Proyecto de Ordenanza
MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL N° 14072
Expediente: HCD-871/2023
Autor: María Laura Biondini
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): modificación ordenanza 14072
Bahía Blanca, 30 de Junio de 2023.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La Ordenanza Nº 14072 que regula el funcionamiento de las casitas infantiles, y;
CONSIDERANDO
Que la normativa vigente data de hace tiempo y la misma posee como requisitos para habilitar el rubro determinadas cuestiones que deben adecuarse a los tiempos vigente y la realidad de la actividad.
Que resultaría de interés para la Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza impulsar una modificación a la misma a fin de adecuarla a los tiempos vigentes y eliminar requisitos que solo burocratizan el trámite y que a veces son de imposible cumplimiento.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1: Modifíquese el texto del artículo 1 de la ordenanza 14072, el que quedara redactado de la siguiente manera: “A los efectos de las exigencias mínimas que deben cumplir las denominadas casitas de fiestas infantiles, se designa como tales a aquellos inmuebles cuyas construcciones se encuentran afectadas exclusivamente al servicio de funcionamiento de fiestas infantiles, con o sin contratación de servicio de bebidas y/o comidas. Los establecimientos que desarrollen de esta actividad, no podrán contener otros rubros tales como salones de fiestas y similares. Para ellas, queda establecido como horario máximo de funcionamiento el periodo comprendido entre las 10.00 horas y las 22.00 horas.-
Para el caso de que las casitas de fiestas infantiles desarrollen actividad de las denominadas colonia de vacaciones, se les permitirá ampliar el horario de funcionamiento de 08.00 a 22.00 horas, únicamente durante el periodo que dure el receso invernal y estival.-“
ARTICULO 2: Modifíquese el texto del artículo 2 inciso c de la ordenanza municipal 14072, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Informe técnico de profesional de Seguridad e Higiene, visado por el colegio profesional correspondiente”.-
ARTICULO 3: Modifíquese el texto del artículo 3 inciso I de la ordenanza municipal 14072, el que quedará redactado de la siguiente manera: “i) deberá contar con línea telefónica y contratación de un servicio de emergencias médicas”.-