Proyecto de Ordenanza
DECLARARANDO LA EMERGENCIA DE LA SALUD HOSPITALARIA EN LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA
Expediente: HCD-240/2024
Autor: Fabiana Ungaro
Bloque: Juntos
Coautor(es): Gonzalo Javier Velez
Palabra(s) clave(s): hospitales emergencia bahia blanca salud
Bahía Blanca, 4 de Abril de 2024.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La preocupación puesta de manifiesto por las Federaciones, Asociaciones, Clínicas, Sanatorios, Hospitales y Establecimientos de Salud de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad de Bahía Blanca, y
CONSIDERANDO:
Que a raíz de los recortes sufridos en el Programa de Fortalecimientos de los Equipos de Salud para la Calidad y Seguridad, la falta de acompañamiento de las obras sociales como IOMA y PAMI y la falta de respuesta del Ministerio de Salud y Seguridad Social.
Que visto la situación planteada por los representantes de instituciones de la salud de Bahia Blanca, a raíz la inminente posibilidad del colapso de los hospitales de nuestra ciudad.
Que los mismos prestadores de salud locales manifiestan no estar en condiciones de hacer frente a los aumentos salariales para poder continuar con el servicio en forma adecuada.
Que de no mediar una solución al problema, las instituciones de salud, no podrán hacer frente a sus obligaciones, quedando en cesación de pago.
Que toda esta situación, una vez más, pone en crisis al sistema de Salud Publico Municipal y provincial, que ya se encuentra sobrecargado y con riesgo de colapso en caso de necesitar absorber toda la demanda.
Que es necesario coordinar conjuntamente la diagramación y planificación de un plan de respuesta que permita garantizar el servicio sanitario a toda la población acorde a las circunstancias actuales, por todo ello se considera conveniente declarar la emergencia sanitaria en el ámbito territorial de nuestro partido.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º: Declarar la Emergencia de la Salud Hospitalaria en el ámbito del Partido de Bahía Blanca por el termino de 120 días a efecto de coordinar y gestionar con FESCAS (Programa de Fortalecimiento, de los Equipos de Salud para la Calidad y Seguridad), IOMA Bahía Blanca, PAMI Bahía Blanca y Ministerio de Salud y Seguridad Social sede Bahía Blanca y autoridades provinciales en materia de salud.
Artículo 2°: MESA DE SALUD HOSPITALARIA. Créase la Mesa de Gestión de Salud Hospitalaria en el distrito de Bahía Blanca en el marco de la crisis que presenta la prestación del servicio público de agua en nuestra ciudad.
Artículo 3º: CONFORMACIÓN. La mesa de Gestión de Salud Hospitalaria estará integrada por 1 (un) representante del Departamento Ejecutivo, 1 (un) representante por cada bloque legislativo del HCD, 1 (un) representante de FESCAS (Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y Seguridad), 1 (un) representante de FECLIBA Distrito X (Federación de Clínicas, Sanatorios, Hospitales y Otros Establecimientos de la Provincia de Buenos Aires), 1 (un) representante de AMBB (Asociación Médica de Bahía Blanca), 1 (un) representante de IOMA, 1 (un) representante de PAMI y 1(un) representante del Ministerio de Salud y Seguridad Social sede Bahía Blanca, el Director General del Hospital Municipal Dr. Leónidas Lucero , el Director General del Hospital Interzonal Dr. José Penna, el Director Ejecutivo de Región Sanitaria N°1 y el Director de cada clínica y hospital privado de la ciudad de Bahía Blanca.
Articulo 4°: OBJETIVO. La mesa de Gestión de Salud Hospitalaria tendrá su alcance la articulación, planificación y diagramación de todas aquellas medidas que se requieran para sobrellevar la coyuntura que afecta a nuestro distrito en torno a la presentación del servicio de salud publica y privada, dicha articulación se realizará en constante dialogo con las autoridades provinciales del área. Además, la Mesa deberá llevar un monitoreo y control de todas acciones que busquen subsanar el funcionamiento del servicio. Asimismo, se elaborará un informe mensual destallando el estado de situación del servicio en nuestra ciudad y se canalizaran todos aquellos reclamos de los ciudadanos.
Articulo 5°: Remitir copia de la presente declaración de emergencia a las autoridades de FESCAS (Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y Seguridad), FECLIBA Distrito X (Federación de Clínicas, Sanatorios, Hospitales y Otros Establecimientos de la Provincia de Buenos Aires), AMBB (Asociación Médica de Bahía Blanca), IOMA Bahía Blanca, PAMI Bahía Blanca, Ministerio de Salud y Seguridad Social sede Bahía Blanca, al Director General del Hospital Municipal Dr. Leónidas Lucero , al Director General del Hospital Interzonal Dr. José Penna, al Director Ejecutivo de Región Sanitaria N°1 y al Director de cada clínica y hospital privado de la ciudad de Bahía Blanca.
Artículo 6°: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.