Proyecto de Ordenanza
Informe sobre el proyecto “Circuito de Speedway y Motocross Bahía Blanca”
Expediente: HCD-76/2018
Autor: Gisela Ghigliani
Bloque: Unidad Ciudadana – PJ
El Honorable Concejo Deliberante solicita que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que corresponda, informe sobre el proyecto “Circuito de Speedway y Motocross Bahía Blanca” de 10 y 11 hectáreas, a ubicarse en terrenos municipales sobre la Ruta Nacional Sur Nº3 a la altura del km 692 (identificados catastralmente como Circ.II-Secc.C-Ch. 254-Parcela 1 y Circ.II.Secc.C-Ch. 254-Parcela 2). Además es primordial para el Honorable Concejo Deliberante conocer los motivos por los cuales no se ha llamado hasta ahora a la respectiva Audiencia Pública según lo establecido por la ordenanza municipal 14.253.
FUNDAMENTOS
Dicho proyecto es impulsado por el Automoto Club Bahía Blanca y el Club de Pilotos de Motocross de Bahía Blanca y en la zona mencionada se ubica el Parque Marítimo Almirante Brown que por el Código de Planeamiento Urbano se encuentra categorizada como Zona Urbanización Parque (UP3) y que corresponde a zonas destinadas a espacios verdes o parquizados de uso público.
Por medio del presente pedido de informes solicitamos el análisis sobre los impactos negativos que esta actividad ocasionaría sobre la avifauna del sector costero próximo, como así también sobre la Reserva Natural Costera Municipal y la población cercana.
Es menester contar con dicha información ya que el Municipio de Bahía Blanca se comprometió voluntariamente en el año 2016 ante la Red Hemisférica de Reservas para Aves Playeras a concretar acciones con el objetivo de garantizar la conservación de las aves playeras y sus hábitats.
De la misma forma solicitamos los informes pertinentes sobre la exposición a los ruidos generados por el tipo de vehículos que se van a utilizar y que generan un impacto serio tanto sobre las aves como en los seres humanos.
La falta del llamado a Audiencia Pública es preocupante ya que el impacto será permanente y severo y la ordenanza 14.253 en su artículo 3 fija claramente que “la convocatoria a Audiencia Pública será obligatoria cuando las decisiones administrativas o legislativas referidas en el artículo 1º puedan generar efectos negativos y significativos en el ambiente del Municipio de Bahía Blanca”. Asimismo pedimos que se nos informe sobre el estado actual de los terrenos afectados y si ya se avanzó en la realización de algún tipo de obra vinculada con la concreción del circuito.
La presencia en las inmediaciones del Balneario Maldonado tiene que ser tenida en cuenta por los efectos negativos que dicho proyecto puede acarrear, afectando las características naturales que aún se preservan en la zona del balneario. Estamos haciendo referencia a un espacio verde de uso público, el único ubicado sobre la costa de la ría de Bahía Blanca y que disfrutan cientos de vecinos.
Por último queremos dejar asentado que la “recuperación de costas” no puede ser considerada como un elemento menor en la diagramación de las políticas públicas ya que figura entre los objetivos del Plan de Desarrollo Urbano de Bahía Blanca del año 1970 y su reformulación de 1986, el Plan Estratégico de Bahía Blanca del año 1999 y las reformulaciones de los Códigos de Planeamiento Urbano y Edificación del año 2008.
MARIA GISELA GHIGLIANI
CONCEJALA
BLOQUE UNIDAD CIUDADANA – PJ