Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza adhiriendo a la “Semana Mundial de la Lactancia Materna”.-
Expediente: HCD-962/2011
Autor: Ana Concepción Civitella
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
VISTO:
Que durante los últimos años se han seguido acumulando pruebas sobre las ventajas sanitarias de la lactancia materna.-
Y CONSIDERANDO:
Que desde el día 1 al 8 de Agosto tendrá comienzo la “Semana Mundial de la Lactancia Materna”. Que en este marco, se están organizando tanto a nivel nacional, provincial y municipal, numerosas actividades, eventos, jornadas tendientes a fomentar y concientizar sobre la importancia de la lactancia materna.-
Que la leche humana brinda al lactante los requerimientos nutricionales e inmunológicos necesarios para un crecimiento y desarrollo sano. Desde las primeras horas del nacimiento e incluso antes de que la madre abandone la sala de parto, se recomienda que el bebé comience a amantar para aprovechar la primera leche (calostro) producida por la madre las primeras 24 a 48 horas.-
Que además de brindar proteínas, vitaminas y minerales, la leche materna contiene anticuerpos que protegen al niño de alergias, enfermedades de la piel, desnutrición, obesidad, diabetes juvenil y deficiencia de micro nutrientes.-
Que la lactancia materna reduce la mortalidad infantil, promueve el desarrollo sensorial y cognitivo, además de proteger al bebé de enfermedades infecciosas y crónicas; y tiene beneficios sanitarios que llegan hasta la edad adulta.-
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la lactancia natural exclusiva durante los primeros seis meses de vida. Pasado este tiempo, aconseja incorporar otros alimentos a la dieta y mantener la lactancia en forma parcial hasta cumplir los 2 años de edad.-
Que la leche materna es el primer alimento natural de los niños, y proporciona toda la energía y los nutrientes que necesitan durante sus primeros meses de vida, sigue aportándoles al menos la mitad de sus necesidades nutricionales durante la segunda mitad del primer año, y hasta un tercio durante el segundo año de vida.-
Que del mismo modo, el período de amamantamiento otorga ventajas a la puérpera, debido a que favorece la disminución del sangrado posparto y provoca amenorrea (ausencia de menstruación), lo que a su vez constituye un método natural de control de natalidad que resulta efectivo siempre y cuando el bebé reciba la leche materna como alimento exclusivo, no hayan pasado más de 6 meses desde el parto y la madre se encuentre en etapa de ausencia total del sangrado.-
Que la lactancia materna disminuye el riesgo de cáncer de mama y ovario, reduce las probabilidades de padecer diabetes tipo II y protege contra la coronariopatía en la mujer. Además de disminuir los riesgos de contraer enfermedades tanto en los niños como en la mamá, la lactancia materna representa un ahorro económico porque evita el consumo de leches maternizadas sin dejar de lado el ambiente de integración y amor que propicia en el entorno familiar.-
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adhiérase a la “Semana Mundial de la Lactancia Materna”.-
ARTICULO 2º: Remitir copia de la presente al Ministerio de Salud de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires, y a la Secretaria de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca.-
ARTICULO 3º: De forma.-

