Proyecto de Decreto
Creación de la Mesa de Entradas Virtual del Honorable Concejo Deliberante.
Expediente: HCD-847/2024
Autor: Adrián Jouglard
Bloque: Juntos
Coautor(es): Fabiola Buosi
Palabra(s) clave(s): mev creacion mesa de entradas virtual hcd concejo deliberante
Bahía Blanca, 18 de Septiembre de 2024.-
PROYECTO DE DECRETO
VISTO
La constante evolución tecnológica y cultural, donde la participación ciudadana exige ser más accesible, inclusiva, transparente y eficaz, y;
CONSIDERANDO
Que establecer una mesa de entradas virtual en el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca tendrá una serie de beneficios significativos, tanto en términos de eficiencia administrativa como de accesibilidad para los ciudadanos.
Que los ciudadanos y las instituciones podrán presentar solicitudes, reclamos, proyectos o peticiones de manera rápida y sencilla, sin necesidad de trasladarse físicamente al Concejo, lo cual resulta particularmente útil para personas con movilidad reducida o aquellos que viven lejos del centro de la ciudad.
Que una mesa de entradas virtual permite un mayor nivel de transparencia, ya que facilita el seguimiento de los trámites presentados; los vecinos podrán conocer en qué estado se encuentra su expediente, lo que reduce la incertidumbre y promueve la confianza en la gestión pública.
Que la digitalización de la recepción de documentos agiliza los procesos administrativos, eliminando o reduciendo la necesidad de gestionar documentos en papel, lo que no solo contribuirá a una gestión más eficiente, sino también a una mayor sostenibilidad.
Que la digitalización de la recepción de documentos agiliza los procesos administrativos, eliminando o reduciendo la necesidad de gestionar documentos en papel, lo que permitirá disminuir los tiempos de respuesta y mejorar la organización interna del Concejo, permitiendo que el personal se enfoque en tareas más complejas.
Que facilitar el acceso a los trámites fomenta una mayor participación ciudadana en los asuntos del Concejo; con menos barreras burocráticas, más personas pueden interactuar con el cuerpo legislativo y proponer ideas o exponer problemáticas que requieran de su atención.
Que la mesa de entradas virtual refleja un compromiso con la modernización del Estado, adaptándose a las tendencias tecnológicas actuales. Alinearse con prácticas digitales también puede mejorar la imagen pública del Concejo Deliberante, mostrando que está en sintonía con las necesidades contemporáneas.
Que esta nueva herramienta para los ciudadanos permitirá que más vecinos de Bahía Blanca se involucren activamente en el proceso democrático local.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
D E C R E T O
ARTÍCULO 1°: Créase la Mesa de Entradas Virtual del Concejo Deliberante de Bahía Blanca, que funcionará como el medio oficial para la recepción y gestión de documentación en formato digital, presentada por ciudadanos, instituciones y organismos públicos o privados.
ARTÍCULO 2: La Mesa de Entradas Virtual estará disponible en el sitio web oficial del Concejo Deliberante y operará de forma ininterrumpida los 365 días del año, permitiendo la presentación de documentos a través de una plataforma digital.
ARTÍCULO 3: La plataforma digital de la Mesa de Entradas Virtual deberá permitir:
a) La presentación de solicitudes, reclamos, proyectos, notas y cualquier otra documentación dirigida al Concejo Deliberante.
b) La asignación de un número de expediente digital para cada trámite ingresado, facilitando su seguimiento por parte del ciudadano o entidad solicitante.
c) El acceso a un sistema de consulta que permita verificar el estado de los trámites iniciados.
d) La generación de acuses de recibo electrónicos de cada presentación realizada.
ARTÍCULO 4: Las presentaciones realizadas a través de la Mesa de Entradas Virtual tendrán la misma validez legal que las realizadas en forma presencial, conforme a la legislación vigente en materia de documentos electrónicos y firma digital.
ARTÍCULO 5: El área de Secretaría Legislativa del Concejo Deliberante será la encargada de gestionar la Mesa de Entradas Virtual, recibiendo y derivando los trámites y documentos ingresados a las áreas competentes dentro del Concejo.
ARTÍCULO 6: Dispóngase que la implementación de la Mesa de Entradas Virtual deberá respetar los principios de protección de datos personales y confidencialidad, de acuerdo con las normativas locales, provinciales y nacionales vigentes.
ARTÍCULO 7: El Concejo Deliberante dispondrá de un plazo máximo de 90 días desde la promulgación del presente decreto para implementar y poner en funcionamiento la Mesa de Entradas Virtual.