Proyecto de Ordenanza
MODIFICACIÓN ORDENANZA IMPOSITIVA N°21694
Expediente: HCD-398/2024
Autor: Adrián Jouglard
Bloque: Juntos
Coautor(es): Gonzalo Javier Velez
Palabra(s) clave(s): derechos ocupacion espacios publicos comercio tasas disminución mesas
Bahía Blanca, 17 de Mayo de 2024.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La nota obrante en el expediente 211-HCD/2024 de la Asociación Hotelera Gastronómica de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que el Derecho por Ocupación o Uso del Espacio Público establecido en el artículo 36 de la Ordenanza Impositiva graba la ocupación de la vía pública o lugares de dominio público con mesas y sillas que permitan el consumo, colocadas frente a comercios.
Que la Ordenanza Impositiva establece un descuento del 50% en los montos de los módulos durante los meses de Mayo a Octubre de cada año.
Que la situación económica general se ha visto resentida por la caída del consumo, situación que se profundiza en el sector gastronómico al ser el primer gasto a suprimir por los consumidores ante una disminución del poder adquisitivo y aumento de la inflación.
Que en la nota presentada por la Asociación Hotelera Gastronómica de Bahía Blanca se hace referencia a los valores del Derecho por ocupación o uso del espacio público en Municipios de la Provincia de Buenos Aires; de la comparación resulta que el Municipio de Bahía Blanca cobra entre dos y diez veces más que los Municipios citados.
Que el sector gastronómico desempeña un papel fundamental en la creación de empleo al ofrecer una amplia gama de oportunidades laborales para personas de diversos perfiles y niveles de habilidad.
Que muchos trabajadores encuentran empleo en el sector gastronómico en roles a tiempo parcial o con horarios flexibles, lo que les permite complementar sus ingresos o equilibrar su trabajo con otros compromisos, como el estudio o la responsabilidad familiar.
Que consideramos oportuna una modificación en la cantidad de módulos con los que se graba la ocupación del espacio público en orden a contribuir con los comerciantes gastronómicos en este contexto de recesión económica.
Que más allá del contexto económico en el que se presenta este proyecto de ordenanza, consideramos que el Municipio de Bahía Blanca debe propender, a través de su política impositiva, al crecimiento económico y el desarrollo de la actividad privada.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Modifíquese el incíso F del artículo 36 de la Ordenanza Impositiva N°21694, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 36º – Por la ocupación de la vía pública o lugares del dominio público, de abonarán los siguientes derechos:
MÓDULOS
f. I. a) Por cada mesa con hasta cuatro sillas colocadas frente a negocios, así como por cada banco de hasta dos metros de longitud (Código de actividad 05808), por bimestre o fracción mayor al Mes …………………………..4.00
b) Por cada mesa rectangular con hasta dos bancos laterales…………………………….. 6.00
Cuando el elemento mencionado contenga mensajes publicitarios relacionados con bebidas alcohólicas, tabaco y sus derivados, abonarán por bimestre o fracción mayor a un mes………………….6.00
Cuando la columna o sostén soporte contenga mensajes…………… 9.00
II.- Espacios tipo recova según artículo 6 Ord. 15698, por m2 y por bimestre o fracción mayor al Mes…………………………2.00
Cuando el elemento mencionado contenga mensajes publicitarios relacionados con bebidas alcohólicas, tabaco y sus derivados, abonarán por metro cuadrado (m2) y por bimestre o fracción mayor a un mes….6.00
III.- Espacios denominados Plataformas Urbanas, según Ordenanza Nº 20066 y modificatorias, por metro cuadrado (m²) y por bimestre o fracción …………………….3.00
Estos montos se reducirán en un 50% durante los meses de Mayo a Octubre de cada año.
Cuando el elemento mencionado contenga mensajes publicitarios relacionados con bebidas alcohólicas, tabaco y sus derivados, abonarán por metro cuadrado (m2) y por bimestre o fracción mayor a un mes…..6.00
Estos montos se reducirán en un 50% durante los meses de Mayo a Octubre de cada año.-”
ARTÍCULO 2°: De forma.