Proyecto de Ordenanza
Creando el premio “Natty Petrosino” a la labor solidaria en el Partido de Bahía Blanca
Expediente: HCD-597/2022
Autor: Adrián Jouglard
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): premio natty ptrosino labor solidaria premio natty petrosino
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Que el próximo 26 de julio de 2022, se cumplirá el primer aniversario de la desaparición física de la referente social y trabajadora incansable por los Derechos Humanos Natty Petrosino, lo que nos motiva a querer mantener vigente su espíritu y vocación de ayuda en la comunidad, y
CONSIDERANDO:
Que la solidaridad nos invita a ponernos en el lugar de la otra persona y a comprometernos por el bien común siendo así sinónimo de igualdad, fraternidad, ayuda mutua, responsabilidad, generosidad, desprendimiento, cooperación y participación, palabras que en su conjunto describen parte de la vida de Natty Petrosino.
Que la creación de un premio con su nombre, se propone visibilizar a los ciudadanos que trabajan por lo demás, con el objeto de que sigan adelante e inspiren al resto de la sociedad con su ejemplo, ya que recibir un reconocimiento lleva a sentirse valorado y ello resulta motivador. Es por esto mismo que es tan importante hacerle saber a quienes trabajan incansablemente y de corazón por la comunidad, que su labor es apreciada.
Que promover nuevos referentes sociales, motoriza a otros a involucrarse, a impulsar proyectos y difundir historias motivadoras, a mostrar historias de vidas que no serían las mismas sin la obra de estos ciudadanos ejemplares e instala en la agenda temáticas postergadas. Asimismo, la difusión mediática de un premio de esta relevancia provocará un impacto positivo en la conciencia colectiva, sumamente importante en momentos de desesperanza como el que atraviesa nuestra sociedad.
Que el arduo trabajo social y humanitario llevado a cabo por Natty Petrosino, reconocido incluso a nivel internacional, merece ser plasmado en un reconocimiento que lleve su nombre y que se conceda anualmente a quien destaque por sus valores y trabajo incondicional por el prójimo.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, EN USO DE FACULTADES QUE LES SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Créase el Premio Natty Petrosino a la labor social solidaria en el ámbito del Partido de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2°: El mencionado premio se entregara anualmente, en la fecha del aniversario de su
fallecimiento, y constará, además del reconocimiento en su nombre, de un subsidio en dinero equivalente a PESOS QUINIENTOS MIL (0.000), actualizado anualmente en el mismo porcentaje que el presupuesto del municipio, con el objeto de que sea aplicado a la actividad por la que se recibió el mismo.
ARTÍCULO 3°: Podrán ser premiadas aquellas personas humanas o jurídicas que se destaquen por su ayuda desinteresada a la comunidad generando un impacto positivo en el partido de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 4°: Durante la primer quincena de Mayo de cada año, se abrirá el registro para la postulación de los candidatos en el Honorable Concejo Deliberante, para que cualquier persona humana o representante de una persona jurídica, pueda postular al Premio a cualquier otra persona humana o jurídica que desempeñe su actividad social en el partido de Bahía Blanca, y que reúna los siguientes requisitos al momento de la convocatoria:
I. tener 18 años de edad cumplidos al cierre del período de postulación;
II. tener residencia en la ciudad de Bahía Blanca;
III. que las actividades por las que resulte postulado sean contemporáneas a la fecha de postulación;
IV. el candidato deberá ser postulado por un tercero que deberá tener 18 años de edad a la fecha de la apertura de la convocatoria. No serán aceptadas auto postulaciones.
ARTÍCULO 5°: No podrán participar ni ser postulados, quienes sean empleados municipales y/o funcionarios con mandato vigente.
ARTÍCULO 6°: La postulación se realizará en el periodo determinado en el artículo 4º, pudiendo ser prorrogada por el/la Presidente del Honorable Concejo Deliberante teniendo en cuenta la fecha de entrega del “Premio Natty Petrosino”.
Las postulaciones de personas humanas o jurídicas deberán ser ingresadas por la mesa de entradas del HCD con una breve reseña que justifique el pedido de reconocimiento, con los antecedentes de los postulados y con los datos personales y de contacto de los postuladores.
En todo momento se podrá solicitar información adicional a los postuladores y/o a los postulados a efectos de considerar la candidatura.
Finalizado el período y determinados los candidatos al premio, estos deberán prestar conformidad de su participación, así como también autorizar a difundir públicamente su imagen, voz, nombre, a brindar mayor información sobre su actividad y a dar a conocer su experiencia de vida. En el caso de las personas jurídicas, esta conformidad e información será requerida a su representante legal.
ARTÍCULO 7°: Entre las postulaciones será seleccionada la persona humana o jurídica merecedora del “Premio Natty Petrosino” por un jurado integrado por:
1.- el/la Intendente Municipal;
2.- el/la Secretario/a de Políticas sociales, o como en el futuro se denomine la Secretaría con las acciones de asistencia social;
3.- el/la Presidente del Honorable Concejo Deliberante;
4.- un/a concejal por cada uno de los bloques que integran el HCD, debiendo ser designados antes del 1º de Mayo de cada año, momento de la apertura de las candidaturas.
5.- el o la ganador del premio del año anterior. En caso de tratarse de una persona jurídica, esta deberá designar a un representante antes del 1º de Mayo, momento de la apertura de las postulaciones.
El jurado deberá constituirse durante la primer quincena de julio, procediendo a votar para seleccionar al merecedor del premio. Cada uno de los miembros del jurado tendrá un (1) voto. En caso de empate, el Intendente Municipal tendrá doble voto para proceder al desempate.
Cerrado el período de votación, el postulado que obtenga mayor cantidad de votos será declarado ganador del Premio recibiendo el reconocimiento en fecha del aniversario del fallecimiento de Natty Petrosino.
ARTÍCULO 8º: El ganador se compromete a presentar un informe antes del 31 de diciembre del año de entregado el subsidio del premio en el que se indicará y acreditará el uso y destino del subsidio. El mismo deberá presentarse en la mesa de entradas de este Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 9º: Pase al Departamento Ejecutivo para su toma de conocimiento y reglamentación.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: durante el transcurso del año 2022, la fecha de apertura del Registro de Postulaciones será el 1° de septiembre; el jurado se conformará durante la segunda quincena de agosto. Por Presidencia se fijará día y hora de la entrega del Premio. Transcurridos 12 meses desde la fecha de entrega del mismo, se deberá presentar en la administración del Honorable Concejo Deliberante, el informe del art. 8.
Segunda: Tratándose de la primera edición, y en reemplazo del jurado ganador del art. 7 inc. 5 de esta Ordenanza, se designará un invitado relacionado con las actividades que desarrollaba la Sra. Natty Petrosino.