Proyecto de Resolución
Solicitando a la Agencia Nacional de Seguridad Vial el desarrollo del software que permita la habilitación de la licencia de conducir digital.
Expediente: HCD-361/2024
Autor: Adrián Jouglard
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): agencia nacional de seguridad vial licencia conducir digital software
Bahía Blanca, 07 de Mayo de 2024.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
El proceso de modernización y desburocratización llevado a cabo por el Ministerio de Justicia de la Nación y los cambios introducidos en la normativa relativa a la documentación obligatoria para circular, y;
CONSIDERANDO
Que la Agencia Nacional de Seguridad Vial depende de la Secretaría de Transporte de la Nación, actualmente dentro del organigrama del Ministerio de Economía de la Nación.
Que la Disposición 39/2019 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en su artículo primero, aprueba la Licencia Nacional de Conducir en formato digital, y establece que la misma será complementaria a la licencia física y cuyo diseño la replicará.
Que entre los fundamentos para la creación de la licencia de conducir digital se menciona que el avance tecnológico otorga la posibilidad de crear un documento complementario al físico, que permita realizar una lectura actualizada del estado en que se encuentra la autorización plasmada en el mismo.
Que el nuevo sistema, según los considerandos de la resolución, se propone ser dinámico y permitir a la Autoridad de Fiscalización consultar de manera inmediata el estado de la autorización para conducir oportunamente otorgada.
Que también establece que la licencia de conducir digital tiene como objetivo primordial optimizar la fiscalización de los conductores, como asimismo conferirle al ciudadano un instrumento que le permita portar su autorización en un dispositivo móvil.
Que el formato digital de la licencia nacional de conducir fue incluido en la aplicación Mi Argentina, junto a otros documentos como el DNI, seguro del vehículo y prestaciones sociales.
Que la ANSV explicó, a raíz de numerosos casos en los que se labraron multas y secuestraron vehículos al presentar la digital y no contar con la licencia en formato físico, que la misma no es más que un elemento complementario del plástico original. En caso de que las autoridades así lo requieran, la presentación de la licencia física es obligatoria y tenerla en la app no la reemplaza.
Que tanto a fines de 2022 y comienzos del 2023, como a comienzos del año 2024, se han producido demoras en la entrega de los plásticos de las licencias de conducir ante el faltante del material. Esto ha llevado a que las autoridades competentes hayan dispuesto la posibilidad de circular con la licencia nacional de conducir en formato digital acompañado de un certificado.
Que, con fecha 28 de Diciembre del 2023, a través de la Resolución 20 B/2023 del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires se instrumentó con carácter excepcional un “Certificado de Trámite Aprobado” para aquellos ciudadanos que hubieren finalizado el trámite correspondiente para la emisión de su licencia de conducir. La portación del mencionado certificado, conjuntamente con la Licencia Nacional de Conducir en formato digital, obtenida a través de la aplicación MI ARGENTINA en un dispositivo móvil, habilita la circulación hasta el plazo máximo del 31 de Enero de 2024.
Que a través de la Resolución 58/2024 del Ministerio de Transporte, emitida el 28 de Febrero del corriente, se extendió la vigencia de lo establecido en la Resolución mencionada en el párrafo anterior, habilitando la circulación con la Licencia Nacional de Conducir en formato digital junto con el certificado, hasta el 30 de Marzo del 2024.
Que la falta de aceptación de la licencia de conducir digital en los controles de tránsito se fundamenta en que aún no existe un sistema o software que permita a los agentes de tránsito comprobar que la misma cumple las condiciones de validez, ya que no se ve reflejado en la aplicación si la misma ha sido retenida por alguna falta.
Que el sistema a desarrollar por la Agencia Nacional de Seguridad Vial debe permitir que las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley y otras entidades puedan verificar fácilmente la autenticidad y la validez de las licencias de conducir digitales utilizando herramientas y tecnologías adecuadas, como lectores de códigos QR o sistemas de escaneo móvil.
Que el sistema debe contar con medidas de seguridad sólidas para proteger la integridad de la información personal y evitar la falsificación o el uso fraudulento de las licencias de conducir digitales. Esto puede incluir cifrado de datos, autenticación de múltiples factores y tecnologías de detección de manipulaciones.
Que debe ser compatible e integrable con los sistemas de registro de licencias de conducir existentes, así como con las bases de datos de vehículos y conductores de las autoridades de tráfico correspondientes.
Que un sistema de control de licencias de conducir digital puede proporcionar una solución segura, eficiente y conveniente para la gestión y verificación de licencias de conducir en el entorno digital.
Que el desarrollo del formato digital de la licencia nacional de conducir, así como la aplicación Mi Argentina, representó el primer paso para la despapelización y simplificación de ciertos trámites que deben realizar los ciudadanos.
Que es necesario llevar a cabo las acciones que permitan avanzar en la completa aplicación de las herramientas digitales desarrolladas, para brindarle a los ciudadanos un mejor servicio, significando menos tiempo perdido en largas filas o esperas, y una respuesta más ágil por parte de las instituciones gubernamentales.
Que la digitalización de los trámites reduce los costos asociados con el uso de papel, impresión, almacenamiento físico y envío, lo que se traduce en ahorros tanto para los ciudadanos como para el Estado.
Que la desburocratización en los trámites ante el Estado tienen el potencial de mejorar la experiencia del ciudadano al interactuar con las instituciones gubernamentales, haciendo que los procesos sean más eficientes, accesibles, transparentes y menos costosos.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E :
Artículo 1º: Solicitar a la Agencia Nacional de Seguridad Vial el desarrollo de un sistema o software que permita habilitar la circulación con la Licencia Nacional de Conducir en formato digital.
Artículo 2º: Girar copia de la presente a la Agencia Nacional de Seguridad Vial.