Proyecto de Resolución
Declarando de interés municipal la Semana Mundial del Parto y Nacimiento Respetado.
Expediente: HCD-412/2019
Autor: Gisela Ghigliani
Bloque: Unidad Ciudadana – PJ
Palabra(s) clave(s): parto respetado
VISTO
La realización de la Semana Mundial del Parto y Nacimiento Respetado,
CONSIDERANDO
Que este año transcurre del 13 al 19 de mayo bajo el lema “El poder de parir está en vos”;
Que es fundamental para que las mujeres puedan remarcar sus derechos, entre ellos el de tener una atención digna al momento de dar a luz;
Que es importante desnaturalizar todo tipo de violencias;
Que entre las microviolencias más generalizadas está la de dar a las embarazadas un tratamiento de enfermas;
Que el término “parto respetado” o “parto humanizado” hace referencia a una modalidad de atención del parto caracterizada por el respeto a los derechos de los padres y los niños y niñas en el momento del nacimiento, o sea en consonancia con las necesidades y deseos de la familia que va a dar a luz;
Que cuando se habla de parto humanizado, se habla de generar un espacio familiar donde la mamá y su bebé sean los protagonistas y donde el nacimiento se desarrolle de la manera más natural posible;
Que la Ley 25.929 de Parto Humanizado y su decreto de reglamentación 2035/2015 promueven que se respete a la familia en sus particularidades y que se la acompañe en la toma de decisiones seguras e informadas;
Que la madre tiene derecho a ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto y participar activamente en las decisiones que acerca de las alternativas distintas si es que existen; a ser considerada como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto; a un parto respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados; a ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales; a no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación; a elegir quién la acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto; a tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales; a ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar; a recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña; a ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma;
Que toda persona recién nacida tiene derecho a ser tratada en forma respetuosa y digna; a su inequívoca identificación; a no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia; a la internación conjunta con su madre en sala; a que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación;
Que el padre y la madre de la persona recién nacida en situación de riesgo tienen los siguientes derechos a recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijo o hija, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento; a tener acceso continuado a su hijo o hija mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia; a un consentimiento informado sobre cualquier práctica médica que se le realice al niño o niña; a que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida; arecibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña;
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
ARTICULO 1. Declarar de interés municipal la Semana Mundial del Parto y Nacimiento Respetado a realizarse del 13 al 19 de mayo.
ARTICULO 2. Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría de Salud de la Nación y al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.