Proyecto de Resolución
Manifestando beneplácito por la aprobación del Proyecto de Ley Provincial de regulación de la labor de los Terapistas Ocupacionales
Expediente: HCD-595/2020
Autor: Gisela Ghigliani
Bloque: Frente de Todos
Palabra(s) clave(s): terapistas ocupacionales
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
La aprobación del Expediente Nº D-897/19-20 de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires;
Y CONSIDERANDO
Que los Terapistas Ocupacionales desempeñan un rol fundamental como agentes de salud, formando parte de equipos interdisciplinarios, y participando activamente en la elaboración de estrategias de tratamiento, brindando contención y asistencia al paciente y su familia.
Que la Terapia Ocupacional es una disciplina sociosanitaria, cuyos métodos son (según define la Asociación Americana de Terapistas Ocupacionales -AOTA-1999): “el análisis y aplicación de ocupaciones seleccionadas de la vida diaria que tienen un significado y un propósito para el individuo y le capacitan para desarrollar, recuperar, fortalecer, o prevenir la pérdida de hábitos, habilidades, tareas, rutinas o roles ocupacionales que ha realizado en el pasado o está aprendiendo a realizar para participar en la medida de lo posible como miembro de su entorno personal, social, cultural y económico”.
Que muchos de nuestros Terapistas Ocupacionales no se encuentran adheridos a ninguna asociación que los nuclea, por lo que resulta de fundamental importancia que tengan un marco regulatorio del ejercicio profesional.
Que es de vital importancia reglamentar una profesión que crece constantemente, para que el recurso humano con el que cuenta nuestra comunidad pueda desempeñar sus tareas de manera ordenanza y cuidada.
Que el propósito central de esta profesión es de favorecer el desempeño ocupacional funcional, la autonomía personal, la participación social y la calidad de vida de las
personas y/o grupos que lo requieran, por lo que se ocupa de un rol preponderante dentro de una sociedad que pretende ser justa, inclusiva y que brinde posibilidades a todos por igual.
Que en la actualidad existe un Registro de de Profesionales en el ámbito del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, pero no alcanza a ejercer la regulación total del ejercicio profesional ni lleva un registro preciso de los profesionales.
Que el apoyo desde los Concejos Deliberante de los distintos Municipios es importante y debe ser impulso a iniciativas que, como esta, redundan en mejoras en la atención y calidad de vida de los ciudadanos que requieren los servicios profesionales de este sector.
Que es de público conocimiento la lucha constante, sostenida en el tiempo y con un bajo perfil que llevan a cabo estos profesionales para que su trabajo sea valorado.
Que en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires se ha tratado el proyecto de ley de interés obteniendo sanción definitiva.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FUNCIONES RESUELVE:
1°) EXPRESAR Beneplácito por la aprobación del Proyecto de Ley Provincial del Ejercicio Profesional y del Colegio Profesional de Terapista Ocupacional de la Provincia de Buenos Aires (Exp. Nº897/19-20)
2°) COMUNICAR oficialmente esta Resolución del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca a la Honorable Cámara de Senadores y a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, y a la Asociación Bahiense de Terapistas Ocupacionales.
3°) De forma.