Proyecto de Minuta
Solicitando al Departamento Ejecutivo se abstenga de realizar actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover
Expediente: HCD-686/2009
Autor: Andrés De Leo
Bloque: Acción Radical Bahiense
MINUTA DE COMUNICACIÓN: Solicitando al Departamento Ejecutivo se abstenga de realizar actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos durante los siete (7) días anteriores a la fecha fijada para la celebración del comicio.
AUTOR: De Leo, Andrés
Bahía Blanca, 25 de Junio 2009
MINUTA DE COMUNICACION
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo se abstenga de realizar actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos durante los siete (7) días anteriores a la fecha fijada para la celebración del comicio.
FUNDAMENTOS:
El Código Nacional Electoral en su artículo 64 quater del Código Nacional Electoral prohíbe durante los siete (7) días anteriores a la fecha fijada para la celebración del comicio, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales
Si bien la Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires no menciona ninguna de estas restricciones, la ausencia de tales normativas no impide que se utilice el sano criterio impuesto por el Código Nacional Electoral que evite la utilización de recursos públicos con finalidades electorales discrecionales.
La publicidad de actos oficiales dentro de este plazo constituye al menos una violación ética a los principios electorales, y en nuestra ciudad este hecho se encuentra agravado ya que en algunos medios periodísticos se ha realizado la publicidad oficial en forma simultánea y conjunta con la propaganda de los candidatos que responden al Intendente Breitenstein.