Proyecto de Resolución
Expresar repudio por las acciones de fiscalización y control llevadas adelante por integrantes de sindicatos y organizaciones sociales.
Expediente: HCD-97/2023
Autor: Juntos
Bloque: Juntos
Coautor(es): Soledad Andrea Martínez María Laura Biondini Fernando Ascuaga María Silvina Cabirón Carlos Roberto González Antunes Antonio Mollo Andrea Pace Juliana Cendra Segura Silvina Alejandra Rubio Gonzalo Javier Velez Gisela Caputo Pablo Daguerre Adrián Jouglard Fabiola Buosi
Palabra(s) clave(s): repudio fiscalizacion control sindicatos organizaciones sociales expresar
Bahía Blanca, 24 de Enero de 2023.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La puesta en marcha de funciones de control y/o fiscalización por parte del Sindicato de Camioneros y otras organizaciones sociales y/o políticas, a supermercados mayoristas, proveedores y centros de distribución.
CONSIDERANDO:
Que, como es de público conocimiento, se ha encomendado al Sindicato de Camioneros y otras organizaciones gremiales y sociales funciones de control y/o fiscalización a supermercados minoristas, mayoristas, proveedores, así como a diferentes centros de abastecimiento y distribución de productos de primera necesidad, que se encuentran incluidos dentro del Programa “Precios Justos”.
Que dichas acciones se fundamentan en un supuesto convenio suscripto entre el Secretario de Comercio de la Nación, Matías Tombolini y los mencionados actores. Este acuerdo entre dirigentes de gremios, con predominio de camioneros y funcionarios del Ministerio de Economía se encuentra vigente habiéndose efectuado más de 370 inspecciones en la primer semana de enero en la cadena de supermercados “Día”, en sucursales de distintas provincias.
Que si bien la Secretaria de Comercio de la Nación tiene entre sus objetivos la formulación y ejecución de la política comercial, supervisar y entender en las actividades vinculadas al seguimiento y verificación de lo relacionado con la aplicación de la ley 24240 y la elaboración de propuestas, control y ejecución de las políticas comerciales internas, relacionadas con la defensa y promoción de los derechos del consumidor, en ningún caso esa norma u otra, autoriza la delegación de sus facultades y competencias a ningún agente ajeno a la burocracia estatal.
Que el programa de Precios Justos fue creado por la Resolución 823/2022 del Ministerio de Economía, y su ejecución es factible gracias al acuerdo voluntario suscripto con Empresas proveedoras de bienes de consumo masivo y empresas de supermercados minoristas y mayoristas. Que si bien se prevé la posibilidad de que particulares controlen y denuncien el incumplimiento de dicho programa, se establece que será a través de un mecanismo específico, cual es el de uso de una aplicación móvil para cualquier comprador, con tarea de control de dichas denuncias en manos de los inspectores del Ministerio (art. 11 y 14), sin ninguna otra alusión.
Que lo previsto en la citada resolución nada tiene que ver con lo acordado con el Sindicato de Camioneros y distintas organizaciones sociales.
Que medidas como éstas, desalientan la participación de comercios y supermercados en el Programa de “Precios Justos” que, como afirmamos, reviste carácter voluntario.
Que resulta alarmante el accionar llevado adelante en distintos centros de abastecimiento y distribución localizados en diversos Municipios de nuestra Provincia, por dichas organizaciones al arrogarse facultades de fiscalización y control que no les pertenecen. Que preocupa la delegación inconstitucional de facultades realizada a su favor, comportando esto, además de una ilegalidad, un ostensible mecanismo de amedrentamiento e intimidación, que ya fuera denunciado en la justicia penal.
Que la intervención de esas organizaciones sindicales, sociales y/o políticas entre los comercios y consumidores, desnaturaliza los objetivos del sistema de control de precios fijado por la dependencia estatal de comercio, toda vez que carecen de legitimación alguna dentro de las funciones propias de cada una. En el caso de gremios, la Ley 23.551 no les asigna esa función entre sus objetivos.
Que, por lo tanto, la acción de fiscalización por parte de dichas organizaciones sindicales, sociales y políticas, constituye una intromisión ilegal en el libre ejercicio del comercio, previsto en el art 17 de la Constitución Nacional.
Que el procedimiento de fiscalización y control se encuentra previsto en la norma y a cargo de inspectores específicos.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca expresa su total y absoluto repudio y rechazo hacia las acciones de fiscalización y control ejercidas por el Sindicato de Camioneros, otros Sindicatos y organizaciones sociales, en el marco del Programa “Precios Justos” sobre supermercados mayoristas, minoristas y centros de distribución y abastecimiento en distintos Municipios de la Provincia de Buenos Aires, como consecuencia de la delegación irregular de facultades realizada por la Secretaría de Comercio de la Nación.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.