Proyecto de Resolución
Tratamiento del Exp D-1233/24-25 en HCD-PBA para garantizar el acceso al Sistema RAFAM en concejos deliberantes.
Expediente: HCD-392/2024
Autor: Fabiana Ungaro
Bloque: Juntos
Coautor(es): Gonzalo Javier Velez
Palabra(s) clave(s): sistema rafam tratamiento exp d 1233/24 hcd-pba
Bahía Blanca, 16 de Mayo de 2024.-
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La Ley Provincial N° 10.869 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público, que establece la obligación del Estado de garantizar el acceso a la información pública.
El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades), que define las funciones y obligaciones del Concejo Deliberante, incluyendo el control de la gestión del Departamento Ejecutivo.
La Resolución AG 449/11 y la resolución 15/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
CONSIDERANDO:
Que la transparencia en la gestión pública es un pilar fundamental de la democracia, permitiendo a los ciudadanos conocer cómo se administran los recursos públicos y cómo se toman las decisiones que impactan en su vida cotidiana.
Que el acceso a la información financiera municipal es esencial para que los concejales y la ciudadanía puedan ejercer un control efectivo sobre la gestión del gobierno local.
Que el sistema RAFAM (Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal) es una herramienta fundamental para el control del gasto público, proporcionando información sobre la ejecución del presupuesto, la gestión de la deuda, la administración de los bienes públicos, y otros aspectos relevantes de la gestión financiera del municipio.
Que el RAFAM está relacionado con el Régimen de Administración Financiera vigente en el país, tomando como base los postulados desarrollados por el Estado Nacional desde 1992 con la Ley N° 24.156.
Que este nuevo sistema o modelo de administración en el plano municipal de gestión de los recursos permite el acceso a importantes beneficios para los municipios y representa un avance en términos de atención de demandas en un contexto de eficiencia y economicidad.
Que entre los objetivos del RAFAM se encuentran:
· Una mayor eficiencia en la obtención y aplicación de los recursos públicos.
· Una mayor productividad del gasto, traducido en mayores y mejores servicios.
· La generación de información oportuna y confiable sobre la situación financiera del Municipio, útil para la toma de decisiones del Estado.
· Una mayor transparencia, propiciando una adecuada vinculación entre los sistemas de administración financiera y los órganos de control interno y externo.
Que la información disponible en el RAFAM permitiría el pleno ejercicio de control de las cuentas públicas, de los estados de ejecución del presupuesto de gastos, la modificación de asignación de partidas y el seguimiento de los objetivos dispuestos en el presupuesto elevado al Concejo Deliberante para cada ejercicio.
Que en el Municipio de Bahía Blanca, cuenta con una ordenanza en la cual establece el acceso al Sistema RAFAM a través de claves exclusivas para los agentes del Departamento Ejecutivo y Concejales en ejercicio de sus funciones.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: El apoyo de este Concejo Deliberante a las iniciativas que fomenten la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas en la administración pública.
ARTÍCULO 2º: Solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, el tratamiento del Expediente D – 1233/24 – 25, para aplicar en todos los municipios y concejos deliberantes de la Provincia de Buenos Aires el acceso al sistema RAFAM.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese a la honorable cámara de diputados de la Provincia de Buenos Aires y al departamento ejecutivo provincial, publíquese, regístrese y archívese.