Proyecto de Decreto
Análisis del Presupuesto de Gastos del HCD por parte de la Comisión de Presupuesto en el marco de lo establecido por el Artículo 32º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante.
Expediente: HCD-820/2024
Autor: Fabiola Buosi
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): análisis presupuesto gastos comisión
PROYECTO DE DECRETO
VISTO:
Las funciones de la Comisión de Presupuesto de este Concejo Deliberante establecidas en el artículo 32 del Reglamento Interno.
Y CONSIDERANDO:
Que en el citado artículo se establecen las Comisiones que funcionarán en el ámbito legislativo y las funciones de cada una de ellas.
Que en el mismo se estipula que el Presupuesto anual y Cálculo de Recursos de la comuna será estudiado y proyectado por las dos Comisiones de Hacienda reunidas expresamente bajo la denominación de “Comisión de Presupuesto”, y que también dictaminará sobre la revisión de cuentas de los ejercicios financieros de la comuna.
Que en referencia al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad, la Ley Orgánica de las Municipalidades en el artículo 35 establece: “El Concejo considerará el proyecto remitido por el Departamento Ejecutivo, y no podrá aumentar su monto total, ni crear cargos con excepción de los pertenecientes al Concejo y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 92.”
Que en este sentido, y tal sus funciones establecidas por el Reglamento Interno, es la Comisión de Presupuesto la encargada del análisis de las cuentas municipales en el ámbito legislativo y la que está facultada para realizar incluso modificaciones o reasignaciones de partidas, siempre respetando los montos fijados en el Proyecto elaborado por el Ejecutivo.
Que el artículo 39 de la LOM, por su parte, define que “Los gastos totales del Concejo Deliberante no podrán superar el dos (2) por ciento del Presupuesto de Gastos Total del Municipio…”.
Que el Presupuesto de Gastos del cuerpo deliberativo es analizado conjuntamente en el marco del análisis del Presupuesto global de la comuna, como ocurre con los Presupuestos de Gastos correspondientes al Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero, al S.I.Em.Pre y a DOSEM.
Que en el marco del análisis del Presupuesto y de las funciones que le han sido asignadas por el artículo 32 del RI, la Comisión de Presupuesto tiene facultades para entender en la reasignación de partidas correspondientes al HCD, manteniendo los montos establecidos previamente, tal como ocurre con los gastos de otras áreas de la comuna.
Que con el fin de garantizar un presupuesto de gastos equilibrado, razonable y basado fundamentalmente en los principios de ecuanimidad, responsabilidad y transparencia en las asignaciones de los recursos, que en definitiva estarán destinados para el funcionamiento de este cuerpo deliberativo, es importante trabajar de manera consensuada entre las distintas fuerzas políticas integrantes de los distintos bloques que lo componen.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
DECRETA:
Artículo 1º – La Comisión de Presupuesto del Honorable Concejo Deliberante, tendrá intervención en el análisis y asignación de Partidas correspondientes al Proyecto de Presupuesto correspondiente al cuerpo deliberativo, en el marco de sus facultades establecidas en el Artículo 32º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo – Los integrantes de las respectivas Comisiones de Hacienda (Primera y Segunda) podrán, dentro del monto presupuestario correspondiente al HCD, realizar las adecuaciones presupuestarias y reasignaciones de partidas.