Proyecto de Ordenanza
Creando el Programa Municipal de capacitación y prevención de estafas a personas mayores.
Expediente: HCD-275/2024
Autor: Gisela Caputo
Bloque: Juntos
Coautor(es): Emiliano Marcelo Alvarez Porte
Palabra(s) clave(s): prevención personas mayores capacitación
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
El aumento de casos de estafas dirigidas a personas mayores en nuestra ciudad y la necesidad de implementar medidas preventivas de manera individual y colectiva.
Y CONSIDERANDO:
Que con el avance de la tecnología van surgiendo nuevas modalidades de estafas, lo que hace necesario adaptar las estrategias de prevención y concientización a los desafíos contemporáneos.
Que la brecha digital y la falta de familiaridad con las nuevas tecnologías aumentan la vulnerabilidad de las personas frente a las estafas en línea, como los correos electrónicos fraudulentos, las llamadas telefónicas no solicitadas y los mensajes de texto engañosos.
Que las estafas dirigidas a personas mayores pueden causar graves perjuicios económicos y emocionales, así como deteriorar la confianza en las instituciones y en la sociedad en su conjunto.
Que la capacitación en el reconocimiento de señales de alerta y la adopción de prácticas de seguridad en línea son fundamentales para empoderar a las personas mayores y ayudarles a proteger su información personal y financiera en el entorno digital.
Que la promoción de la educación digital entre las personas mayores es una inversión en su seguridad y bienestar, permitiéndoles aprovechar los beneficios de la tecnología de manera segura y responsable.
Que es de suma importancia, escuchar a las personas mayores, saber cuáles son sus preocupaciones e inquietudes en materia de seguridad, sobre todo, en una etapa de su vida en la que, después de años de trabajo y sacrificio, merecen vivir tranquilos y en paz.
Que es deber del Estado promover la protección y el bienestar de las personas mayores, garantizando su seguridad y su integridad física y patrimonial.
Que la prevención y la educación son herramientas fundamentales para evitar situaciones de estafa y para instruir en la identificación y denuncia de posibles fraudes.
Que es necesario brindar capacitación específica a las personas mayores en materia de prevención de estafas, proporcionándoles información y herramientas prácticas para reconocer situaciones de riesgo y actuar de manera segura.
Que el intercambio de conocimientos y experiencias entre diferentes generaciones en el marco de este programa puede promover una cultura de solidaridad y colaboración en la lucha contra las estafas y el abuso financiero.
Que la Secretaría de Seguridad, en el período 2018/2023 en coordinación con otras áreas municipales, llevó a cabo estas capacitaciones como una política de estado.
Que la Subsecretaría de Protección Ciudadana y la Dirección de Personas Mayores dependiente de la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación Ciudadana cuentan con los recursos y la capacidad necesaria para implementar un programa de capacitación para la prevención de estafas a personas mayores.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1º – Créase el Programa de Capacitación para la Prevención de Estafas a Personas Mayores, el cual estará a cargo de la Subsecretaría de Protección Ciudadana y la Dirección de Personas Mayores dependiente de la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación Ciudadana, o la que en un futuro las reemplace, en coordinación con las áreas pertinentes del municipio.
Artículo 2º – El Programa tendrá como objetivo principal brindar capacitación y herramientas a las personas mayores para prevenir situaciones de estafa y fraude, así como para fomentar su participación activa en la denuncia de estos delitos.
Artículo 3º – El Programa incluirá la realización de talleres, charlas informativas, material educativo y otras acciones destinadas a sensibilizar e instruir a las personas mayores en materia de prevención de estafas.
Artículo 4º – La Subsecretaría de Protección Ciudadana y la Dirección de Personas Mayores -dependiente de la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación Ciudadana- o la que en un futuro la reemplace, serán las encargadas de coordinar las actividades del Programa, en colaboración con otras áreas municipales, organizaciones de la sociedad civil y entidades especializadas en la protección de los derechos de las personas mayores.
Artículo 5º – Invítase a instituciones educativas, organizaciones de la sociedad civil, entidades religiosas y otros actores relevantes a sumarse a las acciones de prevención y sensibilización del Programa.
Artículo 6º – Facúltese al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios con organismos públicos y entidades privadas a los fines de dar cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo 7º – De forma.-