Proyecto de Resolución
Solicitando información al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados – PAMI referida a los afiliados y prestaciones en la localidad de Cabildo.
Expediente: HCD-1159/2022
Autor: Adrián Jouglard
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): pami insspj informacion jubilados pensionados cabildo afiliados prestaciones
Bahía Blanca, 29 de Diciembre de 2022.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO: los reclamos de los vecinos de Cabildo afiliados al PAMI por la falta de prestaciones en la localidad.
CONSIDERANDO:
Que la localidad de Cabildo está situada en el noreste del partido de Bahía Blanca, a 51km de la ciudad cabecera.
Que, según los datos del último censo disponible, cuenta con 2046 habitantes.
Que los afiliados a PAMI que residen en Cabildo han manifestado su disconformidad por la falta de prestaciones, tanto de médicos como de servicios de emergencia y traslado.
Que dicha situación implica que para obtener una prestación cubierta por PAMI, los afiliados residentes en Cabildo tengan que trasladarse hasta la ciudad de Bahía Blanca, con los costos y el tiempo que ello conlleva.
Que ante la falta de servicios en Cabildo no se han arbitrado desde el PAMI los medios necesarios para facilitar los traslados a los afiliados hacia Bahía Blanca.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
Artículo 1.- Solicitar a la Directora Ejecutiva del INSSPJ, Lic. Luana Volnovich, y al Director Ejecutivo de la UGL V en la ciudad de Bahía Blanca, Alvaro Díaz, que informen:
a) Cuántos afiliados al INSSPJ poseen residencia en la localidad de Cabildo.
b) Cuáles y cuántos servicios médicos presta PAMI en la localidad de Cabildo.
c) Si los afiliados del INSSPJ en Cabildo se encuentran cubiertos con un servicio de emergencias y traslado.
Artículo 2.- Solicitar a la Directora Ejecutiva del INSSPJ, Lic. Luana Volnovich, y al Director Ejecutivo de la UGL V en la ciudad de Bahía Blanca, Alvaro Díaz, que en el caso de que se confirmen los reclamos de los vecinos y vecinas de Cabildo por la falta de prestaciones, tanto médicas como de emergencias, se arbitren los medios y recursos necesarios para subsanarlo en el menor tiempo posible.
Artículo 3.- Gírese copia de la presente a las oficinas centrales del INSSPJ y a las oficinas de la UGL V de la ciudad de Bahía Blanca.