Proyecto de Ordenanza
Convenio con la Sociedad de Fomento del Barrio Novaterra
Expediente: HCD-242/2024
Autor: Fabiola Buosi
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): novaterra barrio sociedad de fomento convenio
Bahía Blanca, 25 de Marzo de 2024.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La expansión de la ciudad y la conformación de nuevos barrios y entidades intermedias que reúnen a sus vecinos en pos del progreso y desarrollo de la comunidad, y;
CONSIDERANDO
Que las sociedades de fomento, también conocidas como sociedades de desarrollo comunitario o sociedades vecinales, son organizaciones formadas por residentes de una comunidad con el objetivo de promover el desarrollo social, económico y cultural de su entorno.
Que desempeñan un papel importante en el fortalecimiento de las comunidades al promover la participación ciudadana, el desarrollo local y la mejora del entorno, contribuyendo así al bienestar y la calidad de vida de sus habitantes.
Que la Asociación Civil Fomentista Barrio Parque Novaterra (CUIT: 30-71844975-4, Exp 21209-213279/23/2, Legajo 271331, matrícula 49522) ha solicitado una reserva de espacio público para uso comunitario.
Que el Barrio Parque Novaterra se encuentra delimitado por las calles colectora Jorge Newbery, Rastreador Fournier, Florencio Molina Campos y Ambrosio Cramer. Siendo lindero con los barrios San Agustín, Nueva Espora, Milla Mapu y Las Cañitas.
Que se ubica en un sector recientemente urbanizado donde familias de mediana edad, con niños y adolescentes, decidieron emprender y construir su vivienda. El barrio sólo cuenta con un espacio de reunión social, la plaza “Las Lechucitas” que ocupa menos de la mitad de la manzana, ubicada en Avenida Magnani 2300.
Que el 28 de Diciembre del año 2022 este Honorable Concejo Deliberante, a través de la Ordenanza N°21029, denominó como Barrio Parque Novaterra al sector comprendido por las calles Rastreador Fournier, Jorge Newbery, Agrimensor Ambrosio Cramer y Florencio Molina Campos.
Que los vecinos se han convocado para realizar diferentes actividades, como parquizado y arbolado, limpieza de la colectora, festejos del día del niño, días patrios y aniversario del barrio, ferias vecinales, organización e implementación de un sistema de alerta vecinal, entre otras, con el objetivo de fortalecer el sentido de comunidad.
Que, en función de la idiosincracia del barrio y la distancia que los separa de los distintos centros de la ciudad, es que los vecinos del Barrio Parque Novaterra aspiran a lograr un espacio de usos múltiples que sirva al encuentro de la comunidad.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar con la Asociación Civil Fomentista Barrio Parque Novaterra un Convenio de Permiso de Uso sobre un inmueble a determinar, a los efectos de destinarlo a uso público.
ARTÍCULO 2º: Establézcase que la duración del citado Convenio será de cinco (5) años, plazo en el cual la Asociación Civil Fomentista Barrio Parque Novaterra deberá construir su sede.
ARTÍCULO 3º: De forma.