Proyecto de Decreto
Convocando a la Comisión de Financiamiento del Plan Director de Pavimento de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-491/2023
Autor: Paola Ariente
Bloque: Frente de Todos
PROYECTO DE DECRETO
VISTO:
El Decreto Municipal 44/2018 de promulgación de la Ordenanza Municipal Nº 19183
Y CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ordenanza en su Artículo 3° estipula la creación de una Comisión de Trabajo para elaborar el listado de cuadras de las calles que formarían parte del Plan Director de Pavimento del Partido de Bahía Blanca.
Que ese listado definitivo, previa aprobación por el Honorable Concejo Deliberante, sería una guía para el Departamento Ejecutivo a la hora de realizar obras viales, el que debería destinar para su realización al menos el 80% de los recursos presupuestarios a obras viales.
Que la mencionada Ordenanza en su Artículo 6° estipula la creación de una Comisión especial con el objeto de generar una estrategia Financiera para potenciar la capacidad de realizar obra pública en general y pavimentos en particular.
Que esta comisión, conforme lo establece el Artículo 7°, debería ser integrada por las comisiones de Legales y Hacienda del Honorable Concejo Deliberante, tres representantes de la Secretaria de Economía, uno de la Secretaria de obras Públicas y un representante de la Secretaria de Asesoría Letrada.
Que entre sus objetivos se encuentra proponer reformas a la legislación vigente en materia de obra pública y financiamiento, entre los cuales cabe destacar mecanismos para agilizar la modalidad “Vecino- Empresa” y la constitución de “consorcios”.
Que en este marco, también es objeto de la Comisión evaluar la factibilidad de instaurar un sistema de “Ahorro y Capitalización”, generar un “Fondo de Garantías”, constituir herramientas vinculadas a la Titularización de Cobro de contribución por mejoras y/o Programas de Créditos para Pavimentación con créditos indexados por UVA.
Que a los efectos de diseñar una estrategia financiera que permita a los vecinos de distintos barrios tener facilidades para optar por iniciativas asociativas entre vecinos que puedan generar las conexiones hasta estas vías principales, deberían definirse las prioridades de pavimentación en el Presupuesto de Gastos y Recursos del Municipio.
Que en los fundamentos de la mencionada ordenanza se establecía que el Plan Director de Pavimento del Partido de Bahía Blanca se podría ejecutar en un Plan Quinquenal con un plazo objetivo de hasta 5 años.
Que habiendo transcurrido ya los 5 años desde la sanción de la misma se hace necesario no sólo evaluar el trabajo realizado sino también actualizar el listado de cuadras a intervenir y los criterios de elección de las mismas, así como repensar mecanismos de financiamientos alternativos a los que actualmente se encuentran implementados.
Que explícitamente el Artículo N° 8 del Plan Director estipula que “La comisión de financiamiento deberá ser convocada por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante y elevar en el término de 60 días de promulgada la presente del Artículo 5º, será conformada por tres representantes de la Secretaria de Economía, un representante de legales, uno de la de obras públicas y las comisiones de Legales, y Hacienda del Honorable Concejo Deliberante”.
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto- Ley 6769/58) en su Artículo 109, establece que el Departamento Ejecutivo deberá remitir el Presupuesto de Gastos y Recursos al Honorable Concejo Deliberante con anterioridad al 31 de octubre del corriente año.
ES POR ELLO QUE, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
PRIMERO: Convóquese y constitúyasela Comisión de Financiamiento del Plan Director de Pavimento del Partido de Bahía Blanca (conf. Artículo 8° de Ordenanza Municipal N° 19183) en un plazo que no exceda al día 13 de Octubre de 2023.