Proyecto de Ordenanza
Instituyendo en el Partido de Bahía Blanca las “Jornadas Municipales para el Buen Trato al Adulto Mayor”.
Expediente: HCD-491/2022
Autor: Gonzalo Javier Velez
Bloque: Juntos
Coautor(es): Gisela Caputo
Palabra(s) clave(s): jornadas municipales buen trato adulto mayor
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Lo necesario e importante que es concientizar para erradicar la violencia contra los adultos mayores en todas sus formas y en todos los ámbitos, y
CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) fue creada en 2006 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el objetivo de facilitar el acceso a justicia de las personas que, afectadas por hechos de violencia doméstica, se encuentran en situación de especial vulnerabilidad.
Que durante el año 2021, dicha Oficina atendió 8741 denuncias por violencia doméstica, un 18% más que en 2020.
Que la Regla n.º 6 de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad establece que “el envejecimiento también puede constituir una causa de vulnerabilidad cuando la persona adulta mayor encuentre especiales dificultades, atendiendo a sus capacidades funcionales, para ejercitar sus derechos ante el sistema de justicia”.
Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), declaró el 15 de Junio como el “Día Mundial del Buen Trato a las personas mayores” para la toma de conciencia contra el abuso y el maltrato en la vejez.
Que el 14 de diciembre de 1990, la Asamblea General de las Naciones Unidas, a través de la resolución 45/106, designó el 1 de octubre Día Internacional de las Personas de Edad.
Que a nivel internacional la Organización de Estados Americanos (OEA), el día 15 de junio de 2015, aprobó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, fuertemente impulsada por nuestro país, y firmada por Brasil, Chile, Costa Rica, Argentina, Bolivia y Uruguay.
Que a nivel nacional, nuestro país aprobó la Convención en el año 2017 mediante la ley 27.360 y el Poder Ejecutivo de la Nación la promulgó el mismo año a través del Decreto 375/17, que obliga al Estado a garantizar los derechos y libertades de las personas adultas con el objetivo de brindar un adecuado acceso a la justicia.
Que a través de estas normas, los Estados se han obligado a adoptar medidas para prevenir, sancionar y erradicar aquellas tales como aislamiento, abandono, sujeciones físicas prolongadas, hacinamiento, expulsiones de la comunidad, negación de alimentos, infantilización, tratamientos médicos inadecuados o desproporcionados, entre otras, y todas aquellas que constituyan penas crueles o malos tratos, inhumanos o degradantes que atenten contra la seguridad e integridad de la persona mayor.
Que asimismo se ha buscado asegurar otros principios modulares, tales como igualdad y no discriminación por razones de edad, derecho a la vida y dignidad en la vejez, derecho a la independencia y a la autonomía, derecho a la participación e integración comunitaria, derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia, entre otros.
Que por su parte, el art. 17 del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador) , estipula que toda persona tiene derecho a protección especial durante su ancianidad.
Que más allá de la protección otorgada por los Derechos Humanos, aún no existe en nuestro país una legislación específica contra la violencia sobre adultos mayores.
Que esta problemática social ha sido invisibilizada durante muchos años como consecuencia de la influencia de factores socioculturales que contribuyeron en gran medida a limitar la atención hacia este grupo etario y, por ende, dificultaron su detección.
Que este proyecto pretende subsanar dicha invisibilización, para generar conciencia en la población y que sirva como puntapié para fomentar acciones que aborden la problemática de la violencia hacia el Adulto Mayor en todas sus formas y ámbitos.
Que el maltrato de las personas mayores es un problema social mundial que afecta a la salud y los derechos humanos de millones de personas mayores en todo el mundo y es, por tanto, un problema que requiere la atención debida por parte de la comunidad internacional y Bahía Blanca no puede ser la excepción a dicho abordaje.
Que se apela a una mayor coordinación entre las oficinas municipales a través de protocolos de asistencia, fortaleciendo las redes existentes y creando campañas de concientización sobre la problemática.
Que durante las jornadas podrán llevarse adelante diferentes actividades, tales como: conferencias, campañas de difusión, show artísticos, muestras, convenciones entre otros, tanto en espacios cerrados como al aire libre, con el fin de convocar a los vecinos para abordar la problemática.
Que se crea esta normativa en conmemoración al “Día Mundial del Buen Trato a las personas mayores”.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: Institúyase en el Partido de Bahía Blanca las “Jornadas Municipales para el Buen Trato al Adulto Mayor” durante el mes de octubre con motivo del Día Internacional de las Personas de Edad.
Artículo 2º: El objetivo de esta fecha es visibilizar la existencia de esta problemática promoviendo espacios y eventos que permitan abordarlo para concientizar a la población y erradicar la violencia contra los adultos mayores en nuestra ciudad.
Artículo 3°: La autoridad de aplicación de la presente norma será la Secretaría de Políticas Sociales o, en su defecto, la que ésta designe.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-