Proyecto de Minuta
Reiterando al Departamento Ejecutivo la convocatoria y constitución de la Comisión de Trabajo del Plan Director de Pavimentos del Partido de Bahía Blanca
Expediente: HCD-504/2020
Autor: Lucía Verónica Martínez Zara
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Gustavo Mandará Carlos Quiroga Analía López Carlos Moreno Salas
Palabra(s) clave(s): plan director
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante reitera al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría que corresponda, y previo a la elaboración del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, constituya la Comisión de Trabajo del Plan Director de Pavimentos del Partido de Bahía Blanca y, a tal efecto, convoque a los representantes de las áreas públicas que establece el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal Nº 19183.
FUNDAMENTOS
Que mediante el Expte. HCD-786-2018 este cuerpo aprobó una minuta de comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría que corresponda y previo a la elaboración del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, constituya Comisión de Trabajo del Plan Director de Pavimentos del Partido de Bahía Blanca y, a tal efecto, convoque a los representantes de las áreas públicas que establece el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal Nº 19183.
Que dicha minuta de comunicación, tenía por finalidad solicitar la constitución de la Comisión de Trabajo del Plan Director de Pavimentos de manera previa a formulación del Presupuesto de Gastos y Recursos del Municipio.
De este modo, y conforme lo establece el artículo 4 la Ordenanza Nº 19183, la comisión tendrá por objeto clasificar las distintas calles de la ciudad de acuerdo a la capacidad de tráfico e indirectamente con su importancia dentro de la red vial urbana. A partir de la identificación de las arterias, debería evaluarse, de manera prioritaria, la pavimentación de calles estructurantes primarias, las que constituyan recorridos de colectivos, o resulten de acceso a centros de referencia como escuelas, centros de salud o similares.
Que el artículo 3° de la citada Ordenanza prescribe que la comisión deberá constituirse por tres representantes de la Secretaría de Obras Públicas (Planificación, Vialidad, y Obras), un representante de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Bahía Blanca, y las Comisiones de Obras Públicas y Tránsito y Transporte del Honorable Concejo Deliberante.
Que como bien se ha consignado en los fundamentos de la ordenanza de mención, la ausencia de planificación y la falta de intervención del Estado generaron una población urbana dispersa y el desarrollo de nuevos barrios sin estructura básica en general y vial en particular.
Que es de vital importancia poner en marcha un espacio de debate, consenso y planificación donde se reflejen las problemáticas de la ciudad en la materia y se disponga una distribución territorialmente equitativa de los recursos.
Que el artículo 5 de la ordenanza en cuestión, jerarquiza el trabajo de esta comisión ya que establece que el listado aprobado por Honorable Concejo Deliberante será una guía para el Departamento Ejecutivo a la hora de realizar las obras viales y deberá destinar para su realización al menos del 80% de los recursos presupuestarios destinados a las obras viales.