Proyecto de Ordenanza
Creando el Programa de Monitoreo y Evaluación de la Obra Pública en el Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-601/2023
Autor: Paola Ariente
Bloque: Frente de Todos
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTA:
La necesidad de fortalecer institucionalmente en términos de monitoreo y evaluación a las acciones que se llevan adelante en materia de obra pública, a través de instancias que den cuenta de las formas en que se destinan los recursos.
Y CONSIDERANDO:
Que el monitoreo es una función permanente de una política pública, programa o proyecto que utiliza una recopilación sistemática de datos sobre indicadores específicos para proporcionar a los funcionarios, administradores y partes interesadas principales de una intervención evidencia sobre el avance y el logro de los objetivos así como de la utilización de los recursos asignados.
Que la evaluación es una actividad programada que permite juicios valorativos basados en evidencia para la toma de decisiones. Puede realizarse sobre el diseño, la implementación y los resultados (e impactos) de una intervención. Así el monitoreo y la evaluación se presentan como elementos fundamentales de la Gestión por Resultados en el ciclo de la gestión pública.
Que la promoción del desarrollo productivo e inclusión social, hace necesario, a su vez, el fortalecimiento institucional en términos del monitoreo y la evaluación de las acciones que se llevan adelante, a través de instancias que den cuenta de las formas en que se destinan los recursos a partir de evidencia sólida. El Programa de Monitoreo y Evaluación de la Obra Pública se propone entonces generar un sistema integral de monitoreo y evaluación de las políticas públicas en esa materia que lleva adelante el Municipio con el fin de aportar al proceso de retroalimentación entre el diseño, la implementación y los resultados e impacto de las políticas desarrolladas y construir conocimiento para el control ciudadano.
Que la visibilización de una perspectiva de géneros, infancias, adolescencias y juventudes en el diseño, gestión y evaluación de las políticas de infraestructura es clave para apuntalar un desarrollo de la ciudad más distributivo y con igualdad de oportunidades. El fortalecimiento de la infraestructura territorial a favor del desarrollo de la ciudad debe incorporar en su agenda la dimensión del cuidado para hacer efectivos los derechos esenciales.
Que un Programa de Monitoreo y Evaluación de la Obra Pública puede llevar a cabo distintos trabajos para dar cuenta de las inequidades de género y de la situación de los niños y las niñas que viven en hogares con privaciones severas multidimensionales (carecen de al menos uno de los derechos de las dimensiones de educación, protección social, vivienda adecuada, saneamiento básico, acceso al agua y hábitat seguro). Si bien las obras públicas son un instrumento de crecimiento económico y creación de empleo, también son de igualación de accesos a los servicios básicos, movilidad, espacios públicos y saneamiento para toda la población.
Que el monitoreo y la evaluación tienen que consolidarse como una práctica permanente del Estado, siendo un instrumento esencial para contribuir a la mejora de las tomas de decisiones públicas y a la rendición de cuentas de los actos públicos, a fin de mejorar el bienestar social.
Para ello, es central:
a) Monitorear y evaluar las intervenciones para retroalimentar los procesos de planificación e implementación de las políticas y/o proyectos de obras públicas.
b) Introducir la perspectiva de género e infancias para amplificar sus impactos.
c) Fortalecer la gestión por resultados promoviendo que todos los recursos y esfuerzos del sector público privilegien los resultados por sobre los procedimientos haciendo más dinámica la gestión y con foco en la consecución de metas que mejoren la vida de la población.
d) Articular con diversos actores para construir y mejorar colectivamente, con base a la evidencia, en aras de apuntalar el desarrollo, el acceso y la igualdad en la Obra Pública.
Que las nuevas prioridades de agenda y la interrelación de la obra pública con otras dimensiones del bienestar social colocan en un lugar preponderante al monitoreo continuo de la gestión y a la evaluación de las políticas públicas distributivas para apuntalar la recuperación económica, social, laboral, sanitaria educativa y habitacional. En esta agenda ocupa un lugar central reducir las brechas sociales y territoriales. A la par, la pobreza y la desigualdad tienen género y edad; y en ese sentido se deberá trabajar en implementar políticas de infraestructura del cuidado; y generar políticas de fortalecimiento institucional, transformación digital, conocimiento y control ciudadano.
Que para avanzar al respecto es central fortalecer la gestión por resultados promoviendo que todos los recursos y esfuerzos del sector público privilegien los resultados por sobre los procedimientos, haciendo más dinámica la gestión y con foco en la consecución de metas que mejoren la vida de la población.
Estas acciones deben ser articuladas fortaleciendo la red de áreas de monitoreo y evaluación; el programa permitirá desarrollar agendas de trabajo conjuntas con otras áreas tanto del Municipio, como del gobierno provincial y nacional; asi como con cámaras, organizaciones de la sociedad civil, universidades, etc. con el fin de mejorar la información para la toma de decisiones, dar seguimiento a las acciones que se llevan adelante y aportar evidencia sistemática sobre la pertinencia y el logro de los objetivos y metas, así como a la eficacia, eficiencia, los resultados, el impacto y sostenibilidad. La articulación entre esta diversidad de actores dentro de la red es fundamental para construir y mejorar las intervenciones en aras de apuntalar el desarrollo productivo, y de fortalecer el acceso a la Obra Pública. Todo ello, bajo una dinámica que retroalimente, al mismo tiempo, los procesos de planificación de la obra pública y fortalezca la gestión por resultados.
Que mediante este Programa se busca promover una agenda de la obra pública basada en evidencia, elaborada con metodologías cuantitativas y cualitativas rigurosas, introducir prácticas evaluativas, y al mismo tiempo, brindar una mayor accesibilidad y calidad de los datos disponibles a la ciudadanía.
Que mediante este proyecto también se pretende crear “EL OBSERVATORIO DE LA OBRA PÚBLICA”, que funcionará como un espacio de encuentro de las distintas reparticiones y entes de la Administración Pública, vinculados al proceso de contratación y ejecución de la obra pública, así como de las Universidades Públicas y Privadas, de las organizaciones de la sociedad civil, de las cámaras empresarias y de los demás actores del sector privado, a fin de generar propuestas concretas, tendientes a contribuir a la evaluación y mejora continua del marco normativo, prácticas, herramientas y procedimientos de planificación, contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas que se llevan a cabo en el Municipio de Bahía Blanca.
Que resulta necesario crear un espacio de participación interinstitucional que propicie el diálogo y la colaboración entre los actores relevantes del sector , que trabajen en mejorar la gestión de la Obra Pública a través de la participación y el control ciudadano, de modo de amplificar la construcción de las políticas públicas con miradas multiactorales y de fortalecer la confianza ciudadana.
Que bajo dicha premisa, será menester promover la suscripción de acuerdos de colaboración con instituciones educativas, cámaras empresarias, organizaciones públicas y/o privadas nacionales y/o internacionales, vinculadas a los distintos aspectos de la obra pública, promoviendo la cooperación y colaboración interadministrativa y público- privada.
Que en virtud de lo precedentemente expuesto es que se considera oportuno crear el “PROGRAMA DE MONITOREO Y EVALUACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA EN EL PARTIDO DE BAHÍA BLANCA”
Es por lo expuesto, que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE BAHÍA BLANCA, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Créase el “PROGRAMA DE MONITOREO Y EVALUACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA EN EL PARTIDO DE BAHÍA BLANCA”.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el Programa creado mediante el artículo anterior, tiene por objeto generar un sistema integral de monitoreo y evaluación de la obra pública que lleva adelante el Municipio de Bahía Blanca con el fin de contribuir a la mejora de las tomas de decisiones públicas y a la rendición de cuentas ante la ciudadanía, así como también mejorar el bienestar social; conforme a los, objetivos, alcance, componentes descriptos en los artículos sucesivos.
ARTÍCULO 3°.- Son objetivos específicos del programa:
• Monitorear y Evaluar los programas y/o proyectos de Obra Pública del Partido de Bahía Blanca.
• Introducir la perspectiva de géneros e infancias al diseño y evaluación de las intervenciones en Obra Pública que el Municipio realice.
• Coordinar con los gobiernos provincial y nacional para diseñar, monitorear y evaluar sus programas y/o proyectos de obras públicas.
• Generar espacios de diálogo, capacitación y articulación para fortalecer la agenda de acceso e igualdad en las Obras Públicas.
ARTÍCULO 4°.- El Programa de Monitoreo y Evaluación alcanza a todos los Planes, Programas y Proyectos de obra pública de la Municipalidad de Bahía Blanca, cuyos ejes sean:
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Obras de equipamiento
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Agua, Saneamiento y Recursos Hídricos
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Conectividad Vial (cordón cuneta, asfalto y puentes)
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Infraestructura del Cuidado (construcción, remodelación y puesta en valor)
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Vivienda
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Redes de gas y electricidad
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Obras e intervenciones en el espacio público
ARTÍCULO 5°.- Componentes del programa y sus funciones: El Programa se estructurará en cuatro componentes estratégicos:
I. Monitoreo y Evaluación de la Obra Pública;
II. Mejoras y Evaluación de la Obra Pública con perspectiva de géneros e infancias;
III. Apoyo Municipal al Monitoreo y Evaluación de Programas y Proyectos de Obra Pública;
IV. Diálogos de Obra Pública: Desarrollo, Acceso e igualdad en las Obras Públicas
ARTÍCULO 6°.- Monitoreo y Evaluación de la Obra Pública: El objetivo de este componente es monitorear y evaluar la Obra Pública implementada por el Municipio y establecer directrices comunes para la introducción de una cultura evaluativa. En este marco, sus acciones comprenden:
(i) Generar directrices y parámetros para el monitoreo y evaluación: Incluye la producción de manuales y metodologías transversales que permitan fortalecer los procesos de monitoreo y evaluación.
(ii) Asistir técnicamente en los procesos de diseño de políticas prioritarias del Municipio introduciendo en la etapa inicial del ciclo de las políticas públicas elementos para su monitoreo y evaluación.
(iii) Elaborar índices multidimensionales para aportar a localizar la inversión en obra pública conforme a criterios socioeconómicos, demográficos, de género y generacionales para incidir en las brechas de infraestructura.
(iv) Producir información de diagnóstico y de brechas de infraestructura. Identificar cuáles son las brechas de infraestructura presentes, así como el diagnóstico de la situación de la población destinataria de la obra pública, tanto la potencial como la alcanzada efectivamente, en sus múltiples dimensiones para contribuir a su cuantificación, a conocer en profundidad sus condiciones de vida, y delinear y priorizar los principales problemas, prioridades y demandas, para adecuar así la formulación de planes, programas y proyectos del Municipio a las necesidades de las poblaciones específicas sobre las que inciden.
(v) Generar una matriz de monitoreo y evaluación transversal.
(vi) Generar un estimador de puestos de trabajo directos e indirectos que genera la obra pública.
(vii) Promover y facilitar la evaluación de políticas públicas.
(viii) Facilitar los medios para la producción primaria de información y sentar las bases para el desarrollo de análisis espaciales georreferenciados
ARTÍCULO 7°.- Mejoras y Evaluación de la Obra Pública con perspectivas de géneros e infancias: este componente tiene como objetivo mejorar las políticas en Obra Pública del Municipio introduciendo la perspectiva de Géneros e Infancias en los procesos de planificación, implementación y evaluación de las intervenciones. Para lo cual se delinea las siguientes funciones:
(i) Visibilizar las perspectivas de géneros e infancias en las obras de infraestructura: Generar un estudio de los beneficios de la Obra Pública en la igualdad entre los géneros, en infancias y juventudes. La producción de nuevas estadísticas y análisis de base. En este sentido, se trabajará en le producción de información diagnóstica desagregada por género y edades para retroalimentar los procesos de diseño, monitoreo y evaluación.
(ii) Asistir técnicamente en el diseño e implementación de proyectos de infraestructura con perspectivas de géneros e infancias: Creación de índices multidimensionales para contribuir a definir donde localizar la inversión pública considerando las desigualdades de género y en la niñez.
(iii) Monitorear, efectuar estudios y evaluaciones sobre la introducción de la perspectiva de géneros e infancias en las obras públicas.
(iv) Sensibilizar y capacitar a los funcionarios y personal en la igualdad de género y generacional en las intervenciones del Municipio en materia de construcción de indicadores, monitoreo y evaluación.
(v) Gestionar proyectos e iniciativas en monitoreo y evaluación que introduzcan la perspectiva de género y de las infancias en las acciones del Municipio en la Obra Pública.
ARTÍCULO 8°.- Apoyo Municipal al Monitoreo y Evaluación de Programas y Proyectos de Obra Pública: Tiene entre sus funciones:
(i) Proveer de un sistema de datos, mapas e indicadores de la Obra Pública.
(ii) Capacitar virtual y presencialmente a equipos técnicos.
(iii) Asistir técnica en diseño de proyectos y sistema de seguimiento.
(iv) Integrar datos municipales, provinciales y nacionales.
ARTÍCULO 9°.- Diálogos de Obras Públicas: Desarrollo, Acceso e Igualdad en las Obras Públicas: Tiene como objetico generar diálogos para la construcción de agenda y legitimación de las políticas implementadas por el Municipio en materia de Obra Pública con eje en el desarrollo, el acceso, la igualdad y las brechas de infraestructura. En este marco, el componente tiene como funciones:
(i) generar espacios de debate, capacitación y articulación entre las distintas áreas que conforman la órbita del Municipio para fortalecer la agenda del desarrollo territorial, socioeconómico, laboral y del acceso e igualdad en las Obras Públicas.
(ii) fomentar la vinculación entre el sector académico y el Municipio en el diseño, monitoreo y evaluación de Planes, Programas y Proyectos de obra pública.
(iii) impulsar Iniciativas de articulación entre distintas áreas dentro y fuera del Municipio para el desarrollo de intervenciones conjuntas como campañas de sensibilización, y proyectos o estudios interinstitucionales.
ARTÍCULO 10°.- Créase “EL OBSERVATORIO DE LA OBRA PÚBLICA” en adelante el “OBSERVATORIO”, en el ámbito del Municipio de Bahía Blanca, como un espacio de participación, destinado a contribuir a la evaluación y mejora continua del marco normativo, de las prácticas, herramientas y procedimientos de planificación, así como de la contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas que lleve adelante el Municipio.
ARTÍCULO 11°.- El “OBSERVATORIO” será presidido por el Secretario de Infraestructura y/o quien en el futuro la reemplace en representación del Departamento Ejecutivo, y estará integrado por un representante de cada uno de los sujetos, entes, organizaciones de la sociedad civil, cámaras y demás instituciones, vinculados al proceso de contratación y ejecución de la obra pública, que manifiesten su interés de formar parte del mismo, a través de la suscripción del respectivo “Convenio Marco”. Los integrantes del “OBSERVATORIO” desempeñarán sus funciones “ad honorem”. Para el cumplimiento de su cometido, el “OBSERVATORIO” podrá invitar a sus sesiones a las personas u organizaciones que estime pertinentes, así como recibir solicitudes de audiencia para escuchar a los interesados en dar su opinión.
ARTÍCULO 12°.- Encomendar a la Secretaría de Infraestructura y/o quien en el futuro la reemplace, el dictado del reglamento interno del “OBSERVATORIO”, y de los demás actos administrativos necesarios para asegurar su operatividad, en el marco de sus competencias.
ARTÍCULO 13°.- El “OBSERVATORIO” contará con una Secretaría Técnica a la que le corresponderá apoyar el trabajo del “OBSERVATORIO” en materia de solicitudes de información, recopilación de información, actas de reuniones, síntesis de discusiones, redacción de documentos y, en general, asistir al “OBSERVATORIO”, pudiendo organizar equipos de trabajo para el cumplimiento de sus fines.
ARTÍCULO 14°.- Apruébese el Modelo de Convenio Marco de Cooperación a suscribir con instituciones educativas, organizaciones públicas y/o privadas nacionales y/o internacionales, para la implementación del OBSERVATORIO DE LA OBRA PÚBLICA, que como Anexo se acompaña y, forma parte integrante de la presente. Cuando los instrumentos de constitución, estatutos, reglamentaciones, o demás normativas particulares de las instituciones involucradas, así lo justifiquen, la Autoridad de Aplicación podrá introducir las modificaciones que pudieran resultar necesarias sobre el modelo aprobado.
ARTICULO 15º.- De Forma.-