Proyecto de Ordenanza
Estableciendo la obligatoriedad de la implementación de subtítulos en el material audiovisual municipal.
Expediente: HCD-1323/2023
Autor: Antonio Mollo
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): obligatoriedad subtitulos material audiovisual municipal videos redes sociales medios comunicación
Bahía Blanca, 15 de Noviembre de 2023.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La necesidad de reglamentar las pautas de accesibilidad en la difusión del material audiovisual por parte del Departamento Ejecutivo, el Honorable Concejo Deliberante y todo otro organismo del estado municipal, a través de medios de comunicación y redes sociales;
Y CONSIDERANDO
Que la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, elaborada por la Organización de Naciones Unidas y ratificada por la Ley Nº 26.378 de fecha 21 de mayo de 2008, en su artículo 9° establece que los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, los sistemas, las tecnologías de la información y las comunicaciones e Internet.
Que la Ley Nº 26.653 de fecha 3 de noviembre de 2010 persigue la posibilidad de que la información de las páginas web, pueda ser comprendida y consultada por personas con discapacidad y por usuarios que posean diversas configuraciones en su equipamiento o en sus programas.
Que el artículo 5° de la citada Ley N° 26.653 establece que las normas y requisitos de accesibilidad serán las determinadas por la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION, debiendo actualizarse regularmente dentro del marco de las obligaciones que surgen de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Que por medio de la Disposición ONTI Nº 6/2019 se aprueban las “Pautas de Accesibilidad de Contenido Web 2.0”, que son una traducción al español de las “Web Content Accessibility Guidelines (WCAG) 2.0” establecidas por el World Wide Web Consortium (W3C). Estas pautas además adoptan el estándar internacional ISO/IEC 40500:2012 que aprueba las pautas de accesibilidad web WCAG 2.0.
Que las Pautas de Accesibilidad de Contenido Web 2.0 definen cómo crear un contenido web más accesible para personas con discapacidades. La accesibilidad considera un amplio rango de discapacidades, como son las visuales, auditivas, físicas, del habla, cognitivas, relativas al lenguaje, de aprendizaje y neurológicas. Además sirven para que los contenidos web sean más usables para personas mayores que sufren mermas de sus capacidades como efecto de la edad, y también mejoran la usabilidad para los usuarios en general.
Que, en tal sentido, la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información ha confeccionado el documento “Multimedia Accesible: Buenas prácticas y recursos para subtitular”, que propone recomendaciones para insertar subtítulos en videos alojados en la plataforma de YouTube.
Que los subtítulos permiten que las personas sordas o con problemas de audición puedan comprender el contenido de audio que se encuentra en los medios sincronizados, pero no sólo las personas con discapacidad se benefician con el uso de subtítulos.
Que la aplicación y uso de subtítulos ayuda el cumplimiento del criterio de conformidad 1.2.2 de la Disposición ONTI Nº 6/2019.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Todos los contenidos audiovisuales de la Municipalidad de Bahia Blanca, Honorable Concejo Deliberante u otros organismos del estado municipal que sean emitidos en medios de comunicación y/o plataformas digitales deberán contar con subtitulado en idioma español.
ARTÍCULO 2°: Todos los contenidos audiovisuales de la Municipalidad de Bahia Blanca, Honorable Concejo Deliberante u otros organismos del estado municipal que sean creados o pregrabados y alojados en plataformas digitales (Páginas web, redes sociales, etc) deberán estar subtitulados en idioma español antes de su publicación.
ARTÍCULO 2°: Aquellas instituciones, organismos o entidades de la sociedad civil donde la Municipalidad de Bahía Blanca, el Honorable Concejo Deliberante o cualquier organismos del estado municipal auspicie o promueva, y cree contenido audiovisual destinados para la comunicación o promoción en medios de comunicación y/o plataformas digitales deberán estar subtitulados en idioma español antes de ser publicados.
ARTÍCULO 3°: De forma.-