Proyecto de Ordenanza
Registro Municipal de Animales de Compañía Extraviados.
Expediente: HCD-534/2024
Autor: Pablo Daguerre
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): registro municipal animales compañía extraviados
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de establecer mecanismos eficaces para la identificación de animales de compañía extraviados y la inmediata restitución a sus dueños.
Y CONSIDERANDO:
Que el presente proyecto busca brindar una herramienta accesible que permita unificar la información respecto a animales de compañía extraviados en la ciudad para lograr su pronta recuperación y restitución a su núcleo familiar.
Que la creación de un Registro Municipal de Animales de Compañía Extraviados garantiza que la información esté disponible para toda la comunidad facilitando la colaboración de los ciudadanos en la búsqueda.
Que en la actualidad son las redes sociales quienes ofrecen el recurso más rápido de búsqueda de animales de compañía extraviados. Sin embargo, la falta de organización y unificación de la información impacta de manera negativa en la búsqueda que finalmente termina frustrándose, ya sea porque a raíz de la viralización masiva del mensaje, el mismo se difunda en una localización geográfica totalmente distante del lugar en el que el animal se extravió o que se continúe difundiendo la búsqueda de un animal que ya apareció.
Que el objetivo primordial de dicho Registro será facilitar la difusión de la información para la pronta identificación de los animales de compañía extraviados y agilizar los mecanismos de búsqueda para la inmediata restitución a sus dueños; y se instrumentará a través de la página web municipal, lo que garantiza accesibilidad y eficiencia en el proceso.
Que la presente iniciativa pretende ser un aporte en el marco de una serie de medidas que desde hace tiempo se vienen implementando paulatinamente en nuestra ciudad en relación a los derechos para la protección y el reconocimiento de los animales. Si bien queda mucho por hacer al respecto, no podemos dejar de mencionar algunos avances no sólo en materia normativa, sino también en medidas concretas como el control de población canina y felina a través de los Móviles de castración y esterilización municipales; la creación de la Mesa de Abordaje de la Problemática Animal Urbana que funciona en el ámbito de este Concejo Deliberante; la Ordenanza Nº 20.788 que crea el Programa “Bahía Pet Friendly” destinado a fomentar la concurrencia de personas y sus animales de compañía a locales gastronómicos; la Campaña de Adopción de animales en situación de calle “Adoptame” que fue relanzada recientemente por el Departamento de Salud y Bienestar Animal del municipio para dar a conocer a aquellos animales que se encuentran en situación de calle y en particular a perros “comunitarios” que viven en espacios públicos como plazas y parques, para encontrarles una familia acorde a sus necesidades.
Que en el mismo sentido, recientemente, desde este Bloque hemos presentado un Proyecto de Ordenanza por el cual se propone la creación, en el municipio de Bahía Blanca, de un Registro de Donantes Voluntarios de sangre canina y felina cuyo objetivo es contar con una base de datos de caninos y felinos con posibilidades de donar sangre para otros animales que requieran de una transfusión por diferentes motivos.
Que la intención es que ambas iniciativas, antes de ser puestas a consideración del cuerpo para su tratamiento en sesión, sean trabajadas en la Mesa de Abordaje de la Problemática Animal Urbana, cuyos integrantes cuentan con la idoneidad, los conocimientos y el profesionalismo necesarios para enriquecer y mejorar las propuestas presentadas.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º – Impleméntase en el ámbito del Partido de Bahía Blanca el Registro Municipal de Animales de Compañía Extraviados con el fin de facilitar la difusión de la información y datos para su pronta identificación y agilizar los mecanismos de búsqueda para la inmediata restitución a su núcleo familiar.
Artículo 2º – El Registro Municipal de Animales de Compañía Extraviados será de acceso público a través de la página web municipal y estará conformado por la información proporcionada por las personas que requieran de este servicio para identificar el paradero de sus animales domésticos, que incluirá especie, raza, color, características distintivas, fotografías y fecha y lugar de extravío.
Artículo 3º – El Departamento de Salud y Bienestar Animal, o el que en un futuro lo reemplace, como Autoridad de Aplicación de la presente norma será el encargado de:
– establecer los mecanismos para la implementación del Registro Municipal de Animales de Compañía Extraviados.
– generar una base de datos digital y de acceso público en la página web municipal y coordinar acciones con otras áreas municipales para la carga de la información correspondiente.
– recibir las denuncias sobre extravío de animales de compañía, ya sean hechas por sus tutores o bien por quien haya encontrado un animal perdido en la vía pública.
– recibir toda información inherente al proceso de búsqueda, hallazgo y posterior restitución, para dar de baja a la búsqueda en el momento que corresponda.
Artículo 4º – Aquellas personas interesadas en difundir la búsqueda de un animal de compañía extraviado podrán hacer efectiva su inscripción en el Registro creado a través de la presente, mediante el procedimiento que la Autoridad de Aplicación establezca vía reglamentaria.
Artículo 5º – Las personas que hayan inscripto la búsqueda de un animal de compañía extraviado en el Registro deberán informar inmediatamente en el momento de su restitución.
Artículo 6º – Facúltase al Departamento Ejecutivo a implementar campañas de difusión a través de medios de comunicación y redes sociales para promocionar el Registro Municipal de Animales de Compañía Extraviados y sus objetivos, destacando la importancia de contar con un canal que concentre toda la información para agilizar los mecanismos de búsqueda y restitución.
Artículo 7º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-