vehículos.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo N°1 Modifíquese la Ordenanza N°16.873 texto vigente.
Artículo N°2 Modifícase el inciso 1) del Artículo 2 de la Ordenanza 16.873, el que quedará redactado en los puntos indicados según el siguiente texto:
2.Güemes-Saavedra entre Rondeau y Donado (exceptuando el sector derecho de circulación).
3.Mitre entre Rondeau y Sarmiento (exceptuando el sector izquierdo de circulación).
4.San Martín-Zelarrayán entre Belgrano y Rodríguez (exceptuando el sector izquierdo de circulación).
d) Eliminar.
5.Estomba-Chiclana desde 11 de Abril-Roca hasta Gral. Paz-Villarino (exceptuando el sector izquierdo de circulación).
6., 7. y 8.Eliminar.
9.Belgrano entre Zeballos y Chiclana (exceptuando el sector izquierdo de circulación).
9.5.Donado entre Chiclana y Brown.
i) Eliminar.
10.O´Higgins-Alsina entre Brown y Dorrego
11. y 12.Eliminar
13.H Yrigoyen entre San Martín-Zelarrayán y Avenida Alem (exceptuando el sector derecho de circulación).
14.Eliminar
15.Sarmiento-Moreno entre Mitre y Vieytes (exceptuando sector izquierdo de circulación).
Eliminar texto “Soler entre Yrigoyen y Brandsen, en ambos sentidos de circulación.”
17. y 19.Eliminar.
21.5.Brown-Vieytes entre España y Roca (exceptuando sector izquierdo de circulación).
24., y), z) Eliminar.
Artículo N°3 Modifícase el inciso 3 del Artículo 2 de la Ordenanza 16.873, el que quedará íntegramente redactado según el siguiente texto:
3) Las siguientes arterias pasarán a integrar la zona de estacionamiento medido y pago:
a) Güemes entre Pte. Roca y Gorriti ambos sectores de circulación.
b) Güemes-Saavedra entre Gorriti y Donado sector derecho de circulación.
c) Saavedra entre Donado y España ambos sectores de circulación.
d) Brown-Vieytes entre España y Gorriti sector izquierdo de circulación.
e) Vieytes entre Gorriti y Roca ambos sectores de circulación.
f) Vicente López entre Colón y Rondeau ambos sectores de circulación.
g) Estomba-Chiclana entre Pte. Roca-11 de abril y Lavalle-España sector izquierdo de circulación.
h) San Martín entre Lavalle y Belgrano ambos sectores de circulación.
i) San Martín-Zelarrayan entre Belgrano y Rodriguez sector izquierdo de circulación.
j) Zelarrayan entre Rodriguez y 11 de abril ambos sectores de circulación.
k) Mitre entre 11 de abril y Rodriguez ambos sectores de circulación.
l) Mitre entre Rodriguez y Sarmiento sector izquierdo de circulación.
m) Mitre-Soler entre Sarmiento y Lavalle ambos sectores de circulación.
n) Lamadrid-Alvarado entre Lavalle y 11 de abril ambos sectores de circulación.
ñ) Zapiola-Dorrego entre 11 de abril y Lavalle sector derecho de circulación.
o) Pte. Roca-11 de abril entre Güemes y Zapiola ambos sectores de circulación.
p) 19 de mayo-Gorriti entre Zapiola y Güemes sector derecho de circulación.
q) Rondeau entre Güemes y Vieytes ambos sectores de circulación
r) Rondeau-Rodriguez entre Vieytes y Zapiola sector izquierdo de circulación.
s) Sarmiento entre Zapiola y Mitre ambos sectores de circulación.
t) Sarmiento-Moreno entre Mitre y Vieytes sector izquierdo de circulación.
u) Moreno entre Vieytes y Güemes ambos sectores de circulación.
v) Avda. Colón entre Estomba-Chiclana y Güemes-Saavedra ambos sectores de circulación.
w) H. Yrigoyen entre Zelarrayan-San Martín y Zapiola-Dorrego sector derecho de circulación.
x) O’Higgins entre Saavedra y Brown ambos sectores de circulación.
y) Belgrano entre Dorrego y San Martín sector izquierdo de circulación.
z) Donado entre Brown y Saavedra ambos sectores de circulación.
aa) Fitz Roy-Las Heras entre Saavedra y Dorrego ambos sectores de circulación.
ab) Lavalle-España entre Dorrego y Saavedra ambos sectores de circulación.
Artículo N°4 Modificase el Artículo N°3 de la Ordenanza N°16.873, variando la redacción del inciso a) eliminando incisos b), c) y d) que quedara redactado según el siguiente texto:
I. Delimitación de zonas.
a) Existirá una (1) zona unificada de tarifa.
Artículo N°5 Deróguese Ordenanzas N°17.197; N°18.366.
Artículo N°6 Deróguese los Artículos N°1 y N°2 de la Ordenanza N°17.758.
Artículo N°7 Deróguese los Artículos N°1; N°2 y N°3 de la Ordenanza N°18.875.
Artículo N°8 Deróguese Inciso N°3 del Artículo N°2 de la Ordenanza N°19.727.
Artículo N°9 Deróguese Artículos N°2 y N°4 de la Ordenanza N°20.384.
Artículo N°10 Deróguese Artículo N°2 de la Ordenanza N°21.066
Artículo N°11 Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.