Proyecto de Resolución
Solicitando a la legislatura de la Provincia de Buenos Aires la modificación del Anexo I de la ley 11.414 a efectos de incorporar un representante de la región en el directorio del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-183/2008
Autor: Andrés De Leo
Bloque: Acción Radical Bahiense
PROYECTO DE RESOLUCION: Solicitando a la legislatura de la Provincia de Buenos Aires la modificación del Anexo I de la ley 11.414 a efectos de incorporar un representante de la región en el directorio del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca.
AUTOR: De Leo, Andrés
RESOLUCION
VISTO
La ley provincial Nº11.414 por la cual se creó el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca como entidad de derecho público no estatal; el Anexo I de la citada ley por la cual se organiza la administración del Consorcio; y
CONSIDERANDO
Que el Complejo Portuario de Bahía Blanca constituyó desde sus orígenes en el año 1.885 el principal motor del desarrollo humano y económico de Bahía Blanca y la región.
Que el importante desarrollo portuario se concretó a pesar de la falta de una estructura legal ordenada y sistemática durante décadas, desarrollo que fue adaptándose a las circunstancias políticas y económicas de turno con el impulso de la iniciativa privada en los primeros años y por acciones del Estado posteriormente.
Que el surgimiento de nuevas instalaciones portuarias dotadas de una tecnología de avanzada generó la necesidad de adecuar el régimen legal que otorgara estabilidad jurídica a la actividad portuaria pública y privada en todo el territorio nacional, surgiendo así en el año 1992 la Ley Nº 24093, conocida como Ley de Actividades Portuarias que establece el marco regulatorio vinculados con las actividades de los puertos estatales y particulares existentes o a crearse en el territorio nacional.
Que el artículo 11 de dicha ley autorizó la transferencia de los puertos de propiedad del estado nacional a las provincias donde se encuentren ubicados y estableciendo en el artículo 12 como condición especial para los puertos de Buenos Aires, Rosario, Bahía Blanca, Quequén y Santa Fe que dicha transferencia se efectuará a condición de que, previamente, se hayan constituido sociedades de derecho privado o entes públicos no estatales que tendrán a su cargo la administración de cada uno de esos puertos.
Que por ley provincial Nº 11.414 se creó el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca quedando la Administración a cargo de un Directorio integrado por 9 miembros de forma siguiente: un miembro en representación del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; un miembro en representación del Municipio de Bahía Blanca; dos miembros en representación de Asociaciones Sindicales de los trabajadores vinculados a los quehaceres portuarios; un miembro en representación de las asociaciones privadas que nuclean a los productores primarios de mercaderías; un miembro en representación de las asociaciones privadas que nuclean a quienes comercializan mercaderías; un miembro en representación de las asociaciones que nuclean a las empresas de armadores, un miembro en representación de las asociaciones que nuclean a los concesionarios de las terminales e instalaciones portuarias comerciales e industriales; un miembro en representación de las asociaciones que nuclean a las empresas prestadoras de servicios portuarios que apoyan la navegación.
Que el 1º de septiembre de 1993 el Puerto de Bahía Blanca se constituyó en el Primer Puerto Autónomo de la República Argentina liderando el proceso de transformación del sistema portuario argentino, potenciando a través de su nuevo sistema de administración mixta con participación estatal y privada el desarrollo y crecimiento de sus actividades e instalaciones.
Que la región que compone el hinterland portuario es productora y abastecedora de una importante cantidad de productos que son comercializados en el puerto, creciendo en forma exponencial a partir de las políticas económicas instrumentadas en el país en 2.002.
Que las nuevas realidades económicas mundiales se han encaminado hacia el fortalecimiento de las regiones y la apertura de mercados potenciando el crecimiento económico y social aquellas regiones que supieron articular adecuadas políticas de integración.
Que durante años diversos representantes de la región Sur-Sudeste de la provincia de Buenos Aires se manifiestan en pos de articular políticas de integración regional, objetivo que aún no se ha concretado a pesar de las intentos realizados.
Que la integración regional permitiría a todos los distritos potenciar sus posibilidades de desarrollo económico y social, mediante la transferencia comercial, cultural y tecnológica, utilizando las ventajas competitivas que posee cada una de las sub-regiones, ocupándole a Bahía Blanca la encomiable tarea de liderar el proceso integrador.
Que en ese contexto, las políticas portuarias constituyen una herramienta imprescindible para el proceso de integración regional, y asimismo, significa una potenciación para el desarrollo de nuestro puerto. A tal fin, se propone la participación de la representación política de un municipio del hinterland portuario en el directorio del Consorcio de Gestión del Puerto, con mandato periódico rotativo de manera tal que garantice la representación de todos los municipios.
Que es facultad de la legislatura de la Provincia de Buenos Aires legislar sobre la representación del Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto Bahía Blanca.
Por todo ello, el H. Concejo Deliberante sanciona el presente
PROYECTO DE RESOLUCION
ARTICULO PRIMERO: Solicitar a la legislatura de la Provincia de Buenos Aires se promueva la modificación de la ley 11.414, Anexo I, a efectos de incorporar al Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto Bahía Blanca un (1) representante designado por un (1) Municipio que integra el hinterland portuario, por un período de 2 años. Dicha representación será rotativa entre los Municipios del Hinterland portuario garantizando la participación igualitaria entre los mismos.
ARTICULO SEGUNDO: Gírese copia a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a los Intendentes Municipales y Honorables Concejos Deliberantes de los partidos de Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Dorrego, Villarino, Tornquist, Puán, Pigüé, Patagones, General Lamadrid, Laprida y Tres Arroyos.