Proyecto de Minuta
Solicitando a la Secretaría de Políticas Sociales y Fortalecimiento Comunitario informe acerca del convenio con el Hogar Convivencial “Rincón de Nuestros Sueños”.
Expediente: HCD-950/2024
Autor: Fabiola Buosi
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): politicas sociales informe convenio hogar convivencial rincon de nuestros suelos rincon de nuestros sueños
Bahía Blanca, 21 de Octubre de 2024.-
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través de la
Secretaría de Políticas Sociales y Fortalecimiento Comunitario, informe acerca de las condiciones del convenio vigente con el Hogar Convivencial “Rincón de Nuestros Sueños”.
FUNDAMENTOS
La presente Minuta de Comunicación tiene el propósito de solicitar a la Secretaría de Políticas Sociales y Fortalecimiento Comunitario y por su intermedio a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia que informe al Honorable Concejo Deliberante sobre el convenio vigente con el Hogar Convivencial “Rincón de Nuestros Sueños”, en función de la información publicada en el medio de comunicación “8000” que da cuenta de una campaña solidaria convocada por la directora de dicha institución ante la falta de elementos básicos de aseo y limpieza, colchones, alimentos , ropa y calzado, juegos, bicicletas, y pintura y materiales de construcción.
También se manifiesta en la nota que, ante la falta de presupuesto, se han visto en la obligación de reducir la carga horaria del personal y sus sueldos, lo que pone en riesgo la continuidad de la prestación de dichos servicios.
Los hogares convivenciales desempeñan un rol crucial en la protección y asistencia de niños, niñas y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad, asegurando su desarrollo integral y bienestar físico, psicológico y emocional.
El Municipio de Bahía Blanca en 2007, asumió la responsabilidad de poner en marcha el Sistema de Promoción y Protección de derechos de Niños/as y Adolescentes, a través del convenio suscripto con la provincia de Buenos Aires. (Art. 22 Ley 13298). A cambio, la provincia se comprometió a transferir fondos y también, la implementación de programas a fin de hacer operativa la nueva ley.
Uno de los principios rectores de la Ley 13.298 es el trabajo mancomunado en el marco de la corresponsabilidad social. Se trata, en todos los casos, de pensar estrategias en forma conjunta entre todos los efectores intervinientes, articulando acciones intersectoriales para brindar soluciones integrales que impliquen un cabal entendimiento de la complejidad de las situaciones que se abordan en lo cotidiano.
El Municipio, cuenta con cinco hogares convivenciales donde se alojan niños, niñas y adolescentes bajo Medidas de Abrigo, que por distintas razones y vulneración de derechos ya no conviven con sus familias. . La función primordial de los Hogares consiste en restituir sus derechos vulnerados, cuidándolos y conteniéndolos en su cotidianidad, hasta tanto se resuelva su situación familiar y/o legal.
Pero también, existen instituciones de la Sociedad Civil que cumplen esa función, como lo es el Hogar Rincón de Nuestros Sueños, que trabaja de forma articulada con el Municipio y en función del convenio vigente, aloja a niños, niñas y adolescentes con situaciones de vulneración de derechos complejas, que son derivadas y acordadas desde la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia mediante sus equipos técnicos y los Servicios Locales de Promoción y Protección.
El presupuesto que se debe destinar a financiar la encomiable labor de los Hogares Convivenciales debe ser suficiente para cubrir las necesidad básicas de los niños, niñas y adolescentes que viven en ellos, como alimentación, vestimenta y educación, así como proveer un ambiente seguro con personal idóneo para cumplir con la tarea de cuidado, infraestructura adecuada y servicios de acompañamiento emocional y psicológico, en orden a lograr cumplir el objetivo de promover la reintegración familiar o las medidas que disponga la justicia, según corresponda.
La asignación de recursos suficientes a estos hogares no solo responde a una cuestión de gestión pública eficiente, sino también al cumplimiento de los compromisos internacionales que el Estado ha asumido en materia de protección de derechos de la niñez, y las leyes nacionales que rigen la materia.
La Convención sobre los Derechos del Niño establece que los Estados deben garantizar, entre otros derechos el derecho de los niños a vivir en un entorno adecuado para su desarrollo (Art. 3), el derecho a la protección contra toda forma de abuso o negligencia (Art. 19), y el derecho a una atención de calidad, especialmente en el caso de niños en situaciones de vulnerabilidad (Art. 20).
A su vez, la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, garantiza la protección integral de los derechos de los menores de edad y establece la obligación del Estado de proveer los recursos necesarios para su cuidado y protección. Específicamente, el Artículo 32 indica que los hogares de abrigo o convivenciales deben contar con los medios suficientes para garantizar el cuidado y la atención adecuada de los niños y adolescentes bajo su cuidado.
La inversión en hogares convivenciales no solo es una obligación moral y legal, sino que tiene un impacto social positivo a largo plazo. Los niños y adolescentes que crecen en entornos seguros, con acceso a educación y salud, tienen mayores probabilidades de integrarse plenamente en la sociedad, reducir la pobreza y evitar ciclos de violencia o exclusión. Un presupuesto insuficiente puede conducir a una mayor marginalización y exclusión social de estos jóvenes, lo que genera costos sociales y económicos mucho más altos en el futuro.
Asignar un presupuesto adecuado a los hogares convivenciales es una necesidad urgente para garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad. El Estado está comprometido tanto por la legislación interna como por diversos tratados internacionales a asegurar que estos hogares cuenten con los recursos necesarios para brindar atención integral y de calidad.