Proyecto de Resolución
Expresando el Beneplácito por el Proyecto de Ley de “Regulación del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención post aborto” enviado por el Ejecutivo Nacional.
Expediente: HCD-682/2020
Autor: Paula Echeverria
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Gisela Ghigliani Romina Pires Lucía Verónica Martínez Zara Analía López
Palabra(s) clave(s): post aborto
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO
Los compromisos asumidos por el Estado Argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar.
CONSIDERANDO
Que las disposiciones de la presente ley se enmarcan en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, los Tratados de Derechos Humanos ratificados por la REPÚBLICA ARGENTINA, en especial la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer “Convención De Belem Do Para”, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos de Niño y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en virtud de la protección que otorgan a los derechos sexuales y reproductivos, a la dignidad, a la vida, a la autonomía, a la salud, a la educación, a la integridad, a la diversidad corporal, a la identidad de género, a la diversidad étnico-cultural, a la privacidad, a la libertad de creencias y pensamientos, a la información, a gozar de los beneficios de los avances científicos, a la igualdad real de oportunidades, a la no discriminación y a una vida libre de violencias.
Que la misma tiene como fin contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible.
Que en el mundo se estima que por lo menos el 8% de las muertes maternas se deben a abortos inseguros (realizados por personas sin habilidades necesarias o en condiciones carentes de los estándares médicos mínimos o ambos).
Que en Argentina hay entre 38000 y 40000 ingresos hospitalarios por abortos clandestinos, por lo que es urgente una respuesta política en Salud Pública.
Que el proyecto se encuentra contemplado dentro de una normativa amplia y con perspectiva de género.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Expresar el Beneplácito por el Proyecto de Ley de “Regulación del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención post aborto” enviado por el Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 2°. Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Salud de la Nación y al Poder Ejecutivo de la Nación.