Proyecto de Resolución
Adhiriendo el Partido de Bahía Blanca a los lineamientos de la Estrategia Federal de Salud Mental al Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-364/2022
Autor: Romina Pires
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Gisela Ghigliani
Palabra(s) clave(s): estrategia -federal -salud mental
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTA
La ley 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental y;
Los lineamientos establecidos para el Programa Estrategia Federal de Abordaje Integral de Salud Mental.
Y CONSIDERANDO
Que el objetivo de dicho programa es, garantizar el cuidado y la atención de la salud mental en todas las etapas de la vida.
Que las acciones concretas a desarrollar son:
-
Fortalecimiento de la atención en salud mental en todas las jurisdicciones.
-
Duplicación del presupuesto actual con un fondo extraordinario de 4 mil millones de pesos.
-
Apoyo a la formación de recursos humanos en todo el país, ampliando el acceso a la red asistencial por telemedicina, para facilitar el acceso.
-
Creación de una línea telefónica 0800 específica y gratuita, disponible las 24 horas, para la atención de las urgencias de la salud mental.
-
Financiamiento para que los hospitales generales puedan crear una unidad de Cuidados de la Urgencia y una guardia interdisciplinaria 24 horas para la atención de la salud mental.
-
Creación de un Programa para el Abordaje Integral en el marco de la Ley Nacional de Prevención al Suicidio.
-
Duplicación de la cantidad de efectores del primer nivel de salud que recibirán botiquines remediar en salud mental.
-
Trabajo en el acompañamiento y asistencia de las infancias, los y las adolescentes y los sectores poblacionales más afectados.
-
Construcción de 2000 viviendas de Medio Camino para avanzar con la Ley de Salud Mental y concretar la desinstitucionalización de los y las usuarias.
-
Fortalecimiento del Hospital Bonaparte en tanto referencia a nivel nacional generando redes y apoyando a cada una de las provincias.
-
Trabajo en articulación con el sistema educativo a través de la cultura y el arte, con acciones para la reinserción laboral y el acompañamiento en situaciones de violencia.
Que la presentación del mencionado programa, se realizó en el marco del último Consejo Federal de Salud (Cofesa), creado por Ley 22.373 el 13 de enero de 1981, donde participaron autoridades sanitarias de todo el país y en el cual se trataron diversos ejes estratégicos que responden a las políticas públicas sobre la formación profesional, la inmunización y la nueva modalidad de vigilancia.
Que la salud mental, es atravesada por construcciones sociales y culturales que hace necesario abordarla en un marco de derechos integrales donde cada persona tiene derecho a;
-
Conocer y preservar la identidad, el grupo de pertenencia, la historia.
-
Conocer y decidir sobre su tratamiento.
-
Vivir en familia, vivir en comunidad.
-
Que le acompañen y a elegir quien le acompañe.
-
A recibir una atención humanizada, que garantice su recuperación.
-
Que se preserve su autonomía personal y su intimidad.
-
Que le atienda un equipo interdisciplinario con profesionales de diversas áreas médicas y no médicas (psicólogo, psiquiatra, trabajador social, acompañante terapéutico, terapista ocupacional, etcétera).
-
Que no le discriminen por un padecimiento mental, actual o pasado.
Que para proteger la salud y prevenir enfermedades existe una red de servicios;
-Servicios de salud mental en hospitales generales
-Centros de atención primaria de la salud (CAPS)
-Centros integradores comunitarios (CIC)
Que es imprescindible que la sociedad conozca la existencia de otros lugares y espacios donde se habilita la palabra, la escucha, y se acompaña y ayuda a una persona, a un familiar, una amistad, como son;
-
Emprendimientos laborales productivos
-
Escuelas
-
Clubes barriales
-
Iglesias
Que el mencionado programa prevé el aumento de un 107% en el presupuesto actual significando 00 millones de pesos.
Que la Ley Provincial N°14.580 “Derecho a la Protección de la Salud Mental”, establece la protección de los derechos de los ciudadanos que padecen problemas de salud mental y garantiza el acceso a los servicios que la promueven y la protegen.
Que la misma asume el criterio de dicho instrumento normativo en el sentido de que las políticas de salud mental contemplan también la protección de los derechos de aquellos ciudadanos con problemas en el uso de drogas legales o ilegales.
Que la Ley mencionada anteriormente, en su artículo 8° avista que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga que desarrollan sus actividades en la Provincia de Buenos Aires, deberán incluir en su menú prestacional los servicios garantizados por la presente Ley en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días a partir de la sanción de este marco normativo.
Que, a nivel local se cuenta con la Ordenanza Municipal N° 18292 “Creando el Programa Municipal de Salud Mental y Adicciones dependientes de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca y del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero”.
Que, en el marco de la sanción de esta Ordenanza, su artículo quinto dispone la creación del Departamento de Salud Mental y Adicciones, con el fin de integrar y optimizar los recursos municipales destinados al área de salud mental, estando el mismo en funcionamiento.
Que, de acuerdo a la ordenanza anteriormente señalada del año 2015, se creó en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante, la Mesa de Salud Mental y Adicciones, que incluye a los siguientes proyectos: Área Psi, Unidad de Prevención y Asistencia, Residencia de Psicología Social y Comunitaria, La Buena Noticia Sos Vos, Red de Vidas, Talleres de Cultura e Inclusión, Emergencias Psicosociales y Equipos de Gestión en Salud Mental.
Que además la misma Ordenanza prevé la disposición de partidas presupuestarias necesarias de acuerdo a lo determinado por el artículo 32 de la Ley de Salud Mental, donde debe alcanzar un mínimo del 10% del presupuesto total en salud.
Que, las diferentes instituciones participantes, y otras que se fueron incorporando, se enfrentan día a día en territorio a diferentes situaciones y desarrollan tareas de articulación, prevención y capacitación, donde confluyen de manera diagnóstica, las problemáticas que afectan a toda la sociedad, y donde se acuerda la celeridad de aumentar en el mismo sentido que el gobierno nacional, los mecanismos presupuestarios para desarrollar acciones integrales en la comunidad.
Que, en el Honorable Concejo Deliberante funciona, a través del Decreto Municipal 64/2014, la Mesa de Abordaje a las Problemáticas del Suicidio, donde desde el año 2013 las diferentes instituciones vienen trabajando, coordinando, capacitando y articulando acciones tendientes a la prevención y el abordaje interdisciplinario.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Adhiérase el Partido de Bahía Blanca a los lineamientos de la Estrategia Federal de Salud Mental.
ARTÍCULO 2°. Recomendar al Departamento Ejecutivo Municipal, tome acciones tendientes a adecuar las partidas presupuestarias en salud mental.
ARTÍCULO 3°. Recomendar al Departamento Ejecutivo Municipal, incluya en su agenda el trabajo articulado con las mesas que trabajan en el Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4°. Remitir copia de la presente….