Proyecto de Resolución
Solicitando a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, al Banco de Tierras Municipal, a la Subsecretaria de Hábitat y Catastro sede Bahía Blanca, informe sobre diversos ítems relacionados a inmuebles en estado de abandono del partido de Bahía Blanca
Expediente: HCD-941/2024
Autor: Gonzalo Javier Velez
Bloque: Juntos
Coautor(es): Fabiana Ungaro
Palabra(s) clave(s): habitat fiscalia del estado tierras municipales
Bahía Blanca, 16 de Octubre de 2024.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
Los reclamos constantes de vecinos de nuestra ciudad, manifestando el estado de abandono de numerosos inmuebles patrimoniales y de casa-habitación, con el consecuente impacto negativo en cuanto a la salubridad, estética, inseguridad y depreciación del valor de mercado de las propiedades lindantes, y
CONSIDERANDO:
Que la desatención de los propietarios sobre inmuebles genera serios problemas que afectan directamente a la comunidad, convirtiendo estos inmuebles en focos de inseguridad debido a ocupaciones ilegales, además de contribuir a la proliferación de plagas y al deterioro del paisaje urbano, lo cual vulnera derechos fundamentales y afecta negativamente la calidad de vida de los vecinos que residen en áreas circundantes.
Que el abandono de propiedades no solo compromete la seguridad pública y la salud de los ciudadanos, sino que también tiene un impacto negativo en la economía local, disminuyendo el valor de las propiedades aledañas y desincentivando la inversión en determinadas zonas urbanas, agravando así los problemas de desarrollo económico y social en la ciudad.
Que, según datos provisorios obtenidos del Censo 2022, de un total de 148 mil viviendas, se identificaron 18 mil viviendas desocupadas en el Partido de Bahía Blanca, de las cuales una parte significativa se encuentra en estado de abandono o sin el adecuado mantenimiento, lo que representa un grave problema para la planificación y el orden urbano.
Que el derecho a la propiedad, consagrado en la Constitución Nacional, implica no solo beneficios, sino también responsabilidades, entre las cuales se encuentra el mantenimiento y uso adecuado del bien en cuestión, en resguardo del interés general y la sana convivencia social.
Que siguiendo con el marco jurídico, la Ley Provincial Nro. 9533, la Ley de Herencias Vacantes autoriza a la Fiscalía de Estado a intervenir en aquellos inmuebles en situación de abandono.
Que el artículo 4º de la Ley Provincial Nro. 9533 establece que los inmuebles pertenecientes al estado por dominio eminente o vacancia, conforme al artículo 236 del Código Civil y Comercial de la Nación, constituyen bienes municipales, habilitando al municipio para su incorporación al dominio público en determinadas circunstancias.
Que, en ese sentido, es necesario coordinar acciones con la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires y otros organismos pertinentes para colaborar en todo lo que sea posible para su relocalización, puesta en valor o subasta de dichos inmuebles.
Que sin contar con información fehaciente, pero partiendo del supuesto que nos brinda nuestro conocimiento del territorio, el Partido de Bahía Blanca registra un elevado número inmuebles en posible estado de abandono, es decir, inmuebles cuyo propietario ha dejado de ejercer la posesión, cuidado y administración, manifestando una intención implícita de desentenderse de su propiedad.
Que de acuerdo a la Ordenanza N° 15.642 sancionada el 29 de Abril de 2010 se crea el Programa de Hábitat Bahía Blanca y Banco de Tierras Municipal en el cual faculta al Departamento Ejecutivo a destinar los inmuebles que ingresen al Patrimonio del Estado Municipal bajo el Régimen de Consolidación del Dominio Inmobiliario con Fines de Solidaridad Social, Ley 11.622 y normas reglamentarias.
Que la mencionada ordenanza establece los procedimientos que deben seguirse para la verificación y tratamiento de las propiedades en posible estado de abandono.
Que resulta imperativo llevar a cabo un relevamiento exhaustivo de los inmuebles abandonados en el Partido, diferenciando claramente aquellos que se encuentran bajo el Régimen de Herencia Vacante de aquellos que, por desinterés de sus propietarios, permanecen en estado de abandono, con el fin de definir acciones específicas en cada caso.
Que el mejoramiento y recuperación de estos inmuebles contribuiría significativamente a mejorar la calidad de vida de los vecinos en las zonas afectadas, y además evitaría gastos innecesarios por parte del Municipio al tener que atender problemas derivados de la falta de mantenimiento de propiedades que deberían ser gestionadas por sus dueños.
Que es fundamental contar con información precisa y actualizada sobre los inmuebles en estado de abandono, ya que solo con esta base de datos se podrán tomar decisiones adecuadas y efectivas para reducir el número de propiedades en estas condiciones, beneficiando así a los vecinos de los barrios impactados por esta problemática.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E :
Artículo 1º. – Solicita a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires con el fin de que remita la siguiente información correspondiente a:
1. Cantidad de inmuebles en el Partido de Bahía Blanca involucrados en herencia vacante.
2. Cantidad de denuncias de herencias vacantes recibidas entre los años 2004 a 2024, específicamente cuantas de ellas corresponden a causantes domiciliados en el Partido y con bienes en el mismo.
3. Cantidad de inmuebles subastados, vendidos o incorporados al dominio público entre los años 2004 y 2024.
4. En vinculación con el ítem 3, si se considera factible ceder inmuebles en condición de Herencia Vacante al Estado Municipal para su reutilización en proyectos de interés público (educación, salud, seguridad, etc) o público-privado.
Artículo 2º. – Solicita al Banco de Tierras Municipal la siguiente información:
1. Acciones realizadas para constatar el estado de abandono de las propiedades, conforme a la Ordenanza N° 15.642.
2. Cantidad de procedimientos de verificación de abandono de propiedades, detallando barrios, estado del trámite y cualquier información relevante.
3. Detallar propiedades abandonadas cuyos propietarios no han tomado medidas para su conservación, a pesar de las gestiones municipales.
4. Toda información disponible sobre inmuebles bajo el Régimen de Herencia Vacante, gestionados por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3º.- Solicitar a Catastro sede Bahía Blanca y articulación con el Departamento de Recaudaciones, información sobre:
- Cantidad de cuentas de propiedades con deudas en tasas municipales superiores a 10 años de manera ininterrumpida de inmuebles deshabitados o en estado de abandono.
- Acciones de cobro realizadas y los resultados obtenidos.
3. Cantidad de juicios por apremio iniciados o en curso, detallando aquellos que llegaron a proceso de ejecución o subasta.
Artículo 4º.- Solicitar a la Secretaria de Coordinación de Delegados, las actas labradas, intimaciones y actuaciones realizadas ante el Tribunal de Faltas, sobre lotes e inmuebles teniendo en cuento los siguientes criterios:
- Lotes/ inmuebles que se encuentran en estado de abandono
- Lotes/ inmuebles con desprendimiento y desmoronamiento de mamposterías.
- Lotes/ inmuebles que se encuentren con suciedad, basural y pastizales altos.
Teniendo en cuenta lo antes dicho, solicitar informe detallado de las políticas llevadas a cabo para revertir estas situaciones en nuestra ciudad.