Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza creando un registro de inscripción voluntaria para Entrenamiento en Soporte Vital Básico basado en el Programa de Capacitación y Extensión Comunitaria “GENTE QUE SALVA GENTE”.
Expediente: HCD-1156/2010
Autor: Alberto Guillermo Quevedo
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
El Programa de Capacitación y Extensión Comunitaria “GENTE QUE SALVA GENTE” orientado al entrenamiento en Soporte Vital Básico (SVB).
Y CONSIDERANDO:
Que la labor desarrollada a través del equipo de salud conformado por la Residencia de Emergentología del Hospital Municipal que llevan adelante el citado programa orientado a la capacitación de personas de la comunidad en relación a la Reanimación Cardiopulmonar (RCP) es de vital importancia como estrategia orientada hacia la asistencia de emergencias especificas.
Que la capacitación y la educación de la población en temas relacionados con soporte vital básico (SVB), prevención de accidentes y prevención primaria de enfermedades con factores de riesgo prevenibles son de relevancia y trascendencia, ya que representa un importante eslabón en la cadena de la vida.
Anualmente mueren miles de personas a causa de muerte súbita, muchas de ellas no reciben las maniobras iniciales de SVB, dado la falta de conocimiento o mala aplicación de las técnicas de resucitación.
Que luego del llamado al servicio de emergencia es común que la persona que está con la víctima se limite a esperar. Cuando se sabe que la posibilidad de sobrevida esta en relación al tiempo que la persona está sin pulso y en una ciudad grande el tiempo de arribo del servicio médico de emergencias puede superar los10 minutos, se debe pensar que la mejor probabilidad de sobrevivir de la víctima está en manos de la persona que tenga al lado en el momento del ataque. Es bien conocido que si la RCP es aplicada a la víctima antes de los 4 minutos hay grandes posibilidades de sobrevida, si pasa ese tiempo, las probabilidades caen peligrosamente.
Que por tales razones, debido al gran número de personas que trabajan y transitan espacios como el Palacio Municipal o el Honorable Concejo Deliberante y las posibilidades de sufrir indisposiciones que requieran urgente asistencia, como ya ha ocurrido en algunas ocasiones, es que este proyecto pretende crear un registro con inscripción voluntaria de personal municipal con el fin de recibir capacitaciones en asistencia sanitaria de tales eventos.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Crease un Registro de inscripción voluntaria para empleados municipales con el fin de recibir entrenamiento en Soporte Vital Básico (SVB) basado en el Programa de Capacitación y Extensión Comunitaria “Gente que Salva Gente” que organiza la Residencia en Emergentología del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero”.
ARTÍCULO 2°: A los fines establecidos en el artículo 1° se procederá de la siguiente forma:
a) El registro para las inscripciones en esta capacitación se organizará mediante listados que se encontrarán disponibles en el Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad de Bahía Blanca y el Departamento Técnico-Legislativo del Honorable Concejo Deliberante.
b) Se realizará mensualmente una difusión interna de esta posibilidad de capacitación que será remitida a las diferentes áreas del estado municipal considerando la inscripción de un agente municipal por cada una de estas áreas.
c) Con un mínimo de dos capacitaciones anuales, se seleccionará a un grupo de inscriptos a determinar por encuentro para ser capacitados.
d) Desde el Departamento de Recursos Humanos se comunicará la cantidad de inscripciones voluntarias a los responsables de brindar la capacitación, quienes determinarán día, hora, número de asistentes a cada capacitación, lugar donde se desarrollara la misma, modalidad y cualquier otro dato de interés.
e) De los voluntarios capacitados, con previa certificación por parte de los responsables de la capacitación, surgirá una lista que quedará archivada en el Departamento de Recursos Humanos y en Mayordomía de la Municipalidad de Bahía Blanca y en el Departamento Técnico legislativo del Honorable Concejo Deliberante con el fin de conocer y publicar en el ámbito municipal las habilidades de aquellos y, cuando fuera necesario, convocarlos al momento de requerir asistencia por parte de alguna persona que sufra una indisposición y amerite la asistencia de forma inmediata hasta ser asistida por personal del Servicio de Emergencias 911.
ARTÍCULO 3°: De forma.