Proyecto de Ordenanza
Proyecto de ordenanza solicitando la creación del “Programa Carnicerías Saludables”.
Expediente: HCD-181/2013
Autor: Gisela Ghigliani
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
Proyecto de ordenanza solicitando la creación del “Programa Carnicerías Saludables”.
Autora: María Gisela Ghigliani.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Que el rol de las carnicerías en la prevención de Enfermedades de Transmisión Alimentaria (ETA) es central.
Y CONSIDERANDO:
Que las Enfermedades de Transmisión Alimentaria (ETA) son prevenibles.
Que dentro de las ETA se encuentran las bacterias productoras de Síndrome Urémico Hemolítico y Salmonelosis.
Que el Código Alimentario Argentino (CAA) Ley 18284 en su capítulo VI artículos 247 al 519 regula productos cárneos y afines.
Que en la regulación sobre carne picada o molida se define como criterios obligatorios de detección a la Escherichia Coli O157 y la Salmonella spp.
Que en nuestra ciudad contamos con la ordenanza Nº 15815 que regula y norma la venta de carne picada en el partido de Bahía Blanca.
Que más allá de la ordenanza 15815 y el CAA ley 18284, el compromiso de quienes se dedican a este rubro comercial multiplican los beneficios de las mismas.
Que el compromiso de todos los actores que intervienen en la cadena de faena y comercialización de carnes es importante.
Que todos los esfuerzos que se realicen en pos de prevención de ETA (SUH, salmonelosis) deben tener continuidad en el tiempo.
Que el SUH no tiene tratamiento específico sino de sostén una vez que se instala el cuadro, por lo que las medidas de prevención son fundamentales.
En virtud de todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante en usos de sus facultades sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Art. Primero: Créase en el ámbito del partido de Bahía Blanca el Programa “Carnicerías Saludables”.
Art. Segundo: El organismo controlador del mismo será la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca a través del Departamento de Bromatología.
Art. Tercero: Dicho Programa será de adhesión voluntaria y no punitivo.
Art. Cuarto: El fin último de dicho Programa es posicionar a las carnicerías en el eslabón importante que son en la promoción y prevención de ETA (SUH y salmonelosis).
Art. Quinto: Objetivo General del Programa “Carnicerías Saludables”:
• Prevenir SUH y salmonelosis.
• Promover prácticas comerciales seguras.
Art. Sexto: Serán objetivos específicos del Programa:
• Cumplir la ordenanza 15815.
• Participar activamente en la organización y puesta en práctica de las campañas de promoción y prevención que se desarrollen en la ciudad.
• Asistir a los cursos de manipulación de alimentos dictados por la municipalidad de Bahía Blanca.
• Aceptar la difusión del nombre del comercio como adherente al programa en la página web municipal.
• Aceptar la colocación en lugar visible en el comercio de un sticker que identifique al mismo como adherente al programa y parte importante en la estrategia de promoción y prevención de SUH y salmonelosis.
Art. Séptimo: De forma.