Proyecto de Minuta
Solicitando informe en referencia a Línea Nº 521 del Servicio de Transporte Público de Pasajeros.
Expediente: HCD-46/2024
Autor: Gonzalo Javier Velez
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): informe línea 521 transporte público pasajeros
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través de la Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte, tal lo establecido por el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 21.131, y en referencia a Ramal Carrindanga y Ramal Ruta 33 de la Línea Nº 521 del Servicio de Transporte Público de Pasajeros, envíe resumen trimestral acerca de los puntos que a continuación se detallan:
– Pasajeros transportados por tipo de tarifa Frecuente, Universitario, Escolares, Atributo Social, Gratuitos, etc.);
– Kilómetros recorridos;
– Índice Pasajero Kilómetro (IPK) resultante de la combinación de los puntos a y b;
– Estructura de costo de la línea y sus ramales;
– Aportes en concepto de Fondo Compensador recibidos para la Línea 521.
FUNDAMENTOS
La Ordenanza Nº 21.131 a través de la cual se crea en el Servicio de Transporte Público de Bahía Blanca la Línea Nº 521 con sus dos ramales: Ramal Carrindanga y Ramal Ruta 33, en su artículo 4º establece que “La Secretaría de Gestión Urbana enviará un resumen trimestral de operación de la nueva Línea 521 – con sus dos ramales, Ramal Carrindanga y Ramal Ruta 33 – al Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca, a través de su comisión de Tránsito y Transporte, para realizar un seguimiento de la implementación y mejoras que la nueva línea desarrolla, con los siguientes datos: a – Pasajeros Transportados por tipo de tarifa (Frecuente, Universitario, Escolares, Atributo Social, Gratuitos, etc.); b – Kilómetros recorridos; c – El índice Pasajero Kilómetro (IPK) resultante de la combinación de los puntos a y b; d – Estructura de costo de la línea y sus ramales; e – Aportes en concepto de Fondo Compensador recibidos para la Línea 521.”
Dado que al momento de su creación, a través de la sanción de la Ordenanza Nº 21.131, se trataba de un recorrido nuevo en una zona de la ciudad en pleno crecimiento y que no contaba son servicio de transporte público de pasajeros, no existía la posibilidad de predecir la cantidad de personas que harían uso de la misma como así tampoco estimar la cantidad de viajes. Por tal motivo, y a los fines de contar con la información necesaria para ir ajustando los horarios y frecuencias a la demanda efectiva en base a los datos mencionados, se dejó establecido el envío de la información citada a través de un informe trimestral por parte del Departamento Ejecutivo.
Por tal motivo, requerimos a la Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte que envíe la información solicitada y todo otro dato que considere de interés.