Proyecto de Resolución
Solicitando el pronto tratamiento del Proyecto de Ley que promueve la habilitación de talleres mecánicos que cumplan los requisitos establecidos vía reglamentaria como prestadores del servicio de la VTV
Expediente: HCD-523/2024
Autor: Pablo Daguerre
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): pronto tratamiento ley talleres mecánicos vtv prestadores
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
El Proyecto de Ley presentado en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires a través del cual se establecen modificaciones en la Ley Nº 13.927, específicamente en el artículo 16º referido a la Verificación Técnica Vehicular.
Y CONSIDERANDO:
Que la Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un trámite obligatorio y esencial para garantizar que los vehículos se encuentren en óptimas condiciones y no representen un riesgo para la seguridad vial y está regulada en la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, Ley Provincial Nº 13.927 – Ley de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires – y su Decreto Reglamentario Nº 532/09.
Que actualmente las revisiones correspondientes a la VTV se llevan a cabo en Plantas Fijas y Móviles ubicadas en distintos puntos del territorio bonaerense, destinadas exclusivamente a tal fin.
Que este sistema provoca altas concentraciones de vehículos, sobre todo en determinadas épocas del año, como por ejemplo al comienzo del receso invernal o a principio de año en la previa de las vacaciones de verano; y Bahía Blanca no es la excepción.
Que además las Plantas verificadoras concentran a varias ciudades o localidades vecinas que no cuentan con una sede en su jurisdicción, como ocurre en nuestra ciudad, lo cual impacta directamente en el número de vehículos que se concentran a realizar la inspección vehicular anual.
Que a los fines de facilitar la gestión del trámite surge esta iniciativa presentada en el Senado bonaerense que plantea que la Verificación Técnica Vehicular sea prestada por personas humanas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos por la Autoridad de Aplicación, y apunta fundamentalmente a promover la oferta de prestadores de este servicio, asegurando calidad, seguridad y eficiencia en dicha prestación.
Que el 13 de abril del año pasado, este Concejo Deliberante aprobó un Proyecto de Resolución (Expediente Nº 377-HCD/23) a través del cual se solicitaba al Senado y a la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires el pronto tratamiento del Proyecto de Ley para la modificación de aspectos del trámite de la Verificación Técnica Vehicular en la Provincia de Buenos Aires obrante en Expediente D-916/23-24. En dicha iniciativa se proponía habilitar talleres mecánicos para que allí se pueda realizar la Verificación Técnica Vehicular y extender la periodicidad de la revisión en automóviles, entre otros aspectos relacionados con el trámite de la VTV.
Que en ese mismo sentido es que acompañamos y solicitamos el pronto tratamiento en la Legislatura Bonaerense de esta iniciativa que propone la modificación del artículo 16º de la Ley Nº 13.927 (Expediente E-272/23-24), que quedaría redactado de la siguiente manera: “Artículo 16º – VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR. Todos los vehículos automotores, tractores, carretones, acoplados y semiacoplados destinados a circular por la vía pública están sujetos a una revisión técnica, a fin de determinar el estado de funcionamiento de las piezas y sistemas que hacen a la seguridad activa y pasiva y a la emisión de contaminantes. Las piezas y sistemas a examinar, la periodicidad de revisión, el procedimiento a emplear, el criterio de evaluación de resultados y el lugar donde se efectúen, serán establecidos por la reglamentación.
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) deberá ser prestado por toda persona humana o jurídica que cumpla con los requisitos establecidos por la Autoridad de Aplicación.
La autoridad competente implementará la realización de controles técnicos mensuales obligatorios en forma rápida y aleatoria, a la vera de la vía pública, sobre emisión de contaminantes y principales componentes de seguridad del vehículo, frenos, luces reglamentarias, estado de las ruedas, paragolpes, cinturones de seguridad y cabezales, extintores de incendio, balizas; estados de los asientos e higiene en el caso de los vehículos de transporte de personas.”
Que la revisión vehicular que se realiza de manera anual a través de la VTV garantiza las condiciones mínimas para la circulación segura y reglamentada de los vehículos, por lo que es necesario impulsar mecanismos que simplifiquen la gestión y garanticen calidad y eficiencia en los controles establecidos en la normativa.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
1º – Solicitar el pronto tratamiento del Proyecto de Ley presentado en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires por el que se establecen modificaciones al texto del artículo 16º de la Ley Provincial Nº 13.927, que promueve que la Verificación Técnica Vehicular sea prestada por personas humanas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos por la Autoridad de Aplicación.
2º – Gírese copia de la presente a la Legislatura Bonaerense.-