Proyecto de Decreto
Programa de modernización del Honorable Concejo Deliberante.
Expediente: HCD-846/2024
Autor: Adrián Jouglard
Bloque: Juntos
Coautor(es): Fabiola Buosi
Palabra(s) clave(s): modernizacion hcd honorable concejo deliberante programa
Bahía Blanca, 18 de Septiembre de 2024.-
PROYECTO DE DECRETO
VISTO
La necesidad de mejorar la gestión del Honorable Concejo Deliberante en términos de calidad y eficiencia, dotándolo de herramientas modernas que permitan un progreso en la calidad de vida de los ciudadanos, fomentando su participación en pos de producir resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados, y;
CONSIDERANDO
Que la Constitución Nacional consagra, en su artículo 1°, el sistema representativo, republicano y federal de gobierno, que implica transparencia, publicidad de los actos de gobierno y rendición de cuentas, en tanto que el art. 75 inc. 22 incorpora, con rango constitucional, a los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, entre ellos el Pacto de San José de Costa Rica (Convención Americana sobre Derechos Humanos), que establece el derecho de acceso a la información pública (Art. 13). En el mismo sentido, la Ley Nacional Nº 27.275 regula el acceso de los ciudadanos a la información pública, en un todo de acuerdo con los principios republicanos de gobierno.
Que renombrados autores como Carlos Santiago Nino, en su obra “Fundamentos de Derecho Constitucional”, menciona la importancia de las instituciones transparentes y abiertas como base para una democracia representativa efectiva, en donde los ciudadanos tengan acceso a la información pública. Por su parte, Norberto Bobbio (“El futuro de la democracia”), expresa que la transparencia es una condición esencial para que la democracia funcione correctamente, enfatizando la importancia de la publicidad de los actos de gobierno y el acceso a la información por parte de los ciudadanos.
Que la modernización del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca responde principalmente a una demanda de actualización tecnológica, que se inserta en una tendencia global hacia la mejora en la participación democrática, la transparencia y la eficiencia en la gestión pública.
Que las reformas a introducir a través del Programa de Modernización, deben tener como objetivos: la transparencia, la promoción de la participación ciudadana, la eficiencia institucional orientada a resultados concretos y la apertura de datos, facilitando la interacción representante-representado a partir de la recepción de consultas y reclamos, el seguimiento de los mismos, la actualización del sitio web del HCD hacia uno más interactivo, intuitivo y accesible a todo tipo de usuarios, incluidas personas con discapacidad, y la modernización del sistema de gestión interno, entre otras.
Que la modernización de este Cuerpo Legislativo requiere contemplar los adelantos tecnológicos producidos en los últimos años (el impacto de las redes sociales, el desarrollo de las aplicaciones móviles y las políticas de gobierno abierto), permitiendo un acceso directo y transparente a la información pública y promoviendo eficazmente la iniciativa de las personas sin generar tramitaciones innecesarias, aun en situaciones de crisis o emergencia, en la que los integrantes del HCD podrían contar con la tecnología requerida para llevar adelante consultas de expedientes y hasta sesiones virtuales, incluyendo un sistema de votación seguro y transparente.
Que a través de la apertura de datos, los ciudadanos podrán consultar de manera autónoma las iniciativas en curso, proyectos (ordenanzas, resoluciones, decretos) y otros documentos oficiales, lo cual fomenta la rendición de cuentas y refuerza la confianza en la Institución ya que, los vecinos estarán mejor informados, y se verán motivados a involucrarse activamente en el proceso legislativo y en la toma de decisiones a través de mecanismos como encuestas o foros virtuales, fomentando la cocreación de políticas.
Que la modernización de los sistemas internos, incluyendo herramientas de gestión documental digital y procesos automatizados, reduciría los tiempos de trabajo y los errores administrativos, optimizando los recursos humanos del HCD. Además de contribuir a la sostenibilidad, toda vez que reduce el uso de papel y otros insumos
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
D E C R E T O
ARTÍCULO 1°: Impleméntese el Programa de Modernización del Honorable Concejo Deliberante, el cual se desarrollará a través de tres ejes temáticos: Gestión Colaborativa, Gestión Administrativa y Gestión Legislativa.
Cada uno de los ejes de trabajo mencionados, deberán contemplar los objetivos que a continuación se detallan:
1. Orientar la administración al servicio de los ciudadanos.
2. Promover la participación ciudadana y la apertura de datos.
3. Facilitar la interacción con los ciudadanos y la recepción de consultas y reclamos, ampliando los medios de vinculación y facilitando la gestión de trámites a distancia, apoyados en criterios de accesibilidad y usabilidad.
4. Promover y fortalecer el uso de las nuevas tecnologías de información y comunicación para responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad.
5. Modernizar el sistema de gestión interna.
6. Profesionalizar y jerarquizar a los empleados a partir de actividades de capacitación especificas a la función y aquellas orientadas a la creatividad e innovación.
ARTÍCULO 2: Encomiéndase a la Presidente del Honorable Concejo Deliberante y a los Presidentes de los Bloques Políticos que lo integran, o a quien estos designen en su lugar, a:
a. Ejecutar todas aquellas acciones necesarias para la efectiva realización del Programa de Modernización;
b. Elaborar los documentos que resulten necesarios para la implementación del Programa;
c. Realizar acciones de difusión y capacitación vinculadas a la puesta en practica del mismo;
d. Difundir los compromisos y resultados de la aplicación del Programa.
ARTÍCULO 3°: Los programas desarrollados se instrumentarán a través de Proyectos de Decreto.
ARTÍCULO 4º: Los sujetos comprendidos en el artículo 2º del presente, deberán presentar en el plazo de 60 días corridos, prorrogables por única vez por el mismo plazo, las propuestas, iniciativas o proyectos de modernización en base a los objetivos establecidos en el artículo 1º, dentro de las cuales deberán planificarse considerando las siguientes acciones:
1. Actualización de la pagina web oficial;
2. Mesa de entradas virtual;
3. Implementación de documentos y expedientes electrónicos y el seguimiento público de los mismos;
4. Centro de atención al vecino
5. Voto electrónico;
6. Firma electrónica y digital;
ARTÍCULO 5º: Toda acción implementada, deberá ser acompañada de las capacitaciones necesarias, para que los agentes alcancen los conocimientos legales, técnicos y operativos específicos, esenciales para el adecuado funcionamiento institucional.
ARTÍCULO 6º: De forma.