Proyecto de Resolución
Solicitando al Departamento Ejecutivo firma de convenio de adhesión al Fondo de Asistencia Municipal para la atención no hospitalaria de pacientes con COVID 19
Expediente: HCD-282/2020
Autor: Gisela Ghigliani
Bloque: Frente de Todos
Palabra(s) clave(s): fondo covid
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO
El convenio de adhesión al Fondo de Asistencia Municipal para la atención no hospitalaria de pacientes con COVID – 19;
CONSIDERANDO
Que, con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegará a ciento dieciocho mil quinientos cincuenta y cuatro (118.554) y el número de muertes a cuatro mil doscientos ochenta y uno (4.281), afectando hasta ese momento a ciento diez (110) países;
Que el Decreto 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional dispuso en su artículo 1 el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria a fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado nacional;
Que mediante Ordenanza 19.997 se dispuso en Bahía Blanca la declaración de la Emergencia Sanitaria en consonancia con lo dispuesto a nivel provincial y nacional;
Que el mencionado virus que causa el COVID-19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía de contagio es de persona a persona;
Que desde entonces se ha constatado la propagación de casos del nuevo coronavirus COVID-19 en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país, suponiendo un riesgo para la salud pública que exige una respuesta inmediata y coordinada para contener la enfermedad e interrumpir la propagación y el contagio;
Que se ha acreditado que las zonas densamente pobladas, ante la aparición de nuevos casos, exhiben un muy alto riesgo de transmisión masiva y dificultad para su control, que se incrementa
cuanto mayor es la densidad poblacional;
Que siendo la provincia de Buenos Aires la que mayor población concentra del país, deviene necesario aunar esfuerzos con los Municipios a fin de minimizar el riesgo de propagación del virus en la población;
Que el Protocolo de preparación para la respuesta ante la contingencia de enfermedad por coronavirus 2019 aprobado por la Resolución N° 694/2020 del Ministerio de Salud, contempla la posibilidad de aislamiento en establecimientos extrahospitalarios de pacientes con diagnóstico de COVID-19 con signosintomatología leve sin criterio de internación, en aquellos casos en los que no se cumplan los criterios para aislamiento en domicilio;
Que se crea el “Fondo de Asistencia Municipal para la Atención No Hospitalaria de Pacientes con COVID-19”, con el objeto de contribuir financieramente con los Municipios a solventar los gastos que se deriven, exclusivamente, de la atención de pacientes con COVID-19 en los centros asistenciales temporales que al efecto hayan dispuesto y que cumplan con los requisitos de funcionamiento y atención que establezca el Ministerio de Salud;
Que, el referido acto dispone que los aportes que cada Municipio solicite en el marco del Fondo creado en su artículo 1°, tendrán el carácter de no reintegrables y la suma que se otorgue, conforme la disponibilidad presupuestaria, será el equivalente a pesos dos mil (.000) por día en que cada cama fue efectivamente ocupada para la atención de pacientes con COVID-19 en los mencionados centros asistenciales temporales, que hayan sido derivados por el Ministerio de Salud de la Provincia;
Que, asimismo, establece que los Municipios que hayan dispuesto los centros asistenciales a los que refiere su artículo 1° y requieran asistencia financiera, a través del “Fondo de Asistencia Municipal para la Atención No Hospitalaria de Pacientes con COVID-19”, deberán declarar su adhesión al presente decreto y a las normas que en su consecuenciase dicten;
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
ARTICULO 1°. Solicitar al Departamento Ejecutivo la firma del “Convenio de adhesión al Fondo de Asistencia Municipal para la atención no hospitalaria de pacientes con COVID 19” con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2°. Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Salud de la Provincia de Bs As