Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza: Incorporando al Código de Planeamiento Urbano, el Uso “Casitas de Fiestas Infantiles”
Expediente: HCD-1357/2016
Autor: Marcos Streitenberger
Bloque: Cambiemos
Bahía Blanca, 16 de diciembre de 2016.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de regular en el Código de Planeamiento Urbano la localización de las denominadas “Casitas de Fiestas Infantiles”; a fin de agilizar el trámite para su análisis y autorización;
Y CONSIDERANDO:
Que a partir de la década del noventa la ciudad de Bahía Blanca experimentó el auge y proliferación de dichos establecimientos;
Que se trata de un Uso no especificado en el Código de Planeamiento Urbano;
Que actualmente el Uso se encuentra encuadrado en bar-concert, salón de bailes, casa de fiestas, del rubro Cultura;
Que antes del año 2000 dicho Uso estaba permitido en Zonas C1, C2, C3 y A;
Que posteriormente, con la promulgación de la Ordenanza Nº 11.089, se modificó parcialmente el cuadro de usos Nº 1, Art. 5.2. del Código de Planeamiento Urbano, en el rubro Esparcimiento: “bar concert”, “salón de bailes” y “casa de fiestas”, de las zonas C1, C2, C3 y A; y se le asignó referencia 7;
Que asimismo el Art. 5.1.10 del Código de Planeamiento Urbano, sobre los Usos no consignados establece: “Los usos que no están consignados en los cuadros 1, 2 y 4 deberán ser expresamente autorizados. En esos casos el solicitante deberá presentar una memoria
detallada del uso que propone implantar, para que la Municipalidad se pronuncie sobre la inclusión del uso en el presente Código”.
Que en el año 2006, por Ordenanza Nº 14.072 se establecieron las exigencias mínimas que debían cumplir las “Casitas de Fiestas Infantiles”, designándose como tales a aquellos inmuebles cuyas construcciones se hallan afectadas exclusivamente al servicio de funcionamiento de Fiestas Infantiles, con o sin contratación de servicios de bebidas y/o comidas, cuyas actividades se desarrollen en horario preferentemente diurno.
Que producto del relevamiento y estudio de los Expedientes tratados en la Comisión Asesora de Planeamiento, surge que la mayoría de los mencionados locales se encuentran en las Zonas R1 (Residencial Densidad Media) y R2 (Residencial de Transición);
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
ARTICULO 1º – Incorpórese al Cuadro Nº 1 (Rubro Cultura-Culto-Esparc.), del Código de Planeamiento Urbano, el Uso “Casitas de Fiestas Infantiles”, permitiéndose su instalación en las Zonas C1 (Área Central – Microcentro Direccional), C2 (Área Central – Macrocentro Direccional ), C3 (Centro Ejes de Crecimiento), R1 (Residencial Densidad Media), R2 (Residencial de Transición), RM (Residencial Mixta) y A (Anillo).
ARTÍCULO 2º – De forma.-