Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza modificando la ordenanza 15.924 de Sector Industrial Planificado Tecnológico especializado en insumos para la salud.
Expediente: HCD-1675/2010
Autor: Fabián Lliteras
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La ordenanza 15.924 que establece la zonificación de la zona industrial destinada a “Sector Industrial Planificado Tecnológico especializado en insumos para la salud”
Y CONSIDERANDO:
Que dicha norma, de reciente sanción y promulgación, impone una serie de condicionamientos previos para proceder a la correspondiente zonificación.
Que los empresarios interesados en la realización de este proyecto han manifestado, tanto en este Honorable Cuerpo como en el Departamento Ejecutivo, las dificultades que les generan las condiciones establecidas en el artículo 1º de la ordenanza de referencia para lograr los objetivos que tanto los interesados directos como el espíritu de la norma tienen como meta.
Que por tales motivos se hace menester una modificación de esta ordenanza con el fin de que la zonificación de este sector, como paso previo y base para la implementación de este importante proyecto industrial para la ciudad y la región, no quede sujeta a condición alguna.
Que asimismo la normativa provincial exige que la zonificación sea plena, siendo las áreas técnicas competentes de la Provincia de Buenos Aires las que deberán expedirse oportunamente acerca de la factibilidad de los servicios básicos previa realización del pertinente estudio de impacto ambiental.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Modificase el artículo 1º de la ordenanza 15.924 el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 1º : Zonifíquese como zona industrial destinada a “Sector Industrial Planificado Tecnológico especializado en insumos para la salud” a las parcelas identificadas catastralmente como: Circunscripción IX, Parcelas 1129, 1130, 1131a, 1132a, 1131b, 1132b, 1133k, 1137, 1138 y 1139a, ubicadas próximas a la localidad de Cabildo, sobre el Sud Este de la Ruta Nº 51 y en cercanías del Arroyo Napostá Chico.”
ARTÍCULO 2º: De forma.