Proyecto de Ordenanza
Donando un bien perteneciente al HCD, a la labor solidaria en el Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-935/2024
Autor: Maria Teresa Gonard
Bloque: La Libertad Avanza
TEMA: Donando un bien perteneciente al HCD, a la labor solidaria en el Partido de Bahía Blanca.
AUTOR: MARIA TERESA GONARD
Bahía Blanca, 16 de Octubre de 2024.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Que el Honorable Concejo Deliberante ha decidido proceder a la donación de un vehículo de su propiedad, el cual no es necesario para el desarrollo de las actividades de este HCD.
CONSIDERANDO:
Que la solidaridad nos invita a ponernos en el lugar de la otra persona y a comprometernos por el bien común siendo así sinónimo de igualdad, fraternidad, ayuda mutua, responsabilidad, generosidad, desprendimiento, cooperación y participación.
Que con la decisión de donar este bien, se propone visibilizar a los ciudadanos que trabajan por lo demás, con el objeto de que sigan adelante e inspiren al resto de la sociedad con su ejemplo, ya que recibir un reconocimiento lleva a sentirse valorado y ello resulta motivador. Es por esto mismo que es tan importante hacerle saber a quienes trabajan incansablemente y de corazón por la comunidad, que su labores apreciada.
Que promover nuevos referentes sociales, motoriza a otros a involucrarse, a impulsar proyectos y difundir historias motivadoras, a mostrar historias de vidas que no serían las mismas sin la obra de estos ciudadanos ejemplares. Asimismo, la difusión mediática de un premio o una donación de esta relevancia provocará un impacto positivo en la conciencia colectiva, sumamente importante en momentos de críticos, como el que atraviesa nuestra sociedad.
Que en este acto también queremos visibilizar, la necesidad de no generar gastos innecesarios a nuestra ciudad, dado que dicho bien no está siendo utilizado y sus gastos deben ser afrontados igualmente.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, EN USO DE FACULTADES QUE LES SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°:Cédase en donación, por única vez, al Beneficiario del Articulo 2, el vehículo: FIAT CL-CRONOS PRECISION 1.8 AT/ SEDAN 4 PUERTAS/AÑO 2021/ NRO. MOTOR 552804903730129/ NRO. CHASIS: 8AP359A49MU134696/ DOMINIO AE900BQ.
ARTÍCULO 2°: El beneficiario de la presente donación se determinara por el procedimiento establecido en la presente ordenanza, podrán postularse aquellas personas humanas o jurídicas que se destaquen por su ayuda desinteresada a la comunidad generando un impacto positivo en el partido de Bahía Blanca, debiendo ser las mismas entidades sin fines de lucro.
ARTÍCULO 3°: Durante el mes de Noviembre, se abrirá el registro para la postulación de los candidatos en el Honorable Concejo Deliberante, para que toda persona humana o representante de una persona jurídica, según art 2; pueda postular a esta Donación a cualquier otra persona humana o jurídica que desempeñe su actividad social, sin fines de lucro, en el partido de Bahía Blanca, y que reúna los siguientes requisitos al momento de la convocatoria:
I. tener 18 años de edad cumplidos al cierre del período de postulación;
II. tener residencia en la ciudad de Bahía Blanca;
III. que las actividades por las que resulte postulado sean contemporáneas a la fecha de postulación;
IV. el candidato que sea postulado por un tercero; éste deberá tener 18 años de edad a la fecha de la apertura de la convocatoria. No serán aceptadas auto postulaciones.
V. Las personas Jurídicas deberán presentar todo tipo de documentación que avale dicha condición:
ARTÍCULO 4°: No podrán participar ni ser postulados, quienes sean empleados municipales y/o funcionarios con mandato vigente.
ARTÍCULO 5°: La postulación se realizará en el periodo determinado en el artículo 3º,
Pudiendo ser prorrogada por el/la Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Teniendo en cuenta la posible fecha de entrega.
Las postulaciones de personas humanas o jurídicas deberán ser ingresadas por la mesa
De entradas del HCD con una breve reseña que justifique el pedido de reconocimiento,
Con los antecedentes de los postulados y con los datos personales y de contacto de los
Postuladores.
En todo momento se podrá solicitar información adicional a los postuladores y/o a los
Postulados a efectos de considerar la candidatura.
Finalizado el período y determinados los candidatos a la donación, estos deberán prestar conformidad de su participación, así como también autorizar a difundir públicamente su imagen, voz, nombre, a brindar mayor información sobre su actividad y a dar a conocer su experiencia de vida. En el caso de las personas jurídicas, esta conformidad e información será requerida a su representante legal.
ARTÍCULO 6°: Entre las postulaciones será seleccionada la persona humana o jurídica
Merecedora de esta DONACION, por un jurado integrado por:
1.- el/la Intendente Municipal;
2.- el/la Secretario/a de Políticas sociales, o como en el futuro se denomine la
Secretaría con las acciones de asistencia social;
3.- el/la Presidente del Honorable Concejo Deliberante;
4.- un/a concejal por cada uno de los bloques que integran el HCD
El jurado deberá constituirse, durante la primera semana de Diciembre, procediendo a votar para seleccionar al merecedor de la DONACION. Cada uno de los miembros del jurado tendrá un (1) voto. En caso de empate, el Intendente Municipal tendrá doble voto para proceder al desempate.
Cerrado el período de votación, el postulado que obtenga mayor cantidad de votos será declarado ganador de la DONACION, recibiendo el reconocimiento en fecha acordada entre las partes.
ARTÍCULO 7º: La presente donación deberá ser aceptada por el beneficiario dentro de los treinta días de su notificación. El beneficiario se compromete a cumplimentar todos los trámites correspondientes para proceder a titularizar el bien a su nombre, debiendo dar informe de la finalización de dicho trámite a este Honorable Concejo Deliberante. Siendo los costos del mismo a cargo del beneficiario.
ARTÍCULO 8º: La entrega del vehículo al beneficiario procederá una vez realizada la transferencia de dominio.
ARTÍCULO 9º: Pase al Departamento Ejecutivo para su toma de conocimiento y Reglamentación.