Proyecto de Minuta
SOLICITANDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO EVALÚE LA FACTIBILIDAD DE ESTABLECER UNA RESERVA DE ESTACIONAMIENTO PARA LA SEDE DEL SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES PRIVADOS (SADOP) Y SU OBRA SOCIAL (OSDOP).
Expediente: HCD-979/2023
Autor: Analía López
Bloque: Union por la Patria
TEMA: SOLICITANDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO EVALÚE LA FACTIBILIDAD DE ESTABLECER UNA RESERVA DE ESTACIONAMIENTO PARA LA SEDE DEL SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES PRIVADOS (SADOP) Y SU OBRA SOCIAL (OSDOP).
Autora: Analía López
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, evalúe la factibilidad de establecer una reserva de estacionamiento en inmediaciones de la sede del Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), sita en calle Zapiola N°21 de la ciudad de Bahía Blanca.
FUNDAMENTOS
La presente minuta de comunicación surge en respuesta a un pedido presentado a nuestro Bloque por la Sra. Margarita Orellano, actual secretaria general de la Delegación Bahía Blanca de SADOP, quien manifiesta la necesidad de disponer de una reserva de estacionamiento que brinde mayor accesibilidad física al organismo a las personas con movilidad reducida y/o con discapacidad que concurren por atención a SADOP y a OSDOP (Obra Social de Docentes Privados), ya que ambas entidades funcionan en la misma locación.
Visto, lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito N°24.449, art. 49. Inc. c) “No habrá en la vía espacios reservados para vehículos determinados, salvo disposición fundada de la autoridad y previa delimitación y señalamiento en que conste el permiso otorgado…”; y a que la autoridad local en la materia ha establecido sobre calle Zapiola, frente a la sede de la organización sindical, prohibición de estacionamiento, se propone que la reserva se ubique en las inmediaciones, considerando la mayor cercanía y en lo posible evitando el cruce de calles.
En esta línea, la Resolución 423/2020, aprobada por unanimidad por este cuerpo, contempla la posibilidad que obras sociales, consultorios médicos y/o sindicatos, realicen este tipo de solicitudes, las cuales no solo beneficiarían a los afiliados activos, sino también a las personas adultas mayores y a personas con discapacidad.
Por otra parte, dicho espacio de estacionamiento sito en cercanía del edificio permitiría que las y los beneficiarios que por razones de salud y/o movilidad no puedan acceder de manera autónoma al mismo, puedan ser atendidos en el vehículo que los traslada, por quienes desempeñan funciones en el organismo, asegurando también lo establecido en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Ley N°26.378, que en su Preámbulo reconoce “la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales”.
Tenemos el convencimiento que la accesibilidad de un entorno edificado, infraestructura o espacio urbano ha de entenderse como una cadena sistémica de elementos que están interconectados y de cuya condición de accesibilidad por separado depende la del conjunto, provocando la falta de uno sólo de esos elementos el hacer inaccesible el conjunto. Y entendemos que como agentes del Estado debemos garantizar que cualquier persona pueda acercarse, acceder y desarrollar actividades sin ningún tipo de obstáculos, principalmente en oficinas con atención al público.
Por lo expuesto, este Honorable Cuerpo, solicita se dé curso a la mayor brevedad posible a la presente minuta de comunicación.