Proyecto de Ordenanza
Expresando beneplácito por la implementación de la guía “Atención de la salud integral de personas trans. Guía para equipos de salud”, enmarcada en el Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva.-
Expediente: HCD-717/2015
Autor: Gisela Ghigliani
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
VISTO:
Que el Ministerio de Salud de la Nación presentó el miércoles en el salón Ramón Carrillo la cartilla “Atención de la salud integral de personas trans. Guía para equipos de salud”. Enmarcada en el Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, la publicación forma parte del proceso de implementación de la Ley nacional 26.743 de Identidad de Género sancionada y promulgada en 2012;
CONSIDERANDO:
Que el objetivo de la guía es proporcionar herramientas concretas para que los equipos de salud brinden a las personas trans un trato digo y una atención integral y de calidad. Asimismo, propone una revisión y actualización de los protocolos y prácticas en el sistema de salud, con el fin de garantizar el cumplimiento de la Ley de Identidad de Género.
Que su elaboración responde a la reciente reglamentación del artículo 11 de la Ley 26.743, referido al derecho al libre desarrollo personal. En dicho artículo se establece que todas las personas mayores de 18 años de edad, a fin de garantizar el goce de su salud integral, deben poder acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.
Que el artículo, además, estipula que los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deben garantizar en forma permanente estos derechos y que todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio. La reglamentación de este artículo tan importante llega a tres años después de promulgada la ley en Mayo de 2012. Y estaba en el centro de las críticas y los reclamos del activismo y las organizaciones trans y LGTBIQ.
Que el primer capítulo se titula El derecho a la identidad de género y a la atención de la salud integral de personas trans: nuevo marco legal. En él se introduce el nuevo paradigma de despatologización. Se desarrollan las cuestiones centrales de la Ley de identidad de Género y se exponen sus antecedentes internacionales y nacionales. Se brinda información básica a los equipos de salud sobre esta normativa para contribuir con su cumplimiento efectivo en los establecimientos de salud y mejorar, de este modo, la calidad de la atención.
Que Expresiones e identidades de género es el nombre del segundo capítulo. En lugar de presentar un glosario de definiciones y/o clasificaciones, propone una breve historización de los conceptos y nociones claves que permiten entender la construcción del tradicional enfoque de la patologización y algunas de sus principales críticas, hasta llegar a los debates actuales sobre los que se basa la Ley de Identidad de Género en Argentina.
Que el capítulo tercero presenta la situación actual de las personas trasn: Población trans: mapa de la situación sociosanitaria en Argentina, apoyándose en los datos estadísticos disponibles. A pesar de la vigencia del nuevo paradigma legal, los datos muestran cómo las personas trans siguen siendo vulneradas y discriminadas en diversos ámbitos, incluyendo el sistema de salud.
Que el capítulo cuarto, Salud integral de las personas trans: abordaje desde el equipo de salud, recopila, organiza y ofrece claves para la atención de la salud integral de personas trans desde un modelo de atención centrado en la despatologización. Se sugieren estrategias para abordar las consultas, pautas para solicitar exámenes médicos y de laboratorio, entre otras medidas de prevención y seguimiento. Incluye, también, algunas cuestiones específicas en relación con la salud sexual y la salud reproductiva.
Que Atención de la salud en relación con procesos de modificación corporal es el quinto y último capítulo de la Guía. Se focaliza en las especificidades de la salud en relación con la construcción corporal de las personas trans.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES:
RESUELVE
PRIMERO: Expresar beneplácito por la presentación de la guía “Atención de la salud integral de personas trans. Guía para equipos de salud”, enmarcada en el Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva.-
SEGUNDO: Remitir copia al Ministerio de Salud de la Nación.-