Proyecto de Ordenanza
Adhesión del Municipio de Bahía Blanca a la Ley Provincial Nº 15.329 de Derecho a la identidad de origen.
Expediente: HCD-1321/2023
Autor: María Silvina Cabirón
Bloque: Juntos
Coautor(es): Pablo Daguerre Valeria Diana Rodríguez
Palabra(s) clave(s): adhesion ley provincial 15329 derecho a la identidad de origen identidad derecho
Bahía Blanca, 16 de noviembre de 2023.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La Ley Provincial Nº 15.329 cuyo objeto es garantizar el derecho de toda persona humana a la búsqueda de su identidad de origen.
Y CONSIDERANDO:
Que esta normativa, sancionada el 22 de abril de 2022 y promulgada y publicada en el Boletín Oficial el 10 de mayo de ese mismo año, posibilita a aquellos personas que desconocen su origen biológico ya sea porque fueron apropiadas, adoptadas en un marco ilegal o que tienen dudas sobre su identidad biológica, a que puedan acceder a la documentación que les permita conocer la historia sobre su procedencia.
Que la iniciativa surgió en base al reclamo de los denominados “buscadores de identidad”, quienes sostienen que más de 3 millones de personas en todo el país que no nacieron durante la dictadura militar tienen dudas sobre su identidad biológica.
Que según el texto de la Ley Nº 15.329, no será necesario que quien reclama establecer su identidad tenga representación de un abogado o deba pagar para emprender la búsqueda. Por ello contempla agilizar los procesos de determinación de identidad, y establece los principios de informalidad, celeridad, gratuidad, responsabilidad, confidencialidad, tutela efectiva, máxima información, buena fe, no discriminación y no revictimización.
Que además se prevé según el texto de la normativa la realización periódica de campañas y programas de concientización, difusión e información, capacitaciones en los organismos de la administración pública y convenios de cooperación y reciprocidad con los municipios que adhieran a la Ley para garantizar el derecho a la búsqueda a la identidad de origen.
Que los solicitantes “podrán acceder a los datos contenidos en registros de hospitales, historias clínicas de parturientas, libros de partos, de nacimiento, de neonatología y de defunciones de establecimientos sanitarios de gestión pública o privada como así también la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires”. También podrán acceder a archivos judiciales y de sentencias y a documentación de instituciones religiosas, educativas y de cuidado de niños y niñas.
Que la Ley Nº 15.329 invita a los municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a dicha normativa, respetando el principio de inmediatez con las personas con el fin de unificar los procedimientos de búsqueda, estableciendo la obligación de remitir el caso, en plazo perentorio a la competencia y autoridad de la Subsecretaría de Derechos Humanos acompañando al denunciante y cooperando en la investigación con el fin de garantizar el derecho a la identidad y a la verdad.
Que en nuestro país hay más de 14 mil personas en el Banco de Datos Genéticos, mientras que en la Provincia de Buenos Aires hay un Programa de Búsqueda de Identidad de Origen, donde se registran más de 2000 casos.
Que la sanción de la Ley Nº 15.329 fue celebrada por las organizaciones no gubernamentales de personas que buscan dar con su origen biológico y que desde hace tiempo vienen bregando por un marco regulatorio que les posibilite y agilice el acceso a herramientas fundamentales para conocer su identidad biológica.
Que reconocer, visibilizar, prevenir y reparar estos derechos humanos fundamentales es una de las deudas pendientes de nuestra democracia y que, con la sanción y puesta en vigencia de esta Ley, se da un paso fundamental para empezar a saldarla, brindando un marco legal a quienes así lo necesiten.
Que para ello, proponemos la adhesión del Municipio de Bahía Blanca a la Ley Nº 15.329 con el fin de facilitar el acceso a todos aquellos vecinos y vecinas de la ciudad que así lo requieran a las herramientas que el Estado brinda a través de la implementación de esta normativa para conocer su identidad biológica.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º – Adhiérase el Municipio de Bahía Blanca a la Ley Provincial Nº 15.329 de Derecho a la identidad de origen, en los términos establecidos en los artículos 33º y 34º de la citada normativa.
Artículo 2º – De forma.-