Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza estableciendo modificaciones e intervenciones en el tránsito vehicular en distintos sectores de la ciudad. (en coautoría con Juventud Peronista Bahía Blanca)
Expediente: HCD-128/2011
Autor: Soledad Espina
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
El constante crecimiento del parque automotor y motocicletas en nuestra ciudad y el impacto que este hecho genera en el tránsito vehicular.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6.769/59) establece en su artículo 27 incisos 2 y 18, que corresponde a la función deliberativa municipal el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y las delineaciones y niveles en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial; como así también, lo referente al tránsito de personas y de vehículos públicos y privados en las calles y caminos de jurisdicción municipal, atendiendo, en especial a los conceptos de educación, prevención, ordenamiento y seguridad; y en particular, lo relativo a la circulación, estacionamiento, operaciones de cargas y descargas, señalización, remoción de obstáculos y condiciones de funcionamiento de los vehículos.
Que no hay que perder de vista el crecimiento demográfico y el desarrollo urbano que ha experimentado en los últimos años nuestra ciudad, implicando en consecuencia un aumento en la plaza automotriz y un marcado incremento de los flujos de circulación vehicular.
Que es preciso facilitar la circulación de vehículos automotores y peatones con el menor riesgo posible, agilizar y ordenar el tránsito y estacionamiento vehicular; y para ello, es indispensable, en algunos casos, aggiornar las calles de la ciudad.
Que con las situaciones planteadas seguidamente, se pretende mejorar la conectividad y fluidez del tránsito y transporte en general, disminuir la fricción de automotores o situaciones de accidente y dar mayor seguridad pública a los ciudadanos y a sus bienes.
Que adentrándonos puntualmente en cada una de las modificaciones que se pretenden realizar se destaca la fluidez en el tránsito y la conectividad de sectores que se lograría con una mínima intervención, apoyándose en infraestructura ya existente, estableciendo en primer lugar un giro permanente a la derecha para los vehículos que circulan por calle Corrientes hacia Lavalle y la misma posibilidad para los que se trasladan por calle Brown y puedan acceder al sector de Villa Mitre por el paso a nivel de calle Falucho, estableciendo doble sentido de circulación en el tramo de intersección de las calles Brown y Montevideo.
Que en el mismo sentido se proponen otras alternativas que requieren intervenciones de mayor importancia, pero que apuntan en el mismo sentido a permitir una mayor fluidez en el tránsito y sobre todo lograr una mejor conectividad entre distintos sectores de la ciudad: una dársena que agilice el giro a la derecha para los vehículos que se desplazan por Fortaleza Protectora Argentina hacia Avenida Cabrera en el sentido mencionado, y asimismo otra intervención de utilidad, que se sustenta en la gran mejora para el tránsito que significó la apertura de la Avenida Cerri conectándola con calle Chiclana, que estaría dada por la apertura de una pequeña calle unos metros antes de la intersección de las dos arterias mencionadas con el objeto de permitir a los vehículos que circulan por Avenida Cerri tomar de forma directa, previo cruce de Chiclana, calle Pedro Pico, arteria de gran importancia para conectar la zona céntrica de nuestra ciudad con el camino de acceso a puertos y la localidad de Ingeniero White.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Establézcase un giro permanente a la derecha desde Corrientes hacia Lavalle.
Artículo 2º: Establézcase doble mano de circulación vehicular en el tramo de intersección de las calles Montevideo y Brown.
Artículo 3º: Declarase de Utilidad Pública para apertura de calle el terreno sito en Avenida Cerri en su intersección con calle Chiclana.
Artículo 4º: Establézcase una dársena para giro a la derecha desde la calle Fortaleza Protectora Argentina hacia Avenida Cabrera.
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, dispondrá la señalización que corresponda y realizará los trabajos e intervenciones pertinentes para dar cumplimiento a la presente.
Artículo 6º: De forma.