Proyecto de Ordenanza
Instituyendo la “Semana de Concientización de la Adopción” en el Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-1302/2023
Autor: Pablo Daguerre
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): semana concientización adopción
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La Campaña de Concientización “Adoptar es Alumbrar, la infancia es hoy” impulsada por la Red Argentina por la Adopción que apunta a visibilizar y promover la adopción de niños, niñas y adolescentes a lo largo de todo el territorio nacional.
Y CONSIDERANDO:
Que la Red Argentina por la Adopción es una organización no gubernamental cuyo objetivo es promover la adopción de niños, niñas y adolescentes, brindando asesoramiento a padres y familias adoptantes y/o en proceso de adopción.
Que en el marco de las acciones de concientización que la Red Argentina por la Adopción viene desarrollando desde hace más de 7 años, este año en particular, solicitaron en varias jurisdicciones provinciales y municipales que el día 15 de septiembre los edificios públicos tales como sedes gubernamentales, tribunales y demás dependencias del ámbito estatal permanezcan iluminadas de color violeta, que es el color que identifica a la Red.
Que en varias provincias de nuestro país – Córdoba, Entre Ríos, Corrientes, Mendoza, Misiones, Santa Fe, Neuquén y Chaco – ya se ha instituido el “Día Provincial de la adopción”; sin embargo, la intención de quienes conforman la Red Argentina por la Adopción es la sanción de una norma con alcance a nivel nacional. En este sentido y en consonancia con la propuesta impulsada por dicha ONG, la diputada nacional Soledad Carrizo ha presentado una iniciativa con el fin de instituir el día 15 de septiembre de cada año como “Día Nacional de la Adopción” en todo el territorio nacional.
Que la elección de la fecha se fundamenta en que el 15 de septiembre del año 1948 fue sancionada la Ley Nº 13.252, pionera del régimen de adopción en nuestro país.
Que la Ley Nº 13.252 sancionada el 15 de septiembre de 1948 y vigente hasta 1971 en que se aprobó la ley 19.134, puso sobre el Estado la obligación de intervenir en todas las prácticas relativas a la transferencia de responsabilidades sobre los menores de edad, buscando la protección de los menores huérfanos, abandonados o desamparados.
Que esta regulación normativa surgió luego de la discusión de diversos proyectos de ley presentados desde 1920 en adelante a través de los cuales se buscaba dotar de garantías al proceso de adopción y como una necesidad de brindar seguridad al proceso de adopción de niños y niñas, que se desarrollaba de manera discrecional y sin ningún tipo de control.
Que en el año 2014 con la sanción de la ley 26.994 del nuevo Código Civil y Comercial, se actualizó el marco normativo nacional sobre la adopción al regularse el proceso atinente a la protección del derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades afectivas y materiales, cuando éstos no le puedan ser proporcionados por su familia de origen biológico por distintas razones.
Que la normativa vigente en nuestro país se integra por la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, la Ley Nº 25.854 de Guarda con fines adoptivos y su Decreto Reglamentario 1328/2009 y el Código Civil y Comercial de la Nación en su Título VI – “Adopción”, que regulan un proceso integrado por diferentes instancias de naturaleza administrativa y judicial: inscripción de postulantes, solicitud de guarda, juicio que declara estado de adoptabilidad, juicio de adopción e inscripción, asumiendo el Estado un rol de control y garantía de todo el proceso.
Que la adopción en nuestro país presenta un complejo escenario que conjuga instancias administrativas y judiciales en un contexto de descentralización operativa en la que intervienen registros locales y nacionales.
Que la complejidad del proceso para vincular a familias y/o matrimonios postulantes con niños, niñas o adolescentes en estado de adoptabilidad radica en una serie de factores que van más allá de las trabas que pueda sufrir el proceso en sí, ya sea por demoras y/o deficiencias administrativas, procesales o legales. A todo ello se suman además criterios personales de los postulantes vinculados a un paradigma sociológico de adopción que entra en conflicto con el interés de niños, niñas y adolescentes a la espera de ser adoptados: la mayoría de los inscriptos apuntan a adoptar niños o niñas menores de 2 años de edad; lo cual no guarda relación con la situación real de un importante número de niños y niñas más grandes e incluso adolescentes en situación de adoptabilidad; o el caso de niños, niñas y/o adolescentes que presentan alguna discapacidad o enfermedad; situaciones que dificultan aún más el proceso de vinculación con una familia adoptante.
Que es necesario poner en agenda la temática para romper prejuicios y visibilizar la importancia del proceso de adopción y de acompañamiento a las familias adoptantes y a los niños, niñas y adolescentes en condiciones de ser adoptados, trabajando cada día más en pos de garantizar el pleno cumplimiento y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Que el Proyecto de Ley presentado en el Congreso de la Nación para instituir el Día Nacional de la Adopción en conmemoración del primer antecedente normativo de regulación del régimen de adopción “permite dotar de visibilidad al sinnúmero de actores que intervienen en su proceso, sus problemáticas y desafíos, promoviendo el acercamiento de más postulantes hacia un amplio universo de niños, niñas y jóvenes de todo el país que hoy esperan un adoptante”.
Que este Proyecto busca aportar una fecha conmemorativa que permita reflexionar sobre la importancia de la adopción y la necesidad de trabajar para reformular el paradigma hoy vigente, facilitando que más niños, niñas y adolescentes puedan integrarse al seno de una familia.
Que con ese mismo objetivo y a través de la presente iniciativa, proponemos que en nuestra ciudad se instituya la semana del 15 de septiembre de cada año como “Semana de Concientización de la Adopción” en concordancia con las distintas iniciativas y normas similares que se vienen trabajando en diversas jurisdicciones a lo largo de todo el territorio nacional.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
Artículo 1º – Institúyase en el Partido de Bahía Blanca la “Semana de Concientización de la Adopción” en concordancia con el 15 de septiembre de 1948, fecha de sanción de la Ley Nº 13.252, pionera del régimen de adopción en nuestro país.
Artículo 2º – El objetivo de la presente es visibilizar la temática de la adopción y concientizar a la comunidad en general acerca de la importancia de garantizar el resguardo de los derechos de niños, niñas y adolescentes en el proceso de adopción y agilizar los mecanismos para promover la postulación de matrimonios y/o familias adoptantes.
Artículo 3° – El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Políticas Sociales o la que en un futuro la reemplace, se encargará de coordinar con otras áreas municipales, actividades de difusión y acciones referidas a la temática del proceso de adopción, que se llevarán a cabo en la semana del 15 de septiembre de cada año.
Artículo 4° – El Departamento Ejecutivo dispondrá el día 15 de septiembre de cada año la iluminación del Teatro Municipal y/o el Palacio Municipal con el color violeta, que identifica a la Red Argentina por la Adopción, impulsora de la presente iniciativa.
Artículo 5º – De forma.-