Proyecto de Resolución
Constituyendo un Fondo Especial para el Acompañamiento de Hogares con Alta Vulnerabilidad Social que resultaron damnificados por el temporal
Expediente: HCD-225/2022
Autor: Lucía Verónica Martínez Zara
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Gisela Ghigliani Romina Pires Mariano Arzuaga
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
Las consecuencias del temporal, de fecha 24 y 25 de marzo de 2022, en nuestra ciudad y en particular en las familias que se encuentran en una situación de alta vulnerabilidad social.
Y CONSIDERANDO:
Que la semana pasada nuestra ciudad sufrió un fuerte temporal, que dejó como saldo más de 100 personas evacuadas, 1196 árboles caídos en vía pública, anegamiento de calles y la interrupción de servicios públicos.
Que dicho temporal puso de manifiesto desigualdades sociales preexistentes, afectando particularmente a las poblaciones más vulnerables de nuestro distrito, principalmente aquellas cuyo ejercicio de derechos ya se encontraba previamente comprometido.
Que tanto la Convención Interamericana sobre la Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores, en su artículo 4, como la Convención de los Derechos del Niño, artículo 3, establecen el lugar prioritario que deben ocupar las niñeces y vejeces en el ámbito estatal.
Que en igual sentido la Ley Nacional de Protección integral de los Niños, Niñas y Adolescentes Nro. 26.061, artículo 5, como la Ley Provincial Nro. 13.298, artículo 6, estipulan la asignación privilegiada de recursos públicos en las áreas relacionadas con la promoción y protección de la niñez y la preferencia en la formulación y ejecución de las políticas sociales públicas.
Que el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Subsecretaria de Políticas Sociales se hizo presente en nuestra localidad, recorriendo, relevando y asistiendo a los barrios y familias afectadas por la grave situación climática y en especial a las franjas etarias mencionadas en el párrafo que antecede.
Que por su parte el Municipio constituyo un Comité de Emergencia para abordar las situaciones de emergencia generadas por grave situación climática, con enorme compromiso de los trabajadores, trabajadoras municipales y cooperativas de trabajo.
Que una vez más, la ciudanía bahiense dio cuenta del enorme capital solidario que la caracteriza; haciendo llegar ayuda directamente o a través de las diversas organizaciones e instituciones sociales que recorren los segmentos más desprotegidos de la ciudad.
Que resulta es indispensable situar de forma permanente la protección de los derechos de los personas, grupos y colectivos más vulnerables en el centro de los esfuerzos de políticas públicas locales.
Que es sustancial continuar acompañando a las familias damnificadas, más allá de la emergencia, dado las graves afectaciones que sufrieron en sus derechos.
Que para ello es clave que el Municipio cuente una estrategia y recursos económicos que permita promover, proteger y restituir derechos sociales vulnerados.
Que mediante la presente se recomienda la creación de un fondo para la asignación prioritaria de recursos económicos, a fin de acompañar a las personas damnificadas por el temporal con alta vulnerabilidad social.
EN USO DE SUS FACULTADES EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Encomendar al Departamento Ejecutivo la constitución de un Fondo Especial para el Acompañamiento de los Hogares con Alta Vulnerabilidad Social que resultaron damnificados por el temporal -de fecha 24 y 25 de marzo del año 2022- con especial atención en el primera infancia y la vejez.
ARTICULO 2 °: Recomendar que el fondo referenciado en el artículo anterior sea destinado al cumplimiento de los siguientes objetivos:
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Brindar asistencia integral a los hogares con alta vulnerabilidad social, con especial atención en la primera infancia y la vejez.
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Restituir, reparar de manera integral y transversal los derechos sociales vulnerados.
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Mitigar daños ocasionados por el desastre climático en coordinación con los diversos actores territoriales, sujetos destinarios del fondo y órganos del gobierno municipal.
ARTICULO 3°: Instar al Departamento Ejecutivo a reasignar las partidas presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a la presente.
ARTÍCULO 4°: Una vez conformado el fondo -que se establece en artículo 1°- remitir informes mensuales al Honorable Concejo Deliberante, con detalles de las partidas reasignadas como de las estrategias implementadas a los fines de dar cumplimiento a los objetivos delineados en el artículo 2°.
ARTÍCULO 5°: Remítase copia de la presente resolución al Consejo Local de Niñez y al Consejo de Adultos Mayores de Bahía Blanca.