Proyecto de Ordenanza
Proyecto de ordenanza solicitando la creación del programa de manejo de trauma y técnicas de reanimación cardiorrespiratorias.-
Expediente: HCD-1671/2012
Autor: Gisela Ghigliani
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de ordenanza solicitando la creación del programa de manejo de trauma y técnicas de reanimación cardiorrespiratorias
PROYECTO DE ORDENANZA
Autora: María Gisela Ghigliani
Visto:
Que la necesidad de contar con un programa de manejo de pacientes suceptibles de padecer politraumatismos y signos de ahogamiento con la consecuente necesidad de aplicar técnicas de reanimación cardiorrespiratorias,
Y considerando,
Que el personal que trabaja en piletas municipales es imprescindible que cuente con la formación adecuada ante eventos de trauma, ahogamiento y/o paro cardiorespiratorio.
Que la pronta intervención de personal capacitado en estas temáticas evita complicaciones y retrasos en la asistencia y derivación de las potenciales víctimas.
Que de acuerdo a la bibliografía existente las intervenciones en los primeros minutos de ocurridos este tipo de eventos son vitales para salvar la vida de las personas.
En virtud de todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante en usos de sus facultades sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Art. Primero: Crease en el ámbito de la Dirección de Deportes de la Municipalidad el Programa de Manejo de Trauma y Técnicas de Reanimación Cardiorespiratorias.
Art. Segundo: Será objetivo general del Programa que los trabajadores participantes sean capaces de profundizar y desarrollar sus conocimientos acerca del manejo de pacientes de trauma y técnicas de reanimación Cardiopulmonar.
Art. Tercero: Serán objetivos específicos:
a) Que los participantes conozcan la estructura y funcionamiento de un servicio integral de Emergencias y los conceptos de Urgencia, Emergencia y Catástrofe.
b) La evaluación y manejo inicial del paciente de Trauma y/o con signos de ahogamiento.
c) Manejo Inicial y destrezas de la Vía Aérea.
d) Trauma Torácico, Trauma Espinal, Trauma cráneo.
e) Paro cardiorrespiratorio y respiratorio.
f) Técnicas de: estricación, RCP y traslado de victimas.
Art. Cuarto: El personal afectado a la realización del curso incluye a profesores de educación física, ayudantes, estudiantes de educación física, guardavidas y coordinadores generales de estas actividades de recreación que trabajen en piletas municipales y colonias municipales.
Art. Quinto: El personal afectado a la realización del curso será tanto de planta temporaria y permanente dependiente de la Dirección de Deportes, como el contratado durante los meses de verano que trabajen en piletas municipales y colonias municipales.
Art. Sexto: la organización y dictado del curso podrá ser articulada con el Hospital Municipal y/o entidades científicas reconocidas en la temática.
Art. Séptimo: La validez del curso realizado en el marco del Programa de Manejo del Trauma y Técnicas de Reanimación Cardiorespiratorias será bianual.
Art. Sexto: De forma.